Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • pagar deuda de monotributo

  • Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #831703  por martha1966
 
Muy buenas tardes foristas ,mi consulta es la siguiente en algun momento vi o ne dijeron que puede pagarse la deuda de monotributo ,solo los 35 que surgen del detalle de deuda sin tener que pagar con el carnet todo ,más los interese por supuesto para los intereses se con formulario 166 o 155 segun el periodo y para el capital con que formulario lo pago ? y si saben si en ANSES lo aceptan así sin problemas ,desde ya gracias
 #831781  por arandu2
 
Son los mismos formularios.

Para capital una boleta por cada periodo. 021- 019- 086
Para intereses una boleta por cada periodo 021-019- 051

F 166 el periodo que corresponda y F 155 , tambien el que corresponda.

Es decir, dos boletas, para cada periodo. Uno de capital, otro de intereses.

Esta en el anexo de la R 555/10.

Que tengas unas buenas noches.

Arandu del Portal
 #831793  por MARIO1943
 
martha1966 escribió:Muy buenas tardes foristas ,mi consulta es la siguiente en algun momento vi o ne dijeron que puede pagarse la deuda de monotributo ,solo los 35 que surgen del detalle de deuda sin tener que pagar con el carnet todo ,más los interese por supuesto para los intereses se con formulario 166 o 155 segun el periodo y para el capital con que formulario lo pago ? y si saben si en ANSES lo aceptan así sin problemas ,desde ya gracias
ID 2689260 DE AFIP
FORMULARIO 799/E-
RUBRO1........376.. MONOTRIBUTO
RUBROII........019..DD.JJ.MENSUAL
RUBROIII.......019..DD.JJ.. MENSUAL
 #831807  por arielruiz86
 
Se puede pagar con los dos formularios que citaron, tanto con el 166 o 155 (antes del 07/04 o despues del 07/04) o bien con el form 799/E para cualquier periodo (antes o desp del 07/04).
 #832060  por MARIO1943
 
arielruiz86 escribió:Se puede pagar con los dos formularios que citaron, tanto con el 166 o 155 (antes del 07/04 o despues del 07/04) o bien con el form 799/E para cualquier periodo (antes o desp del 07/04).

ARIEL
ESA PREV DONDE FIGURA COMO PAGAR , HAY ERRORES
EL UNICO QUE DETERMINA LA FORMA D E PAGAR LOS IMPUESTOS ES AFIP
QUE DETERMINA QUE S E PAGA CON F. 799/E CON CODIGO 376 QUE ES MONOTRIBUTO AUTONOMO DEUDA SICAM
SE PUEDE PAGAR CON FORMULARIOS ELECTRONICOS
SE PUED E PAGAR CON CREDENCIAL, PERO AHI SE PAGA TODO
EL MISMO ISNTRUCTIVO D E AFIP DEL SICAM DETERMINA COMO PAGAR CON F. 799/E
NO S E PUEDE PAGAR SEGUN LA PREV( NO ME ACUERDO EL NUMERO) EL CAPITAL D E AUTONOMO D E MONOTRIBUTO CON CODIGO 086 BOLETA D E DEUDA Y ADEMAS HAY ERRORES

SEGUN LA AFIP
BOLETA DE DEUDA: Constituye un título suficiente para iniciar el procedimiento de ejecución fiscal previsto en la Ley de Procedimiento Tributario, Sólo se pueden generar boletas de deuda cuando las deudas reclamadas (cobro de impuestos, intereses o multas) hayan sido consentidas por los contribuyentes o confirmadas luego de interpuestos los recursos pertinentes.

ACA NO SE DA , NO SE HA LLEGADO A EJECUTAR LA DEUDA
VOS SABES BIEN QUE
EN LOS SISTEMAS CONTABLES
CUANDO UNO PAGA(CREDITO) ES PORQUE HAY UN DEBITO(SI NO, NO SE PUEDE PAGAR)
AL PAGAR AUTONOMO MONOTRIBUTO CON EL 086 , EN EL CUENTA CORRIENTE VA APARECER SOLO UN CREDITO, NO HAY DEBITO POR 086 BOLETA D E DEPOSITO, PORQUE NO EXISTE
Y VA SEGUIR FIGURANDO EL DEBITO POR AUTONOMO MONOTRIBUTO, YO NO PUEDO ENTENDER COMO CANCELA LA DEUDA DE AUTONOMO

LO MAS SEGURO ES F. 799
PREGUNTEN EN AFIP, SI ES CORRECTO QUE S E PAGUE EL CAPITAL D E AUTONOMO MONOT. COMO BOLETA D E DEUDA
 #832110  por arielruiz86
 
Si mario, pero en la practica, mas alla de lo que lo diga la Afip o de la teoria impositiva, el codigo 086 (boleta de deuda) cancela efectivamente la deuda del capital del monotributo, es decir; deja en cero el detalle de deuda que es la que importa para el anses, yo siempre lo uso y hasta ahora no he tenido ningun problema.
 #833368  por arielruiz86
 
