Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • Constitución ONG

  • Temas de interés general relacionados con cuestiones Jurídicas. De lectura libre.
    Para publicar un mensaje, regístrese gratuitamente.
Temas de interés general relacionados con cuestiones Jurídicas. De lectura libre.
Para publicar un mensaje, regístrese gratuitamente.
 #827199  por vrj
 
Hola foristas! vino un cliente para que le inicie el tramite para constituir una ONG. Me pregunto si era conveniente una asociación o fundación, y si puede cobrar por los servicios a prestar, son psicólogos, musicoterapeutas, etc. y van a hacer programas y talleres para chicos con discapacidad, hay un abogado (de derecho de salud, especialista en temas de discapacidad). Me consultan como podría funcionar...la verdad es que tengo una base de como constituirla, porque ayude a un colega a constituir una en provincia de Bs As, pero no se bien en capital. Me podrán orientar y explicar mas o menos como pueden facturar las asociaciones, etc? Mil gracias!!!
 #827330  por andresxeneizes
 
a esta hora no me acuerdo 100% exacto como era el tema, pero si mal no recuerdo la asociacion civil no responde solidariamente y la fundacion si, por ende te convendria la primera, que hay que inscribirla en la igj (o registro de personas juridicas segun de donde sea) y obviamente si puede facturar ya que si bien estos tipos no tienen un fin lucrativo, de algo tienen que vivir
 #828393  por vrj
 
Hola andres, gracias por siempre brindar tus amplios conocimientos! voy a iniciar con los tramites y voy subiendo la info a fin de tb ayudar a los próximos que deban constituir una asociación. Muchas Gracias!!!

ONG

 #828398  por albertoaune
 
Los requisitos de constitución están en la Inspección General de Justicia:

http://www.jus.gov.ar/igj/

Ver Guía de Trámites abajo.

Pero atención:

Hay que poner un dinero, que después se devuelve, para el trámite, además de otros gastos.

El monto era hace un tiempo para una ONG de 200 pesos y para una Fundación de 12.000 pesos.

Una leve diferencia.
 #828421  por vrj
 
Muchas gracias por el aporte! la verdad es que es bastante la diferencia...me parece que es por todo lo expuesto constituir asociación civil. gracias!!!
 #830603  por vrj
 
Consulta...estuve leyendo todo para iniciar el tramite, pero me queda la duda: según se establece, solo los socios "honorarios" pueden cobrar y no tienen derecho a participar en asambleas, etc. Los que tienen cargos directivos y fundadores (que son un equipo interdisciplinario, profesionales) como obtienen legalmente ganancia?? por los servicios que prestan?
 #830614  por andresxeneizes
 
legalmente la ong no distribuye ganancias, bordeando la ley podes poner que esas personas tengan sueldos altos y esas son las ganancias
 #830905  por vrj
 
Perdón mi insistencia y mi ignorancia en el asunto, trate de buscar en libros, pero no encuentro la forma...hasta me compre un cd de asociaciones (en lavalle) y tampoco encontre nada. El tema es: vos me decis, bordeando la ley podes poner que tengan sueldos altos, pero ¿donde lo establezco? ese dinero seria en "negro" y ¿como acredita la asociación esa salida de dinero?? se que muchas asociaciones cobran etc, incluso en donde hago cursos es una "asociación y te cobran hasta el aire..." pero no se la forma legal y que mis clientes después no tengan problemas ante la ley. Gracias Andres, de verdad gracias por la ayuda, debes ser un excelente profesional!!!
 #831423  por andresxeneizes
 
en blanco seria todo, si bien la ong no reparte ganancias si tiene empleados que son pagos lo cual es mas que logico (ahora que me haces acordar yo tenia un amigo que laburaba en una ong y le pagaban su sueldo), no van a estar 10 horas alli todos los dias sin que les paguen nada ya que cuando volves a tu casa si al chino no le llevas plata no te vende comida por mas que seas el presidente del pais.
los empleados habria que registrarlos como en cualquier empresa en la afip y ahi tenes registrada la salida del dinero, tudu boum todo legal http://www.youtube.com/watch?v=hQh6J6pZO5o
 #831481  por alejandra01
 
no entendí bien. Para constituir una fundación hay que pagar 12.000 pesos. En concepto de qué?...porque dice Alberto que después te lo devuelven. Como una garantía...?
Hace un par de días me consultó una amiga al respecto. Me dijo que el abogado le cobraba 10.000 pesos y yo interpreté que eran honorarios..
ahora bien...si constituir una fundación aquí cuesta 12.000 pesos más gastos. Cuanto se cobra por honorarios por realizar tal trabajo?
 #831761  por andresxeneizes
 
las 12 lucas que te pide la igj calculo que seran como una garantia de que cualquiera no haga una fundacion, ya que la misma muchas veces se hace para morigerar los impuestos y cargas sociales (igual se hace igual con garantia y todo) y si te los devuelven como dice el colega, no se cuanto te piden por una ong
las 10 lucas que le pedia el abogado deberian ser parte de inscripcion y parte de sus honorarios (12 mil es el precio actual, no se cuanto era el año pasado)
por realizar estos trabajos yo hago el calculo de las horas que tengo que trabajar y de alli saco el monto
 #831842  por alejandra01
 
sí, me imagino que será algo así. No tengo idea de cuanto es el trabajo. Si solo empieza y termina en la inspección general de justicia o sigue en otro lado. Yo suponnnngo que debe incluír algún trámite en afip y en algun registro civil..no sé por que..
andresxeneizes escribió:las 12 lucas que te pide la igj calculo que seran como una garantia de que cualquiera no haga una fundacion, ya que la misma muchas veces se hace para morigerar los impuestos y cargas sociales (igual se hace igual con garantia y todo) y si te los devuelven como dice el colega, no se cuanto te piden por una ong
las 10 lucas que le pedia el abogado deberian ser parte de inscripcion y parte de sus honorarios (12 mil es el precio actual, no se cuanto era el año pasado)
por realizar estos trabajos yo hago el calculo de las horas que tengo que trabajar y de alli saco el monto
 #831927  por andresxeneizes
 
ahi ya me mataste, eso no lo se, lo mejor va a ser que lo averigues en afip e igj asi sabes bien cuanto trabajo te va insumir (en registro civil no creo)
 #832280  por vrj
 
Hola andres, si se que los empleados pueden cobrar, pero...los que figuran como presidente, vice, secretario, vocales, etc. que tb van a trabajar porq son todos profesionales, no pueden cobrar nada de nada?? porque si lo hicieran...seria "repartir ganancias" o no? conozco asociaciones que el presidente gana unos buenos pesos, pero... no se como hace!!!