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 #793957  por Rambam
 
Estimados colegas, me han consultado una situación poco común, cual es la de haberse realizado actos impulsorios fuera del proceso ( se diligencio un mandamiento, etc), y no se acreditaron los actos en el Expte.
Ahora el juzgado de oficio me plantea la caducidad de instancia, y quieo plantear revocatoria demostrando que los actos fueron realizados, pese, a no haberlos acreditado ante el Expte.

Alguien por favor si sabe como proceder? JURISPRUDENCIA???, desde ya agradezco, y espero sepan entender la urgencia de lo solicitado por el vencimiento (mañana) para plantear reposición.

GRACIAS!
 #793983  por santiheladero
 
el diligenciamiento de cedulas, oficios, mandamientos, interrumpe la caducidad. hay jurisp de eso
 #802945  por Rambam
 
Gracias Santiheladero!!!

Hicieron lugar a la revocatoria!!
 #832996  por maurofog
 
POR FAVOR NECESITO JURISPRUDENCIA DE ESO
 #868123  por Rambam
 
maurofog escribió:POR FAVOR NECESITO JURISPRUDENCIA DE ESO
No tengo jurisprudencia, simplemente planteamos acreditando el acto impulsorio, e hicieron lugar a la medida.
 #871062  por andresxeneizes
 
empezamos al reves, yo tuve un caso donde vi que la jurisprudencia dice que los actos fuera del expediente que no se denuncian oportunamente no se tienen por impulsorios, ya que para tener la efectividad de impulsar deben ser denunciados en el expte, y no sirve denunciarlos posteriormente al acuse de caducidad (por eso cada vez que hago una diligencia afuera presento un escrito de dos lineas denunciando ello y asi evito problemas)
lo que te queda es decir que los actos se hicieron, que tuviste la intencion de impulsar el expte ya que por eso hiciste esos actos y decir que ante la duda deben dejar viva la instancia