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  • DEFRAUDACION Y ESTAFA AUXILO POR FAVOR ES LA PRIMER CAUSA!

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 #829849  por DRGUILLE1961
 
ESTIAMDOS COLEGAS:
SOY NUEVO EN LA PROFESION Y DE PENAL NADA, ES HORA QUE ME EMPAPE SOBRE EL TEMA POR ESO REQUIERO VUESTRA AYUDA:
ME PASO UN COLEGA DE PROVINCIA QUE NO HACE CAPITAL UNA CAUSA SOBRE DEFRAUDACIÓN Y ESTAFA, VAMOS POR LOS DEMANDADOS Y LA CAUSA ESTA RADICADA EN CAPITAL FEDERAL.
LOS IMPUTADOS FUERON LLAMADOS A PRESENTACION ESPONTANEA POR EL ART. 279 EN LA FECHA Y NO CONCURRIERON PESE A ESTAR NOTIFICADOS.
LOS DEMANDADOS SON CONTRATISTAS DE OBRA Y HAY UN LITIGIO ENTRE LAS PARTES LA ACTORA SE SIENTE ESTAFADA PORQUE NO LE TERMINARON LA OBRA, PESE A QUE LES PAGARON Y EL DEMANDADO DICE QUE LE PAGARON DE MENOS Y POR ESO NO TERMINARON LA OBRA , ASIMISMO EL ACTOR LES RETUVO LAS HERRAMIENTAS EN CONSIGNACION.
LAS PREGUNTAS PUNTUAESL SON:
1) HOY FUI AL JUZGADO Y ME DIJIERON QUE SE PODRÍAN PRESENTAR CUALQUIER OTRO DIA A PARTE DE HOY QUE ESTABAN CITADOS. ESTO ES ASÍ? O HAY QUE PRESENTAR ALGUN ESCRITO?
2) A ESTA AUDIENCIA TIENE QUE IR ACOMPAÑADOS POR ABOGADO. PARA ESO YO TENGO QUE PRESENTAR UN ESCRITO O SOLO LOS ACOMPAÑO A DECLARAR?
3) COMO PUEDO HACER PARA VER EL EXPEDIENTE EN EL JUZGADO Y SABER BIEN DE QUE SE TRATA PORQUE LOS CLIENTES NO TIENEN MUCHA IDEA DE LO QUE SE LES DEMANDA. HOY NO ME LO QUISIERON MOSTRAR Y COMO YO NO CONOZCO COMO FUNCIONA EL FUERO NO SUPE COMO PROCEDER.
4) DESPUES COMO SIGUE LA CAUSA UNA VEZ QUE SE PRESENTAN, HAY QUE PRESENTAR ESCRITOS O ES TODO ORAL?
5) ALGUIN ME PUEDE DECIR CUANTO SE COBRA DE HONORARIOS POR ESTA ACTUACIÓN, ES UN PORCENTAJE SOBRE LA DEMANDA?
DESDE YA AGRADEZCO CUALQUIER DATA QUE ME PUEDAN APORTAR YA QUE MI IGNORANCIA SOBRE EL TEMA ES TOTAL.
MUCHAS GRACIAS POR VUESTRA COLABORACIÓN.

DR. GUILLE
 #830782  por johnmanue
 
Disculpame estás más perdido que turco en la neblina, no tomés el caso...
Hasta el vocabulario que tienes - civilsta- denota claramente que ni la más mínima idea tenes de penal...
Perdoname que te lo diga....
Saludos.-
 #830881  por viko
 
que buena apreciacion! la verdad que el lenguaje es altamente civilista...
algunos detalles:
no hay demanda; hay denuncia o hay querella
no hay porcentaje de demanda; salvo que seas actor civil en sede penal
a declarar van si o si con abogado.
etapa instructoria, hay poca o ninguna oralidad, al menos por estos lados.-
¿les retuvo las herramientas en consignacion???? ni civilistamente lo entiendo... para mi eso es retencion indebida de instrumentos de trabajo.
saludos
 #831129  por ELREGRESOEGT
 
