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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #837040  por Mhd
 
Tengo una clienta casada durante 35 años, con 4 hijos, bienes en común con el causante. Comienza el trámite de divorcio hace 2 años, sale la sentencia y a los 4 meses fallece el ex conyuge. No pudo hacer acuerdo con él de alimentos, pensión, etc. El ex marido convivia con otra mujer pese a ello hizo un divorcio por mutuo acuerdo (no contencioso). Con la concubina convivió aproximadamente 7 años, no tiene bienes en común, ni hijos. La ex conyuge pide la mitad de la pensión y se la niegan.
Ayuda: Que pudo hacer? Se que tengo que ir al contencioso Administrativo. Que puedo argumentar? Hay fallos que me puedan ayudar en este sentido para solicitar la mitad de la pensión? El Marido no inscribió la sentencia de divorcio en 9 meses que le había salido, no tenía apuro. Había buena relación con su ex cónyuge (su ex señora). Pagaba impuestos y servicios de los bienes en común, y pasaba algunos alimentos a sus dos hijos que ya eran mayores, para estudios y otros gastos.
Creo que tengo mucho por perder, pero entiendo una injusticia. Su ex mujer aportó de sus gananciales a los aportes jubilatorios de su ex marido durante 35 años y ahora esa renta diferida en el tiempo se la lleva su concubina. La ex mujer ya divorciada por sentencia siempre trabajó de docente desde que contrajeron matrimonio hace 35 años siempre aportó al sostenimiento del hogar conyugal, se quedó en la casa. El ex marido hizo exposición de abandono de hogar.
Ayuda por favor tengo 30 dias para preparar la demanda. Este tema es nuevo para mí, de previsional se muy poco. Fallos, libros todo me viene bien Colegas.
 #837046  por Calfupan
 
A mi entender, iniciarás una batalla casi perdida.
La 24.241 es muy clara diciendo que los beneficiarios de pensión son: cónyuge, PARA DATOS DE CONTACTO, UTILIZAR "PERFIL" O "MP" e hijos. A partir del divorcio tu clienta no figura más en esa lista.
La única posibilidad factible se daría si en la sentencia de divorcio se fijaron alimentos por parte del fallecido hacia tu clienta.
En ese caso, como la razón filosófica de instituir la pensión es, precisamente, sustituir los alimentos que deja de brindar el aportante fallecido, tu clienta tendría alguna posibilidad.
 #837049  por Calfupan
 
A mi entender, iniciarás una batalla casi perdida.
La 24.241 es muy clara diciendo que los beneficiarios de pensión son: cónyuge, concubina/o e hijos. A partir del divorcio tu clienta no figura más en esa lista.
La única posibilidad factible se daría si en la sentencia de divorcio se fijaron alimentos por parte del fallecido hacia tu clienta.
En ese caso, como la razón filosófica de instituir la pensión es, precisamente, sustituir los alimentos que deja de brindar el aportante fallecido, tu clienta tendría alguna posibilidad.
 #837098  por Mhd
 
Gracias, estoy entendiendo el Tema. Si alguién tiene alguna idea más. Estaría bueno. El ex conyuge (Marido) no se apuró a inscribir la sentencia de divorcio (ocho meses). Pero no se fijaron por escrito ningún tipo de alimentos ya que falleció antes de hacer ese acuerdo que de palabra estaba dispuesto, ya que había buena relación con la ex conyuge madre de sus 4 hijos.
El hecho que haya aportado junto a él dinero para su jubilación no es parte de sus ingresos como gananciales a una renta diferida? Este argumento no es válido juridicamente? Estoy inventando, lo hable con un contador. Ayuda por favor. Gracias.
 #837110  por Calfupan
 
No creo sea buen argumento, así como las prestaciones previsionales son personalísimas (24241 Art. 14º A) los aportes realizados para lograrlas pueden ser consideradas de la misma forma.
No entiendo eso de que la esposa "contribuyó" para que él realizara los aportes.
 #837115  por jarocho
 
No tiene importancia la inscripcion del divorcio, para previsionales no incide, si la sentencia.
Olvidate que ella ayudo a soportar los aportes del causante, eso es indemostrable e irrelevante.

Si hicieron un divorcio x mutuo consentimiento no se establece culpa, ambos lo fueron o ninguno lo fue y la culpa es ingrediente necesario para adquirir derechos pensionarios pese al divorcio.

El otro ingrediente son los alimentos pactados, pagados o al menos reclamados que tampoco fueron resueltos, o son indemostrables.

Como veras te estan faltando los dos componentes escenciales cuando solo uno de ellos hubiera sido suficiente para pensionarla aun coparticipando a la conviviente.
En mi opinion esta bien denegada.
 #839956  por Mhd
 
Gracias, jarocho. Entiendo bien tus argumentos son ajustables a nuestro derecho.
Saluda atte. Marcel
 #839965  por arandu2
 
Una pregunta mhd, ¿como se entera Anses de que estaban divorciados si si el divorcio no estaba inscripto en el acta?
 #839972  por Calfupan
 
Seguramente por declaración de la conviviente al solicitar la pensión.
 #845496  por smavuiller
 
algun colega q me diga q es esto antes de concurrir a dar vista-
ANSES ME OTORGO CERTIFICACION DE CONVIVENCIA POSITIVAMENTE PARA LA CONCUBINA - ENTONCES INICIAMOS PENSION Y AHORA RESPONDEN ESTO:

18 - Su trámite está en espera de nuevo marco legal que lo comprenda. Para más información, por favor, vuelva a consultar próximamente o bien, contáctese con uno de nuestros operadores llamando al 130.

F.Estado:

08.05.2012



AFJP:

ANSES