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  • pensionada y jubilada puede pedir otra pensión

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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #836852  por gisel2010
 
Buenas tardes a todos los foristas, perdón por la molestia pero soy nueva en este sitio y no encuentro si ya se debatió sobre el tema
Tengo una tía que vive en mendoza que ya percibe una pensión por fallecimiento de su primer marido, y también cobra la jubilación de ama de casa con moratoria no le quedan muchas cuotas, ella me consulto si puede pedir la pensión de su segundo marido que falleció (ya era jubilado) hace poco sin que le quiten ninguna de las dos anteriores. ¿Se puede?¿como debería hacer?
muchas gracias....
 #836887  por MARIO1943
 
gisel2010 escribió:Buenas tardes a todos los foristas, perdón por la molestia pero soy nueva en este sitio y no encuentro si ya se debatió sobre el tema
Tengo una tía que vive en mendoza que ya percibe una pensión por fallecimiento de su primer marido, y también cobra la jubilación de ama de casa con moratoria no le quedan muchas cuotas, ella me consulto si puede pedir la pensión de su segundo marido que falleció (ya era jubilado) hace poco sin que le quiten ninguna de las dos anteriores. ¿Se puede?¿como debería hacer?
muchas gracias....
SE PUEDE ,SIEMPRE Y CUANDO, LA SUMA DE LAS DOS PENSIONES NO SUPERE EL TOPE D E TRES PENSIONES MINIMA
 #836920  por gisel2010
 
Ha muchisimas gracias por sus respuestas, tenia esa duda porque hace un tiempo atrás a mi abuela se lo quisimos hacer y me dijeron que no pero era otra la situación ya que esta era concubina...
Desde ya muchisimas graciasssss....
 #836946  por DRA. MACA
 
gisel2010 escribió:Ha muchisimas gracias por sus respuestas, tenia esa duda porque hace un tiempo atrás a mi abuela se lo quisimos hacer y me dijeron que no pero era otra la situación ya que esta era concubina...
Desde ya muchisimas graciasssss....
Si, puede!, y la otra situación que decís si era concubina por información sumaria tambien se puede.
 #836998  por periquita
 
MARIO1943 escribió:
gisel2010 escribió:Buenas tardes a todos los foristas, perdón por la molestia pero soy nueva en este sitio y no encuentro si ya se debatió sobre el tema
Tengo una tía que vive en mendoza que ya percibe una pensión por fallecimiento de su primer marido, y también cobra la jubilación de ama de casa con moratoria no le quedan muchas cuotas, ella me consulto si puede pedir la pensión de su segundo marido que falleció (ya era jubilado) hace poco sin que le quiten ninguna de las dos anteriores. ¿Se puede?¿como debería hacer?
muchas gracias....
SE PUEDE ,SIEMPRE Y CUANDO, LA SUMA DE LAS DOS PENSIONES NO SUPERE EL TOPE D E TRES PENSIONES MINIMA
Hola
Hace un tiempo que cambió, ahora el tope es un haber máximo.
Saludos
 #836999  por MARIO1943
 
periquita escribió:
MARIO1943 escribió:
gisel2010 escribió:Buenas tardes a todos los foristas, perdón por la molestia pero soy nueva en este sitio y no encuentro si ya se debatió sobre el tema
Tengo una tía que vive en mendoza que ya percibe una pensión por fallecimiento de su primer marido, y también cobra la jubilación de ama de casa con moratoria no le quedan muchas cuotas, ella me consulto si puede pedir la pensión de su segundo marido que falleció (ya era jubilado) hace poco sin que le quiten ninguna de las dos anteriores. ¿Se puede?¿como debería hacer?
muchas gracias....
SE PUEDE ,SIEMPRE Y CUANDO, LA SUMA DE LAS DOS PENSIONES NO SUPERE EL TOPE D E TRES PENSIONES MINIMA
Hola
Hace un tiempo que cambió, ahora el tope es un haber máximo.
Saludos
GRACIAS PERIQUITA, ME LO PODES PASAR
 #837022  por fabidoc
 
MARIO1943 escribió:
gisel2010 escribió:Buenas tardes a todos los foristas, perdón por la molestia pero soy nueva en este sitio y no encuentro si ya se debatió sobre el tema
Tengo una tía que vive en mendoza que ya percibe una pensión por fallecimiento de su primer marido, y también cobra la jubilación de ama de casa con moratoria no le quedan muchas cuotas, ella me consulto si puede pedir la pensión de su segundo marido que falleció (ya era jubilado) hace poco sin que le quiten ninguna de las dos anteriores. ¿Se puede?¿como debería hacer?
muchas gracias....
SE PUEDE ,SIEMPRE Y CUANDO, LA SUMA DE LAS DOS PENSIONES NO SUPERE EL TOPE D E TRES PENSIONES MINIMA
Figura en la última resolución sobre movilidad
Art. 6º — El haber máximo vigente a partir del mes de marzo de 2012 establecido de conformidad con las previsiones del artículo 9º de la Ley Nº 26.417 será de PESOS DOCE MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE CON TREINTA Y NUEVE CENTAVOS ($ 12.359,39).
 #837136  por gisel2010
 
Muchísimas gracias a todos por sus respuestas han sido de muchísima utilidad, ahora me tengo que poner a ver como se la hago a la pensión a mi tía y después les comento como me fue... Y si el tome tiene razón fabidoc es de 12359.39$.
Y por el otro lado Dra. maca como es eso de la información sumaria, porque no entiendo mucho de previsional, si bien soy abogada no me he dedicado a esto concretamente...
Gracias....