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A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #833118  por Facumar
 
Estimados colegas.

Tengo una duda y quiero saber si alguien me puede ayudar.

Tengo fijados alimentos provisorios que deben cumplirse del 1 al 5 de cada mes.
El demandado lo hace siempre después del 20, no por motivos económicos sino porque esta en su naturaleza no cumplir.

No solo eso, sino que mi clienta recibe msj de él en donde le asegura que el dinero esta depositado ella va al Banco y se encuentra con que esto no es verdad. Asi pasan las semanas y se burla de ella y de las necesidades de sus hijos.

Si bien cumple con lo ordenado no lo hace a término, alguien me puede orientar y decir que hacer.

Muchas Gracias!
 #833316  por gaby1973
 
Manifestalo en el expediente, fijate que te despachan, si deposita por depósito judicial o en alguna caja de ahorro se puede probar con las fechas de los depósitos lo que decis, igual si cumple, y es poca la diferencia de dias poruqe lo hace dentro del mes en el que esta obligado, no te compliques mucho...mandale sino una carta documento intimando al correcto cumplimiento de lo fijado en autosXXXXXXXX...bajo apercibimiento.
 #833791  por gusgus
 
yo entiendo que hay que valorar las circunsancias del caso, es decir....

en cuanto a intereses, sería infima la diferencia a percibir con lo cual ni vale la pena iniciar incumplimiento y ejecucion por esas sumas....

peeeeerrrrooooo....

que hay un incumplimiento es innegable..... con lo cual, podrias denunciar dicho incumplimiente sistematico (con las constacias de los depositos tardios) y en base a ello pedir, si el tipo trabaja en relacion de dependencia, se disponga retencion directa por el empleador...

si el tipo no tiene empleador, pediría se apliquen astreintes diarias, ademas de los intereses correspondientes
 #834187  por Facumar
 
Perfecto! Muchas gracias por sus consejos!

La ùltima preguntita..es lo mismo el embargo que la retenciòn directa?