Mario, si me permitis y a riesgo de quedar como muy obstinado pero para definir bien el tema, fijate vos que cuando pagamos deuda de autónomos con el form 801/E tambien se usa el subconcepto 086.
 #833912  por MARIO1943
 
arielruiz86 escribió:Mario, si me permitis y a riesgo de quedar como muy obstinado pero para definir bien el tema, fijate vos que cuando pagamos deuda de autónomos con el form 801/E tambien se usa el subconcepto 086.
SI, CORRECTO, PERO ES PARA CUANDO PREVIAMENTE HAY UNA DEUDA EJECUTADA, EN ESTE CASO ES DE AUTONOMO Y POR SUPUESTO HAY QUE USAR EL 086
 #970098  por eliemipan
 
Hola buenas tardes les consulto lo siguiente:

Tengo un registro de deuda a Afip como monotributista desde 2007 casi de $32000 al día de hoy. A si mismo en Agosto de 2011 comencé a trabajar en relación de dependencia en dos empleos y en blanco hasta el día de hoy.
En el mes de mayo de este año hice una recategorizacion errónea bajándome a una categoría y no registrándome como trabajador "no aportante" con la idea de hacer ventas por Internet y en simultáneo con mis dos empleos en blanco
Se que hay un plan de facilidades pero hay posibilidad de achicar la deuda teniendo en cuenta los aportes de jubilación y obra social desde que empece a trabajar en 2011 al día de hoy?. Tengo intenciones de ir liquidando mi deuda ya que Afip no me dio de baja durante aquellos años de inactividad pero si puedo acreditar los aportes realizados por mi empleador seria mucho mejor. Me resulto imposible consultar esto en la dependencia en la que estoy registrado ya que solo obtuve un instructivo relacionados a un plan de facilidades. Muchas gracias!!.
 #970165  por zaffaroni
 
eliemipan escribió:Hola buenas tardes les consulto lo siguiente:

Tengo un registro de deuda a Afip como monotributista desde 2007 casi de $32000 al día de hoy. A si mismo en Agosto de 2011 comencé a trabajar en relación de dependencia en dos empleos y en blanco hasta el día de hoy.
En el mes de mayo de este año hice una recategorizacion errónea bajándome a una categoría y no registrándome como trabajador "no aportante" con la idea de hacer ventas por Internet y en simultáneo con mis dos empleos en blanco
Se que hay un plan de facilidades pero hay posibilidad de achicar la deuda teniendo en cuenta los aportes de jubilación y obra social desde que empece a trabajar en 2011 al día de hoy?. Tengo intenciones de ir liquidando mi deuda ya que Afip no me dio de baja durante aquellos años de inactividad pero si puedo acreditar los aportes realizados por mi empleador seria mucho mejor. Me resulto imposible consultar esto en la dependencia en la que estoy registrado ya que solo obtuve un instructivo relacionados a un plan de facilidades. Muchas gracias!!.
vaya a consultar a un abogado de manera personal :shock: el portal es para interconsultas entre profesionales. gracias. buenas noches
p.d_ odio las ratas garroneras
 #970173  por SIPOL82
 
Hola. Yo tengo que pagar intereses de monotributo que son centavos, de varios años. El tema es que si pago los intereses resarcitorios se van a generar intereses capitalizables. Puedo enviar el plan con deuda y pagar los intereses que surgen y presentarlos el dìa del turno? Los periodos anteriores a julio de 2004 los pago con formulario799E y los posteriores con formulario 155 no? Gracias
 #973492  por Lusal
 
arandu2 escribió:Son los mismos formularios.

Para capital una boleta por cada periodo. 021- 019- 086
Para intereses una boleta por cada periodo 021-019- 051

F 166 el periodo que corresponda y F 155 , tambien el que corresponda.

Es decir, dos boletas, para cada periodo. Uno de capital, otro de intereses.

Esta en el anexo de la R 555/10.

Que tengas unas buenas noches.

Arandu del Portal


Hola, una consulta los intereses son los que surgen del sicam "Datos para el Pago" por ejemplo capital $ 35 intereses $ 8,22??? con ese pago se cancela la deuda SIJP o hay mas intereses?? es decir tengo peridos en monotributista que lo necesito para completar los 30 años pero estan con intrereses y algunos no pago. Muchas Gracias!!!
 #973608  por zaffaroni
 
Lusal escribió: Hola, una consulta los intereses son los que surgen del sicam "Datos para el Pago" por ejemplo capital $ 35 intereses $ 8,22??? con ese pago se cancela la deuda SIJP o hay mas intereses?? es decir tengo peridos en monotributista que lo necesito para completar los 30 años pero estan con intrereses y algunos no pago. Muchas Gracias!!!


:shock: :shock: :shock: pongase a estudiar *leo* *leo* *leo* o derive el caso de un abogado que sepa de verdad