Buenas tardes foristas! se me presenta el siguiente caso una pareja de concubinos de 27 y 28 años que no puede tener hijos y estan interesados en adoptar, tienen domicilio en la pcia, de bs as
estuve leyendo, y es requisito para ser adoptante ser mayor de 30 años, pero el requisito de la edad no seria necesario en caso de conyuges q esten casados hace mas de tres años o aun ese plazo puede ser menor si acreditan imposiblidad para procear, entonces primero me surge esta pregunta, esta pareja para poder adoptar ambos, deberian estar casados?
independientemente de ello, por que de ser necesario la pareja se casaria legalmente para cumplir los requisitos, no me queda claro como son los pasos a seguir: interpreto que el primer paso es inscribirse en el Registro de aspirantes de guarda con fines de adopcion , pero una vez que estan incorporados en dicha nomina, como seguir?... cuando se puede inciar la guarda judicial con fines de adopcion?
espero puedan orientarme principalmente desde lo practico cuales son los pasos,
desde ya muchas gracias
estuve leyendo, y es requisito para ser adoptante ser mayor de 30 años, pero el requisito de la edad no seria necesario en caso de conyuges q esten casados hace mas de tres años o aun ese plazo puede ser menor si acreditan imposiblidad para procear, entonces primero me surge esta pregunta, esta pareja para poder adoptar ambos, deberian estar casados?
independientemente de ello, por que de ser necesario la pareja se casaria legalmente para cumplir los requisitos, no me queda claro como son los pasos a seguir: interpreto que el primer paso es inscribirse en el Registro de aspirantes de guarda con fines de adopcion , pero una vez que estan incorporados en dicha nomina, como seguir?... cuando se puede inciar la guarda judicial con fines de adopcion?
espero puedan orientarme principalmente desde lo practico cuales son los pasos,
desde ya muchas gracias