DRGUILLE1961 escribió:ESTIAMDOS COLEGAS:
SOY NUEVO EN LA PROFESION Y DE PENAL NADA, ES HORA QUE ME EMPAPE SOBRE EL TEMA POR ESO REQUIERO VUESTRA AYUDA:
ME PASO UN COLEGA DE PROVINCIA QUE NO HACE CAPITAL UNA CAUSA SOBRE DEFRAUDACIÓN Y ESTAFA, VAMOS POR LOS DEMANDADOS Y LA CAUSA ESTA RADICADA EN CAPITAL FEDERAL.
LOS IMPUTADOS FUERON LLAMADOS A PRESENTACION ESPONTANEA POR EL ART. 279 EN LA FECHA Y NO CONCURRIERON PESE A ESTAR NOTIFICADOS.
LOS DEMANDADOS SON CONTRATISTAS DE OBRA Y HAY UN LITIGIO ENTRE LAS PARTES LA ACTORA SE SIENTE ESTAFADA PORQUE NO LE TERMINARON LA OBRA, PESE A QUE LES PAGARON Y EL DEMANDADO DICE QUE LE PAGARON DE MENOS Y POR ESO NO TERMINARON LA OBRA , ASIMISMO EL ACTOR LES RETUVO LAS HERRAMIENTAS EN CONSIGNACION.
LAS PREGUNTAS PUNTUAESL SON:
1) HOY FUI AL JUZGADO Y ME DIJIERON QUE SE PODRÍAN PRESENTAR CUALQUIER OTRO DIA A PARTE DE HOY QUE ESTABAN CITADOS. ESTO ES ASÍ? O HAY QUE PRESENTAR ALGUN ESCRITO?2) A ESTA AUDIENCIA TIENE QUE IR ACOMPAÑADOS POR ABOGADO. PARA ESO YO TENGO QUE PRESENTAR UN ESCRITO O SOLO LOS ACOMPAÑO A DECLARAR?
3) COMO PUEDO HACER PARA VER EL EXPEDIENTE EN EL JUZGADO Y SABER BIEN DE QUE SE TRATA PORQUE LOS CLIENTES NO TIENEN MUCHA IDEA DE LO QUE SE LES DEMANDA. HOY NO ME LO QUISIERON MOSTRAR Y COMO YO NO CONOZCO COMO FUNCIONA EL FUERO NO SUPE COMO PROCEDER.4) DESPUES COMO SIGUE LA CAUSA UNA VEZ QUE SE PRESENTAN, HAY QUE PRESENTAR ESCRITOS O ES TODO ORAL?
5) ALGUIN ME PUEDE DECIR CUANTO SE COBRA DE HONORARIOS POR ESTA ACTUACIÓN, ES UN PORCENTAJE SOBRE LA DEMANDA?
DESDE YA AGRADEZCO CUALQUIER DATA QUE ME PUEDAN APORTAR YA QUE MI IGNORANCIA SOBRE EL TEMA ES TOTAL.MUCHAS GRACIAS POR VUESTRA COLABORACIÓN.
DR. GUILLE
Habiendo Ud. admitido ser un ignorante total en el tema penal le diré que es lo que debe hacer.
En primer lugar para aceptar el cargo de defensor (ahi ya lo caminaron) tiene que pedir ver el expediente, de lo contrario no acepta el cargo. Deja un escrito haciendo mención que fue designado con fecha xxxxxxx, y que en el Juzgado no se encuentra a su disposición el expediente motivo por el cual NO PUEDE NI DEBE ACEPTAR EL CARGO Y QUE ESTA EN JUEGO SU ACTUACIÓN PROFESIONAL.
Art. 106. - El cargo de defensor del imputado, una vez aceptado, es obligatorio. La aceptación será obligatoria para el abogado de la matrícula cuando se lo nombrare en sustitución del defensor oficial. En ambos supuestos, podrán exceptuarse de ella por una razón atendible.
El defensor tendrá derecho a examinar los autos antes de aceptar el cargo, salvo el caso de secreto del sumario. Tendrá tres (3) días para hacerlo, bajo apercibimiento de tener el nombramiento por no efectuado."
que se viola el derecho del imputado a designar defensor de su confianza etc. etc. (pero esto ya fue x que ud no entiende nada del tema)
Ahora el juez no tiene nada contra sus clientes x eso lo "invita" a que presten declaración por el art. 279 léalo que es "presentación espontánea" cuestión que no se da el caso. Como el juez no tiene nada contra los imputado espera que de sus dicho se demuestre que existe tal o cual hecho, asi se ahorra la molestia de investigar. Además puede tener abierta la intrucción sin el vto del plazo del art. 207, que le corren al juez "a partir de la indagatoria" que es x el 294, y no x el 279 .
Por lo tanto espere que a sus "defendidos" los cite el juez x el 294 y espera que se largue con un sobreseimiento o con un procesamiento o una falta de mérito, igualmente todo se lo van a quitar de encima con un sobresiemiento ya que los van a sobreseer x el 336 inc. 3º es decir x que la conducta es atípica. (es un mero incumplimiento contractual). Asimismo si tiene factura de las herramientas denuncie por retención indebida, ya que las herramientas de trabajo si son bienes inembargables no puede ser objeto del derecho de retención por un particular.
*cafe* E.G.T.
 #831173  por ferlui
 
