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Temas de interés general relacionados con cuestiones Jurídicas. De lectura libre.
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 #837738  por Dudativa
 
Hola!
Alguien me podría decir cual es el porcentaje de tasa de justicia que se debe pagar para iniciar una sucesión en Capital Federal, cuando el acervo hereditario está integrado por un fondo de comercio.
Tengo la valuación del fondo de comercio que realizó un contador público.
Gracias!
 #837764  por mcnulty
 
En Capital se paga 1,5 % del valor que se se transmite . Pero en las sucesiones no se abona tasa al iniciar , si no al momento de solicitar la inscripción .
Tené en cuenta que cualquier certificación contable emitida y firmada por contador público , debes previamente a presentarla en el juzgado ,legalizarla en el Consejo Profesional de Cs. Economicas .
 #837988  por Dudativa
 
Ah! Ok, gracias.
Lo de la certificación en el Consejo está en marcha :)
Gracias!!!!!
 #839513  por Doctomasito
 
Hola . Me sumo para sacarme un par de dudas que tiene que ver con el tema :
1) La tasa se debe abonar con base en las nuevas valuaciones fiscales ( " homogéneas ", según mi amigo MAURI ) vigentes desde hace un par de meses,por más que el incio del proceso, o, aún el dictado de la D.H. haya sido anterior a eso ??
2 ) En el caso de los inmuebles sometidos al régimen de Propiedad Horizontal, es posible que la base imponible sea la del total del edificio ? Creo recordar que hace un tiempo la calculé sobre el porcentual de la unidad , el Fisco me lo observó, y el cliente tuvo que integrar la diferencia. Muchas gracias por la atención. Saludos.
 #839516  por mcnulty
 
Doctomasito escribió:Hola . Me sumo para sacarme un par de dudas que tiene que ver con el tema :
1) La tasa se debe abonar con base en las nuevas valuaciones fiscales ( " homogéneas ", según mi amigo MAURI ) vigentes desde hace un par de meses,por más que el incio del proceso, o, aún el dictado de la D.H. haya sido anterior a eso ??
2 ) En el caso de los inmuebles sometidos al régimen de Propiedad Horizontal, es posible que la base imponible sea la del total del edificio ? Creo recordar que hace un tiempo la calculé sobre el porcentual de la unidad , el Fisco me lo observó, y el cliente tuvo que integrar la diferencia. Muchas gracias por la atención. Saludos.
1- Entiendo que la valuación debe ser la vigente al momento pagar la tasa (solicitar la inscripción) .
En cuanto a la "novedosas" boletas de ABL ahora incluyen una Valuacion Fiscal Homogenea , pero agregan tambien un indice "multiplicador" ( en todas las que vi éste es "4") que multiplicado por la VFH te da el "numerito" que figura vertical en letra chica a la izquierda . La base imponible debería ser la VFH , pero nada obsta a que los juzgados ( y más aun el Fisco) empiecen a querer aplicarla multiplicada x 4.
2- En los deptos pagas sobre la valuación del mismo , es decir el porcentual que la unidad representa en el edificio. Ese % figura en la boleta de ABL.
 #839689  por Doctomasito
 
Gracias por la respuesta.
mcnulty escribió:1- Entiendo que la valuación debe ser la vigente al momento pagar la tasa (solicitar la inscripción)
Sí, es lo más lógico.
mcnulty escribió:- En los deptos pagas sobre la valuación del mismo , es decir el porcentual que la unidad representa en el edificio
Insisto conque, haciendo memoria, estoy casi seguro de que en alguna oportunidad se me rechazó el pago de la tasa de esta manera. Voy a ver si encuentro la carpeta,y, en todo caso, la argumentación del Fisco para ese dictamen, y lo posteo.Saludos.
 #839711  por mcnulty
 
Doctomasito escribió:En el caso de los inmuebles sometidos al régimen de Propiedad Horizontal, es posible que la base imponible sea la del total del edificio ?
En las boletas de ABL que se emitían hasta principios de 2012 , figuraba una valuación del % del terreno , una del % del edificio , y ambas sumadas formaban la valuación total que es la hay que tener en cuenta para abonar la tasa .
Me imagino que a eso te referiras , ya que sería ridículo y confiscatorio tener que abonar sobre el valor total del edificio , si solo se es propietario de un %. (Imaginate que tenes un depto de 1 ambiente en una torre de 20 pisos y tenes que pagar el 1,5% de lo que vale el edificio .....)
( En las boletas "nuevas" solo figura una valuación fiscal (VFH) y no se discrimina entre terreno y edificio.)

Saludos