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  • CONTRATO ARRENDAMIENTO!!!

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 #834372  por anacaro
 
Colegas: tengo un nuevo caso que quiero consultarles.... tengo un contrato de arrendamiento rural, que vence en julio pero mi cliente necesita dinero ya, entonces la consulta se refiere a que es lo que se puede hacer en estos casos... que mi cliente negocie con el arrendador actual para que se realice el nuevo contrato hoy a cambio de seguírselo arrendando a él o que busque otro arrendador (que ya lo tiene) y que se comprometa a cambio de un "adelanto en dinero" a alquilárselo en julio a el..... la verdad esta necesitado del dinero hoy y por eso es que le urge y acudió a una solución!!!!!!!!!!!! GRACIASS!!! LOS DIFERENTES ENFOQUES ME VAN A AYUDAR A BUSCAR UN CAMINO!!!
 #834421  por cfg
 
y sí puede hacer un arrendamiento hoy que empiece en julio y cobrar una cantidad hoy, si tiene arrendatario que lo acepte... es plenamente posible
 #835063  por anacaro
 
Graciassss!!!!!!!!!!
Bueno resulta que leyendo el contrato me encuentro con una clausula que dice así: "OCTAVO: Las Partes convienen que para el supuesto que El Arrendatario renovara el presente contrato por un año más, el precio queda establecido en la suma equivalente a 14 qq de soja por has. En condición cámara, según precio pizarra Rosario, sin ningún tipo de descuento, debiendo pagarse en forma simultánea con la renovación del presente con un nuevo acuerdo de partes y por un año más, venciendo en ese caso el día 31 de Mayo de 2013."------------------------------------------

Yo entiendo que esta clausula se refiere a la antigua "TACITA RECONDUCCION DEL CONTRATO" deberá entendérsela por no escrita o simplemente entenderse que debe realizarse un nuevo contrato según art. 20 de ley 13.246 y ademas el art. 4 que solo pueden ser como mínimo tres años???? ojala haya sido clara.... GRACIASSSS