ELREGRESOEGT escribió:
DRGUILLE1961 escribió:ESTIAMDOS COLEGAS:
SOY NUEVO EN LA PROFESION Y DE PENAL NADA, ES HORA QUE ME EMPAPE SOBRE EL TEMA POR ESO REQUIERO VUESTRA AYUDA:
ME PASO UN COLEGA DE PROVINCIA QUE NO HACE CAPITAL UNA CAUSA SOBRE DEFRAUDACIÓN Y ESTAFA, VAMOS POR LOS DEMANDADOS Y LA CAUSA ESTA RADICADA EN CAPITAL FEDERAL.
LOS IMPUTADOS FUERON LLAMADOS A PRESENTACION ESPONTANEA POR EL ART. 279 EN LA FECHA Y NO CONCURRIERON PESE A ESTAR NOTIFICADOS.
LOS DEMANDADOS SON CONTRATISTAS DE OBRA Y HAY UN LITIGIO ENTRE LAS PARTES LA ACTORA SE SIENTE ESTAFADA PORQUE NO LE TERMINARON LA OBRA, PESE A QUE LES PAGARON Y EL DEMANDADO DICE QUE LE PAGARON DE MENOS Y POR ESO NO TERMINARON LA OBRA , ASIMISMO EL ACTOR LES RETUVO LAS HERRAMIENTAS EN CONSIGNACION.
LAS PREGUNTAS PUNTUAESL SON:
1) HOY FUI AL JUZGADO Y ME DIJIERON QUE SE PODRÍAN PRESENTAR CUALQUIER OTRO DIA A PARTE DE HOY QUE ESTABAN CITADOS. ESTO ES ASÍ? O HAY QUE PRESENTAR ALGUN ESCRITO?2) A ESTA AUDIENCIA TIENE QUE IR ACOMPAÑADOS POR ABOGADO. PARA ESO YO TENGO QUE PRESENTAR UN ESCRITO O SOLO LOS ACOMPAÑO A DECLARAR?
3) COMO PUEDO HACER PARA VER EL EXPEDIENTE EN EL JUZGADO Y SABER BIEN DE QUE SE TRATA PORQUE LOS CLIENTES NO TIENEN MUCHA IDEA DE LO QUE SE LES DEMANDA. HOY NO ME LO QUISIERON MOSTRAR Y COMO YO NO CONOZCO COMO FUNCIONA EL FUERO NO SUPE COMO PROCEDER.4) DESPUES COMO SIGUE LA CAUSA UNA VEZ QUE SE PRESENTAN, HAY QUE PRESENTAR ESCRITOS O ES TODO ORAL?
5) ALGUIN ME PUEDE DECIR CUANTO SE COBRA DE HONORARIOS POR ESTA ACTUACIÓN, ES UN PORCENTAJE SOBRE LA DEMANDA?
DESDE YA AGRADEZCO CUALQUIER DATA QUE ME PUEDAN APORTAR YA QUE MI IGNORANCIA SOBRE EL TEMA ES TOTAL.MUCHAS GRACIAS POR VUESTRA COLABORACIÓN.
DR. GUILLE
Habiendo Ud. admitido ser un ignorante total en el tema penal le diré que es lo que debe hacer.
