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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #832474  por valed
 
Hola!!les cuento que me vino a ver una señora, que quiere jubilarse y obtener tambien la pension de su marido fallecido. Ella tiene la edad de 65 años y tiene una pension no contributiva, pero quiere tener la jubilacion porque tiene mas beneficios, por ejemplo la obra social pami. El problema es que a la señora le faltan años de aportes, y como servicio domestico ya no funciona, queria saber si Uds. han realizado alguna jubilacion comprando años como autonoma, y si saben cuanto mas cara es, ya que esos años, si o si deberia comprarlos, ya que no entrarian en la moratoria.
Mi otra duda, es: supongamos que la sra. no tenga el dinero para hacerla por autonoma porque es mucho, puede renunciar a su pension no contributiva y tramitar la pension del marido, porque segun estuve leyendo, las pensiones no contributivas son incompatibles con cualquier otro beneficio previsional contributivo, esto es asi??
espero sus respuestas, gracias.
 #832479  por Anyweb
 
valed escribió:Hola!!les cuento que me vino a ver una señora, que quiere jubilarse y obtener tambien la pension de su marido fallecido. Ella tiene la edad de 65 años y tiene una pension no contributiva, pero quiere tener la jubilacion porque tiene mas beneficios, por ejemplo la obra social pami. El problema es que a la señora le faltan años de aportes, y como servicio domestico ya no funciona, queria saber si Uds. han realizado alguna jubilacion comprando años como autonoma, y si saben cuanto mas cara es, ya que esos años, si o si deberia comprarlos, ya que no entrarian en la moratoria.
Mi otra duda, es: supongamos que la sra. no tenga el dinero para hacerla por autonoma porque es mucho, puede renunciar a su pension no contributiva y tramitar la pension del marido, porque segun estuve leyendo, las pensiones no contributivas son incompatibles con cualquier otro beneficio previsional contributivo, esto es asi??
espero sus respuestas, gracias.
¿En que año nació? Si tiene 65 entra todo en la moratoria.
¿El marido en que año falleció? ¿Estaba inscripto?
 #832481  por valed
 
la señora nacio en el año 1964, pero es de nacionalidad chilena, e ingreso al pais en el año 1969, por ende, debo comenzar a contar desde esa fecha.
El marido fallecio en el año 2009 y era empleado en una fabrica.
 #832538  por MARIO1943
 
valed escribió:la señora nacio en el año 1964, pero es de nacionalidad chilena, e ingreso al pais en el año 1969, por ende, debo comenzar a contar desde esa fecha.
El marido fallecio en el año 2009 y era empleado en una fabrica.
ES PENSION DIRECTA O DERIVADA?
CON RESPECTO A LA JUBILACION, NO S E PUEDEN COMPRAR PERIODOS DE AUTONOMOS DESPUES DEL 09/1993, TENES QUE PRESENTAR PRUEBAS
 #832545  por valed
 
Ah, muchas gracias, voy a ver que puedo hacer.
Seria un pension directa, porque el marido fallecido no estab jubilado aun, ya que tenia 61 años al momento del deceso.Por que me lo preguntas??
Desde ya muchas gracias igual por responder.
 #832555  por MARIO1943
 
valed escribió:Ah, muchas gracias, voy a ver que puedo hacer.
Seria un pension directa, porque el marido fallecido no estab jubilado aun, ya que tenia 61 años al momento del deceso.Por que me lo preguntas??
Desde ya muchas gracias igual por responder.
SI ES PENSION DIRECTA, TENES DOS OPCIONES
PAGAR LA MORATORIA D E CONTADO O RENUNCIAR A LA NO CONTRIBUTIVA Y HACER LA PENSION DIRECTA EN 60 CUOTAS, ADEMAS CUANDO LA SRA. ESTE EN CONDICIONES D E JUBILARSE , LA MORATORIA PARA OBTENER SU JUBILACION VA D E CONTADO, PORQUE YA TIENE UN BENEFICIO
 #832559  por valed
 
Con respecto a la pension muchas gracias por tu orientacion!!Voy a ver que prefiere la señora.
ahora me quedo una duda con respecto a lo que me pusiste en el post anterior, que no podia comprar años despues del 93 como autonomo, me quisiste decir que no puede comprarlos por moratoria??osea, si los compra debe ser de contado??o estoy confundida?
 #832572  por MARIO1943
 
valed escribió:Con respecto a la pension muchas gracias por tu orientacion!!Voy a ver que prefiere la señora.
ahora me quedo una duda con respecto a lo que me pusiste en el post anterior, que no podia comprar años despues del 93 como autonomo, me quisiste decir que no puede comprarlos por moratoria??osea, si los compra debe ser de contado??o estoy confundida?
VOS PODES COMPRAR PERIODOS D E AUTONOMOS QUE ENTRAN EN LA MORATORIA SOLO HASTA EL 09/1993, LO QUE PASA DEL 93, SI ESTA INSCRIPTO Y TIENEN DEUDA, ESOS SE PUEDE COMPRAR AL C ONTADO PERO SON CARISIMOS, AHORA SI NO TENES INSCRIPCION, NO LO PODES COMPRAR, NO TENES FORMA D E JUSTIFICARLOS
 #832618  por inessss
 
hola te comento que si el señor murio en actividad y era un aportante regular o irregular la señora tiene derecho a la pensión directa de su marido fallecido y la señora no debe renunciar a su pensión no contributiva por que no hay incompactibilidad..yo hace unos meses presente una asi y ella cobra perfectamente las dos ...la jubilación con moratoria es la genera incompactibilidad con otro beneficio pero en este caso momentaneamente no la vas a poder hacer no te dan los años de aportes
 #832641  por MARIO1943
 
inessss escribió:hola te comento que si el señor murio en actividad y era un aportante regular o irregular la señora tiene derecho a la pensión directa de su marido fallecido y la señora no debe renunciar a su pensión no contributiva por que no hay incompactibilidad..yo hace unos meses presente una asi y ella cobra perfectamente las dos ...la jubilación con moratoria es la genera incompactibilidad con otro beneficio pero en este caso momentaneamente no la vas a poder hacer no te dan los años de aportes
SI ERA APORTANTE REGULAR O IRREGULAR, NO HACE FALTA QUE MUERA EN ACTIVIDAD,PARA TENER DERECHO
 #832800  por mariavel
 
HOLA SI LA SRA. NACIO EN 1964 NUNCA PUEDE TENER 65 AÑOS AHORA! O ESTOY MAL? Q PARTE NO ENTENDI BIEN??
 #833045  por valed
 
Hola!!perdon, puse los numeros al reves, nacio en 1946 y tiene 65 años, porque este año cumple los 66 pero mas adelante.Lo que quise poner fue que en 1964 cumplio lo 18 años, pero que a los fines de los aportes, solo puedo contar a partir de 1969, porque ingreso al pais en ese año.
Gracias a todos por las respuestas, voy a ver que puedo hacer.
 #833104  por drelinag
 
si es regular, podés hacer la pensión directa, le pagan retroactivo desde la fecha de fallecimient, si falleció dentro del año que inicias, sino le pagan un año para atrás, el retro es importante, tal vez con eso pueda pagar la moratoria de contado, pero aún le quedan 6 años afuera, por lo que deberías comprar sdm, si te animás