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  • auaudiencia para homolagar cuota alimentaria

  • Lugar de consulta entre los colegas sobre lo que estipulan las Leyes Arancelarias que rigen nuestra profesión.
Lugar de consulta entre los colegas sobre lo que estipulan las Leyes Arancelarias que rigen nuestra profesión.
 #833559  por mmanela
 
Hola todos! Tengo un cliente que acordo (porque fue sin representación letrada) $ 1.000 de cuota alimentario para sus tres hijos. Tengo una audiendia para hacer el acuerdo y pedir hologación, en Quilmes. Mi consulta es cuanto se puede cobrar este trabajo entre que valores y cuanto es lo que debe pagar de aportes. Hace poco que estoy matriculada en provincia, es el 10 % o el 20% de lo que me regulen.Espero respuestas. Gracias.
 #833810  por gusgus
 
honorarios el 20% de las cuotas correspondientes a 2 años (serian 4800) mas 10% de aportes
 #833846  por mmanela
 
Perdón, no fue claro en mi mje, yo voy por el padre que va a pasarrle $ 1.000 de cuota alimentaria a sus hijos. Ahora sí cúánto son los honorarios y aportes?
Gracias gusgus por la resp.
 #835238  por gusgus
 
ARTICULO 39°: En los juicios de alimentos se
fijará el honorario considerando monto del
proceso la cantidad a pagar durante dos (2)
años conforme a la escala del artículo 21°.
En los casos de aumentos, disminución,
cesación o coparticipación en los alimentos, se
tomará como base la diferencia que resulte de
la sentencia por el término de dos (2) años, en
base a la escala aplicable a los incidentes.

Es decir, yo puse el 20 que es lo que se estila, pero podes cobrar lo que quieras dentro de la escala (8 al 25 %)