En primer lugar para aceptar el cargo de defensor (ahi ya lo caminaron) tiene que pedir ver el expediente, de lo contrario no acepta el cargo. Deja un escrito haciendo mención que fue designado con fecha xxxxxxx, y que en el Juzgado no se encuentra a su disposición el expediente motivo por el cual NO PUEDE NI DEBE ACEPTAR EL CARGO Y QUE ESTA EN JUEGO SU ACTUACIÓN PROFESIONAL.
Art. 106. - El cargo de defensor del imputado, una vez aceptado, es obligatorio. La aceptación será obligatoria para el abogado de la matrícula cuando se lo nombrare en sustitución del defensor oficial. En ambos supuestos, podrán exceptuarse de ella por una razón atendible.
El defensor tendrá derecho a examinar los autos antes de aceptar el cargo, salvo el caso de secreto del sumario. Tendrá tres (3) días para hacerlo, bajo apercibimiento de tener el nombramiento por no efectuado."
que se viola el derecho del imputado a designar defensor de su confianza etc. etc. (pero esto ya fue x que ud no entiende nada del tema)
Ahora el juez no tiene nada contra sus clientes x eso lo "invita" a que presten declaración por el art. 279 léalo que es "presentación espontánea" cuestión que no se da el caso. Como el juez no tiene nada contra los imputado espera que de sus dicho se demuestre que existe tal o cual hecho, asi se ahorra la molestia de investigar. Además puede tener abierta la intrucción sin el vto del plazo del art. 207, que le corren al juez "a partir de la indagatoria" que es x el 294, y no x el 279 .
Por lo tanto espere que a sus "defendidos" los cite el juez x el 294 y espera que se largue con un sobreseimiento o con un procesamiento o una falta de mérito, igualmente todo se lo van a quitar de encima con un sobresiemiento ya que los van a sobreseer x el 336 inc. 3º es decir x que la conducta es atípica. (es un mero incumplimiento contractual). Asimismo si tiene factura de las herramientas denuncie por retención indebida, ya que las herramientas de trabajo si son bienes inembargables no puede ser objeto del derecho de retención por un particular.
*cafe* E.G.T.

