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Temas de interés general relacionados con cuestiones Jurídicas. De lectura libre.
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 #833039  por G944
 
Amigos:
Soy de Paraguay y quisiera hacer una consulta... Se ha iniciado una demanda de desalojo por falta de pago y en consecuencia causal de rescision de contrato, promovida por una Institucion encargada de desarrollar Programas de de Viviendas Economicas de Interes Social, en contra de algunos Adjudicados que se encontraban en mora en el pago de sus cuotas, si bien el contrato celebrado entre las partes otorga al vendedor el derecho de requerir la devolucion de la vivienda a la Institucion por la falta de pago o el atraso de las mensualidades, es sabido que, los mismos "Beneficiarios del Programa de Viviendas Economicas" han llenados los requisitos para constituirse como tales y obligarse al pago de cuotas mensuales consecutivas y habiendo incurrido posteriormente en un retraso en el pago es logico que tal institucion accione en contra...

Ahora bien, la cuestion es la siguiente: efectivamente el adjudicado (mi cliente) se encuentra en mora y ya se inicio el juicio de desalojo... tengo un plazo de 6 dias para contestar la demanda... en que sentido redacto mi contestacion? o cuales podrian ser estrategias dilatorias a fin de ganar tiempo y plantear algun otro recurso. (ofrecer pago por consignacion? no suspende la accion de desahucio, pero podria ser una herramienta)

Vision Social:
Una Institucion creada con fines sociales, con el propósito de satisfacer necesidades habitacionales a personas de escasos recursos, quienes ya por un motivo prioritario, ya sea gastos educativos, salud, la perdida de fuente de trabajo, el fallecimiento de seres queridos y/o alguna otra fuerza mayor, que hayan afectado gravemente sus ingresos economicos o los han privado de estos, se han atrasado considerablemente en el cumplimiento de sus cuotas, agregarles ahora los gastos judiciales propios de la defensa en juicio, parece un contrasentido inaceptable en una Institucion de carácter social, que debe dar respuestas a las necesidades basicas como es la habitacion a compatriotas de escasos recursos
 #833057  por legalescom
 
Me parece que, lo mejor, sería contestar la demanda, alegando haber pasado por problemas económicos y, al mismo tiempo, pedir una audiencia, para convenir una forma de pago con lo atrasado, comprometiéndose a pagar puntualmente, las cuotas venideras. Saludos desde Argentina.
 #833065  por G944
 
Legalescom
La Institucion alega haberse agotado las instancias administrativas por las numerosas oportunidades en que se ha llamado al adjudicado a plantear formas de pago y su incomparececia demuestra el desinterés de seguir abonando el pago... hay un pequeño error en la redaccion del contrato ya que.... a una sola persona se le adjudica el inmueble... pero el contrato de compraventa se celebra con el titular y la esposa.... y la demanda de desalojo solo va en contra del titular... esto permite que la señora (tambien compradora) intervenga como tercero afectado en el juicio de desalojo?
 #833272  por cdiriarte
 
G944 escribió:Amigos:
Soy de Paraguay y quisiera hacer una consulta... Se ha iniciado una demanda de desalojo por falta de pago y en consecuencia causal de rescision de contrato, promovida por una Institucion encargada de desarrollar Programas de de Viviendas Economicas de Interes Social, en contra de algunos Adjudicados que se encontraban en mora en el pago de sus cuotas, si bien el contrato celebrado entre las partes otorga al vendedor el derecho de requerir la devolucion de la vivienda a la Institucion por la falta de pago o el atraso de las mensualidades, es sabido que, los mismos "Beneficiarios del Programa de Viviendas Economicas" han llenados los requisitos para constituirse como tales y obligarse al pago de cuotas mensuales consecutivas y habiendo incurrido posteriormente en un retraso en el pago es logico que tal institucion accione en contra...

Ahora bien, la cuestion es la siguiente: efectivamente el adjudicado (mi cliente) se encuentra en mora y ya se inicio el juicio de desalojo... tengo un plazo de 6 dias para contestar la demanda... en que sentido redacto mi contestacion? o cuales podrian ser estrategias dilatorias a fin de ganar tiempo y plantear algun otro recurso. (ofrecer pago por consignacion? no suspende la accion de desahucio, pero podria ser una herramienta)

Vision Social:
Una Institucion creada con fines sociales, con el propósito de satisfacer necesidades habitacionales a personas de escasos recursos, quienes ya por un motivo prioritario, ya sea gastos educativos, salud, la perdida de fuente de trabajo, el fallecimiento de seres queridos y/o alguna otra fuerza mayor, que hayan afectado gravemente sus ingresos economicos o los han privado de estos, se han atrasado considerablemente en el cumplimiento de sus cuotas, agregarles ahora los gastos judiciales propios de la defensa en juicio, parece un contrasentido inaceptable en una Institucion de carácter social, que debe dar respuestas a las necesidades basicas como es la habitacion a compatriotas de escasos recursos
¿Sos abogado?
 #833641  por G944
 
Cdiriarte, Si, soy Abogado..... Debatiendo un poco con colegas de aqui... He llegado a la conclusion de que el juicio de desalojo no procede en derecho en esta situacion, en vista de que que mi cliente no es "ocupande precario" sino "poseedor de buena fe" en un primer termino... Y en vista de que el objeto de juicio es un contrato que se encuentra "vigente" por no haberse realizazo con anterioridad un juicio de resolucion de contrato (lo que procederia en su caso) cuestion que debe resolverse en juicio ordinario y no en un juicio especial como es el de desalojo... Que opinion hay al respecto?