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  • Es necesario hacer un reconocimiento de serv.?

  • Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #83333  por GIOVANA
 
Hola foristas: tengo la siguiente duda, un trabajador de la construcciòn quiere jubilarse y tiene algunos años trabajados que le aparecen en el SIJYP no tiene recibos de sueldos de algunos de los trabajos, y en la libreta de la construcciòn no está certificada la firma del empleador por el banco, otros sí, y de algunos tiene certificacion de serv. y remun.
Tengo que hacerle un reconocimiento de serv. si aparece en el sistema? o hago un cálculo estimativo de los años trabajados y lo que le falta hago una moratoria y así tramito directamente la jubilación.
El tema es que el reconoc. tarde mucho.
Bueno agradezco a todos.
Y espero puedan ayudarme..
:D

 #83342  por ilvinavaleria
 
las reco estan demorando mucho tiempo, salvo que al señor le falte 1 año para jubilarse, yo aplicaria si es posible la 980 y circ. 10 declarando mas de lo que tiene, y el resto comparia por moratoria.

 #83415  por rober61
 
Acompaño lo que dice ilvina, fijate lo que tenés y recordá que la 980 te dice puntualmente que debe tener el 35% del "invocado", osea que no necesitas presentar nada ni certi, ni libreta, solo lo declaras en el formulario de solicitud y no olvides hacerle una llamada y colocar luego tomese acuerdo a lo establecido por Res. 980.