Ves Legallex que el GT tiene que estar en el foro para seguir ilustrando, más allá de su especial humor?

Esa es la diferencia con muchos de acá.
 #831291  por ELREGRESOEGT
 
viko escribió:la hinchada revienta de gusto con este tipo de aporte GT
un saludo, a su nueva version.
Brindaré uno de estos dias a su salud, con alguna bebida espirituosa. 8)
¿juntos?..... :lol: una vez voy a un juzgado de instrucción en capital el pendejo de la mesa de entradas me dice va a aceptar el cargo ??? ..le digo sí pero antes quiero ver el expediente...(había cuatro abogados más en la mesa), el tipo va para adentro y me dice "por disposición de SS., tiene que aceptar el cargo y luego puede ver el expediente.....(como yo paso de boludo x la cara, y parezco o soy el tipo se piensa que voy a hacer lo que me dice)...le digo; "DECILE AL JUEZ QUE SI ESTA LOCO SE VAYA A HACER TRATAR PERO QUE NO ME VENGA CON BOLUDECES QUE ESTOY APURADO QUE ME LO VENGA A DECIR A MI...EL MISMO...".....(los abogados se fueron a la mierda....se mataban por salir)...A LOS DOS MINUTOS ME TRAJO EL EXPEDIENTE... :lol:
Otra fue más graciosa porque dije lo mismo y en ese caso vino el juez re caliente y me dice UD TIENE QUE ACEPTAR EL CARGO Y LUEGO VER EL EXPEDIENTE !!!!!!!!! Rta. ¿así este tipo esta imputado de garcharse a media provincia de Bs. As. yo te acepto el cargo y si violó a mi prima (delito imposible) a mi abuela y a mis sobrinas que mierda hago ??????? ...el h.d.p. sólo se rió y me trajo el expediente. :lol:
*cafe* E.G.T.
 #831309  por ferlui
 
ELREGRESOEGT escribió:
viko escribió:la hinchada revienta de gusto con este tipo de aporte GT
un saludo, a su nueva version.
Brindaré uno de estos dias a su salud, con alguna bebida espirituosa. 8)
¿juntos?..... :lol: una vez voy a un juzgado de instrucción en capital el pendejo de la mesa de entradas me dice va a aceptar el cargo ??? ..le digo sí pero antes quiero ver el expediente...(había cuatro abogados más en la mesa), el tipo va para adentro y me dice "por disposición de SS., tiene que aceptar el cargo y luego puede ver el expediente.....(como yo paso de boludo x la cara, y parezco o soy el tipo se piensa que voy a hacer lo que me dice)...le digo; "DECILE AL JUEZ QUE SI ESTA LOCO SE VAYA A HACER TRATAR PERO QUE NO ME VENGA CON BOLUDECES QUE ESTOY APURADO QUE ME LO VENGA A DECIR A MI...EL MISMO...".....(los abogados se fueron a la mierda....se mataban por salir)...A LOS DOS MINUTOS ME TRAJO EL EXPEDIENTE... :lol:
Otra fue más graciosa porque dije lo mismo y en ese caso vino el juez re caliente y me dice UD TIENE QUE ACEPTAR EL CARGO Y LUEGO VER EL EXPEDIENTE !!!!!!!!! Rta. ¿así este tipo esta imputado de garcharse a media provincia de Bs. As. yo te acepto el cargo y si violó a mi prima (delito imposible) a mi abuela y a mis sobrinas que mierda hago ??????? ...el h.d.p. sólo se rió y me trajo el expediente. :lol:
*cafe* E.G.T.
De pie señores!!!!! Clap, clap, clap (aplausos)
 #831408  por poorlaw
 
ELREGRESOEGT escribió:...entradas me dice va a aceptar el cargo ??? ..le digo sí pero antes quiero ver el expediente...(había cuatro abogados más en la mesa), el tipo va para adentro y me dice "por disposición de SS., tiene que aceptar el cargo y luego puede ver el expediente.....(como yo paso de boludo x la cara, y parezco o soy el tipo se piensa que voy a hacer lo que me dice)...le digo; "DECILE AL JUEZ QUE SI ESTA LOCO SE VAYA A HACER TRATAR PERO QUE NO ME VENGA CON BOLUDECES QUE ESTOY APURADO QUE ME LO VENGA A DECIR A MI...EL MISMO...".....(los abogados se fueron a la mierda....se mataban por salir)...A LOS DOS MINUTOS ME TRAJO EL EXPEDIENTE... :lol:
Otra fue más graciosa porque dije lo mismo y en ese caso vino el juez re caliente y me dice UD TIENE QUE ACEPTAR EL CARGO Y LUEGO VER EL EXPEDIENTE !!!!!!!!! Rta. ¿así este tipo esta imputado de garcharse a media provincia de Bs. As. yo te acepto el cargo y si violó a mi prima (delito imposible) a mi abuela y a mis sobrinas que mierda hago ??????? ...el h.d.p. sólo se rió y me trajo el expediente. :lol:
*cafe* E.G.T.
Valió la pena esperarlo un par de días :lol: :lol: :lol:
 #831582  por cdiriarte
 
