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Art

 #824615  por leandroelgallito
 
Hola tengo un cliente que es dependiente del poder judicial y sufrio una fractura de codo el mismo me dijo que en el centro de tratamiento le dijieron que averiguara que la Art esta obligada a indemnizarlo por el daño causado, mas alla de que le paguen los dias no trabajados
Soy civilista por lo que no hago laboral
Ayuda
Gracias
 #824946  por Le26
 
Para que te orientes, es igual que un daños y perjuicios pero en sede laboral (culpa de la art, negligencia en controlar la seguridad del establecimiento laboral y del empleador por el 1113 del Código Civil). Igual vas a tener que leer mucho, es muy amplio el tema, hay que pedir inconstitucionales de ley de riesgos del trabajo, entre otros. Incluso, tenes la opción de ir a las Comisiones Médicas
 #830711  por carlach
 
Hola tenes que pedir una fecha de audiencia en el seclo, y en ella pasar datos del accidente seguramente se fijara otra y en el medio de ellas el abogado de la cìa te va a dar fecha de examen medico (previo vos deberias consultar con algun medico para ver cual es el porcentaje de incapacidad) depende de eso va a ser el monto por el cual reclamas (obvio que cuando pedis fecha en el seclo pone una cifra cualquiera)