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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #83294  por carlos_g
 
Les hago una pregunta Un Sr. Nacido el 07/10/1940 y fallecido el 26/10/1990 , esta inscripto en autonomo puedo pensionar a la mujer por ley vieja ???
Q era comprando el ultimo año de autonomo retroactivo desde el fallecimiento ???..

Saludos y gracias..

 #83380  por carlos_g
 
nadie me puede ayudar ???

 #83395  por marcela31
 
yo pienso que si vas a comprar años en moratoria lo tenes que pensionar con la 24241, ya que cuando fallecio no reunia requisitos para jubilarse.
Espero que sea te sea util

 #83405  por rober61
 
Carlos, en realidad la regularidad de la ley 18037 (debes pensionarla por esa ley si o si), te establece como requisito que debe haber fallecido en actividad y luego de esa forma le vas buscando la regularidad. Está inscripto pero como es la regularidad de sus aportes?
 #83695  por Fortin
 
Hola:
Podes pensionarla a la Sra. a través de la Ley 18038. Compras desde que cumple 18 años el señor, hasta la fecha de defunción, inclusive. Luego, aplicas la Prescripción por todos los períodos, excepto el último año anterior al fallecimiento, ya que ésto es lo que debes abonar de contado efectivo para asi lograr el beneficio.
Espero ser claro...
Saludos
 #84146  por carlos_g
 
Fortin escribió:Hola:
Podes pensionarla a la Sra. a través de la Ley 18038. Compras desde que cumple 18 años el señor, hasta la fecha de defunción, inclusive. Luego, aplicas la Prescripción por todos los períodos, excepto el último año anterior al fallecimiento, ya que ésto es lo que debes abonar de contado efectivo para asi lograr el beneficio.
Espero ser claro...
Saludos
Joya Preescirbo todo lo demas, es lo mismo si lo renuncio por el articulo 1 ????

 #84188  por maria juana
 
no. no es lo mismo. debes aplicarle la prescripcion ...y no pagues justo doce meses trata que sean trece o catroce meses.. siempre es mejor.
y el sicam lo haces aplicando la 24476.
la ley es como te dijeron la 18038