ELREGRESOEGT escribió:
viko escribió:la hinchada revienta de gusto con este tipo de aporte GT
un saludo, a su nueva version.
Brindaré uno de estos dias a su salud, con alguna bebida espirituosa. 8)
¿juntos?..... :lol: una vez voy a un juzgado de instrucción en capital el pendejo de la mesa de entradas me dice va a aceptar el cargo ??? ..le digo sí pero antes quiero ver el expediente...(había cuatro abogados más en la mesa), el tipo va para adentro y me dice "por disposición de SS., tiene que aceptar el cargo y luego puede ver el expediente.....(como yo paso de boludo x la cara, y parezco o soy el tipo se piensa que voy a hacer lo que me dice)...le digo; "DECILE AL JUEZ QUE SI ESTA LOCO SE VAYA A HACER TRATAR PERO QUE NO ME VENGA CON BOLUDECES QUE ESTOY APURADO QUE ME LO VENGA A DECIR A MI...EL MISMO...".....(los abogados se fueron a la mierda....se mataban por salir)...A LOS DOS MINUTOS ME TRAJO EL EXPEDIENTE... :lol:
Otra fue más graciosa porque dije lo mismo y en ese caso vino el juez re caliente y me dice UD TIENE QUE ACEPTAR EL CARGO Y LUEGO VER EL EXPEDIENTE !!!!!!!!! Rta. ¿así este tipo esta imputado de garcharse a media provincia de Bs. As. yo te acepto el cargo y si violó a mi prima (delito imposible) a mi abuela y a mis sobrinas que mierda hago ??????? ...el h.d.p. sólo se rió y me trajo el expediente. :lol:
*cafe* E.G.T.
:lol: :lol: :lol: :lol: , claro es que debe ser UD un abogado reconocido pues de lo contrario el Juez lo habría sacado a patadas en el tuge, jajaja. Realmente es muy ilustrativo leer sus posts GT. Un saludo. Me sumo al brindis de Viko.
 #831677  por johnmanue
 
¿juntos?..... :lol: una vez voy a un juzgado de instrucción en capital el pendejo de la mesa de entradas me dice va a aceptar el cargo ??? ..le digo sí pero antes quiero ver el expediente...(había cuatro abogados más en la mesa), el tipo va para adentro y me dice "por disposición de SS., tiene que aceptar el cargo y luego puede ver el expediente.....(como yo paso de boludo x la cara, y parezco o soy el tipo se piensa que voy a hacer lo que me dice)...le digo; "DECILE AL JUEZ QUE SI ESTA LOCO SE VAYA A HACER TRATAR PERO QUE NO ME VENGA CON BOLUDECES QUE ESTOY APURADO QUE ME LO VENGA A DECIR A MI...EL MISMO...".....(los abogados se fueron a la mierda....se mataban por salir)...A LOS DOS MINUTOS ME TRAJO EL EXPEDIENTE... :lol:
Otra fue más graciosa porque dije lo mismo y en ese caso vino el juez re caliente y me dice UD TIENE QUE ACEPTAR EL CARGO Y LUEGO VER EL EXPEDIENTE !!!!!!!!! Rta. ¿así este tipo esta imputado de garcharse a media provincia de Bs. As. yo te acepto el cargo y si violó a mi prima (delito imposible) a mi abuela y a mis sobrinas que mierda hago ??????? ...el h.d.p. sólo se rió y me trajo el expediente. :lol:
*cafe* E.G.T.[/quote]

CAPO TOTAL....MIS APLAUSOS.