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  • Divorcio- solo un letrado

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A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #834080  por mirtac35
 
Colegas, tengo que iniciar un divorcio en prov. de buenos aires, hay acuerdo entre cónyuges, pero me consultan si solo puede intervennir un solo letrado (que le comentaron que si se podía)
Tengo entendido que esa posibilidad depende de cada jurisdicción, he leído en este foro que por ej. lo aceptan en Quilmes.-
Esto sería en La Matanza ¿alguien sabe si lo aceptan???
A su vez porque en algunos si y en otros no? en las jurisdicciones que lo aceptan alguien sabe como lo justifican, argumentos?
 #834221  por diegogvillamayor
 
como consjeo no representes a ambas partes, luego pasa algo alguno quiere cambiarte y no podes seguir representando al otro. O por cualquier incumplimiento de lo pactado en el divorcio tampoco podes respresentar al otro.
siempre 2 colegas.
 #834281  por legalescom
 
Mucho depende, de lo que implica el divorcio. Si hay alimentos, tenencia de menores, separación de bienes, etc., o sea que pudiera dar motivo a futuras desaveniencias, tendrían que comparacer un letrado por parte. En caso contrario, hacerle saber al juez la inexistencia de posi bilidad de controversia, para que acepta un solo letrado.
 #834731  por mirtac35
 
Gracias por sus respuestas! en el caso no habria cuestión contradictoria, siquiera hay bienes; los alimentos, tenencia y régimen se arrglaron en un convenio privado que´ya está homologado (ahí yo patrociné a la mujer; y el marido no compareció nunca, aplicándosele para la homologación el art 919 codigo civil).-
Ahora consulta mi cliente por el divorcio y parece que el marido está de acuerdo pero que no quiere poner abogado; por eso ella consulta si puedo intervenir por ambos.-
Se me ocurre que al ser solo divorcio no estaría representando partes con intereses contradictorios...
Diego¡: no había pensado lo que decis.... pero pregunto: porque si se suscitara un inconveniente no podría seguir representando a uno solo?, si posteriormente surge una controvercia no puedo optar por representar el interes de una de las partes?
Un inconveniente que se me ocurre es que me firme el comun acuerdo pero que despues no comparezca a la audiencia.. ahí yo podría renunciar al patrocinio de el, seguir patrocinando a ella y eventualmente pedir la declaración de rebeldía de él???
Gracias nuevamente por sus respuestas! *flor*
Mirta.-
 #834751  por mariana
 
Mirta: en entre ríos aceptan 1 solo letrado en los comun acuerdo, (divorcio q puede ser con acuerdo de tenencia, alimentos, bienes,atribución del hogar). Una vez q tenés la sentencia de divorcio y q homologa lo acordado por las partes ya esta; si luego hay incumplimiento de alguno, nada impediría q vos repesentes a 1 sola de las partes (y la otra parte tendrá otro abgado) xq allí ya hay intereses contrapuestos, es el otra "causa" (incumplimiento del acuerdo).
Si alguno no comparece a la 1° audiencia, o no ratifica su intencion de divorciarse en la 2° (estando vos como única letrada), no tenés divorcio.
Si estás en duda de que él se presente, quizás te conviene poner 1 colega amigo q lo "represente". Saludos