Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • El fin de los recursos a la CARSS??

  • Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #833812  por Lorena77
 
Hoy presenté una pensión directa sin inscripción en una UDAI del interior del Chaco, y el iniciador me dijo que los recursos no van a salir mas, que la CARSS de a poco las va a ir archivando. Es posible esto? alguien escuchó algo parecido?
 #833815  por alejandra01
 
Eso es imposible Lorena. O las deniega, o las aprueba, pero nunca las puede archivar si hay alguien detrás del expediente.
Deberá expedirse siempre aunque sea de manera negativa. Pero ya sabíamos que sus resoluciones no son vinculantes, asi que nada cambiará..
 #833820  por Lorena77
 
alejandra01 escribió:Eso es imposible Lorena. O las deniega, o las aprueba, pero nunca las puede archivar si hay alguien detrás del expediente.
Deberá expedirse siempre aunque sea de manera negativa. Pero ya sabíamos que sus resoluciones no son vinculantes, asi que nada cambiará..
Que alivio Ale. Ahora que me acuerdo hace mas de un año me dijeron algo parecido, y despues de eso tengo varias aprobadas, asi que supongo que es un comentario con mala intención.
 #833982  por guti714
 
Los tramites siguen viniendo aprobados solo que ahora desde hace unos dos meses vienen con un parrafo cerca del final que dice algo asi "que sin perjuicio de lo expuesto deberá tenerse presente las prescripciones de la resolucion 884 y toda otra legislacion que habilite el derecho a pension", Y Viene en negrita ese parrafo. Como no sabian que hacer a partir de eso en la udai donde presento hicieron una consulta a buenos Aires para ver que hacen con los tramites, proque segun lo que interpretan solo deberian conceder la pension si la persona no cobra nada, pero aparentemente todavia no tienen respuesta, hace un mes y medio que estan dando vueltas.-.-
 #834341  por coraso
 
Hola, en un caso mio de pensión directa sin afiliación, la CARSS resolvió otorgarlo y agregan el texto que decís: "que sin perjuicio de lo expuesto deberá tenerse presente las prescripciones de la resolucion 884 y toda otra legislacion que habilite el derecho a pension", como era una moratoria en cuotas de una Sra. jubilada crei que me iban a exijir el pago de contado.
Para mi sorpresa, UDAI Profesionales lo otorgó y ya cobró.
Saludos
 #834569  por tincho_20
 
Ahora en que se fundamentan para otorgar una pension si la persona no cobra nada ??? hay excepciones a eso, dadas por la resolucion 36/09, ademas la fecha de fallecimiento del causante, establece el pago o no de contado...
No queda ninguna duda q si la señora cobra jubilacion y el causante fallecio antes del 24/10/2006, no debe pagar la pension de contado...y si fallecio despues hay algunos items que tambien la habilita al pago en cuotas...
Ahora si van a denegar que saquen una resolucion aclaratoria que derogue las circulares y resoluciones vigentes que permiten el acceso al beneficio no pueden DENEGAR POR DENEGAR PORQUE SE LES CANTA.. sin fundamento juridico alguno....
 #834810  por tincho_20
 
miguel19790 escribió:La CARRS en cuanto a lo de pension sin afiliacion esta trabajando como siempre,LA RESUELVEN FAVORABLE que no panda el cunico dice el chavo,
si pero a mi me denegaron 1.. mujer jubilada, fallecido posterior en el 2010 o sea poseterior a la 884.. invoque punto j circular 36/09, excepciones de la 884...
Dicho punto dice que si la viuda formalizo su pbu anterior al fallecimiento del causante, no le corresponde el pago de contado.. ya que la muerte es un caso fortuito no imputable al titular del beneficio.
La viuda se habia jubilado en el 2008, o sea ahi formalizo su jubilacion, y el fallecido en el 2010, encuadrando perfecto en esa excepcion por la cual no debe pagar de contado...
Y LA CARSS DENEGO... o hubo un cambio de personal, o se les hiso una laguna.. Sobre este caso ya me habian fallado favorablemente.
 #834844  por tincho_20
 
alejandra01 escribió:Tincho. Yo tuve dos casos asi, pero los fallecidos debían ser fallecidos antes de octubre de 2006.
por ahí te aprobaron la otra equivocadamente...
Alejandro eso es así desde siempre pero para algo existe la circular 36/09 q exceptualmente si fallecio después tmb permite el acceso al beneficio en cuotas.
 #835108  por tincho_20
 
miguel19790 escribió:tincho fijate que en este post hay opiniones de varios foristas en relacion al tema viewtopic.php?f=8&t=154839
GRacias miguel, pero la circular es muy clara. no entiendo la postura de la carss.
 #835897  por mariavel
 
HOLA DRA. LORENA! MANDALO A FREIR AL INICIADOR DE TU UDAI!!!! QUIEN SE CREE QUE ES PARA DECIRTE ESO? EL SE TIENE Q LIMITAR A TOMARTE EL TRAMITE BAJO INSISTENCIA!!! Y CALLARSE SU BOCOTA!!! ESEPTO Q VOS LE PREGUNTES ALGO, PERO Q MALA LECHE QUE ES!!! YO TODAVIA NO TENGO PROBLEMAS CON LOS INCIADORES DE GOYA CORRIENTES, HASTA AHORA, ME RESPONDIERON BIEN!! ES O APRENDI ES MAS SON SUPER PIOLAS! YO APRRENDI MUCHOS DE ELLOS! XQ TIENEN UNA PACIENCIA TERRIBLE!! JAJAJA LA CARSS SIEMPRE TIENE Q EXPEDIRCE, NUNCA ARCHIVAR SIN MOTIVO LAS ACTUACIONES!! TARDA ESO SI PERO BUENO!! NO QUEDA OTRA! SALUDOS!!!