Tengo el caso de una sra.pensionada por fallecimiento del marido,que quiere tramitar su jub.ella la iniciò el 08/2009 y fue otorgada favorablemente en 09/2009 condicionada por cobrar la pensiòn.En este caso hay que proceder mediante amparo,alguien sabe si hay modificaciòn alguna al respecto,principalmente referido a la edad a considerar para otorgar la medida.
En este caso al concederse el derecho al beneficio jubilatorio mediante amparo,no es necesario ninguna liquidaciòn de sicam se darà el alta retroactiva simplemente??
En este caso al concederse el derecho al beneficio jubilatorio mediante amparo,no es necesario ninguna liquidaciòn de sicam se darà el alta retroactiva simplemente??
Dra.SiL...
