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Nuevo Foro para los amantes del Derecho Tributario. Saludos a la AFIP
 #815536  por RodriG
 
Buenas tardes.
Antes que nada agradezco mucho que puedan aclarar las dudas que tenemos los usuarios.

Mi consulta es la siguiente:

Un conocido es responsable inscripto. Y me comento que le llegó una intimación de AFIP ayer para pagar Intereses. Caso contrario se iban a iniciar acciones legales.
Sin embargo, los periodos son 05/2006 y el 07/2006, ambos pagos el 14/04/2008.
La AFIP reclama los intereses resarcitorios sobre el capital adeudado desde 05 y 07/2006 a la fecha de pago; y también intereses resarcitorios sobre intereses resarcitorios capitalizables desde la fecha de pago hasta el 26/03/2012.

Mi duda es: ¿Prescribió toda la acción de reclamo de la AFIP? ¿O sólo prescribió los intereses resarcitorios al año 2006, y por ende, los intereses de los intereses? ¿O simplemente no prescribió nada?

Muchas gracias de antemano.

RodriG
 #824260  por ANAFERNANDEZ
 
Hola, una vez que te mandan una intimacion la prescripcion empieza a correr desde ese momento de la intimacion asi que tiene 5 años mas de persecusion y hasta 10 ! si lo puede pagar que lo haga porque dentro de 5 años cuando se hayan olvidado del tema le va allegar una ejecucion fiscal por un valor irrisorio u lo va a tener que pagar porque sino te refunden!!!! tengo experiencia en el tema! de $120 la deuda se transformo en unos $20000 si 20000 con intereses resarcitorios, punitorios y honorarios de l abogado por $5000!!!! un desastre!!! por un interes en iva del año 1992 al 2004!!!

Consejo Paguen ahora!
Adios! buena suerte! *suerte*
no estoy exagerando!
Ana
 #829645  por nadug
 
Hola: te comento que acá en Cba la misma gente de AFIP te "da a entender" no pagar los intereses ya que son una obligación accesoría y vos tenés cancelado el capital...