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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #837908  por draines
 
Hola a todos, la consulta es la siguiente, se trata de un señor con 41 años y 6 meses de aportes, según el PUC esta anotado en dos actividades: 000 comercial y 205 verduleria y fruteria desde 04-1968 a 02-2007 y desde 03/2007 hasta 10/2009 que dio la baja en 325 T3 Cat V ( optativa). En la pantalla datos personales del sicam sale Categoria:--- desde 04/1968 hata 02/2002 000-205 y abajo Categoria:------ desde 03/2002 hasta 06/2004 000-205 abajo Categoria D 07/2004 hasta 02/2007 000 y 205 y desde 03/2007 hasta la baja Categoria T3 Cat V(optativa) Actividad 325. Cargo los periodos prescriptos en la situación de revista y todo da deuda 0 y coinciden todos los datos del PUC con datos personales. En el detalle de deuda dice de 4/68 a 12/68 EMP de 01/69 a 12/71 F 01/72 a 06/80 G 07/80 a 12/86 B 01/87 a 03/87 E en historicas y D actual y 04/87 a 02/2007 D y desde 03 /2007 hasta la baja 325. El tema es que tiene boletas ( años 88,89,90,91,92,93) que dicen en categoria E y luego desde alli hasta 03/2007 las boletas dicen categoria 060 F y estas categorias no salen así en el sicam sino que dice tanto en datos personales como en detalle de deuda categoria D
Debo pedir que se modifique esto en AFIP antes de presentar la jubilación.Dos empleados de AFIP me dicen que no va a variar el haber jubilatorio e inclusive otro me dijo que esto era porque esta anotado en las dos actividades. Es la primera vez que se presenta esto y además de aprender quiero determinar su haber para no perjudicarlo y en tal caso si realmente es sustancial la diferencia pedir que se rectifiquen sus datos. Gracias a todos. Saludos.
 #837923  por arielruiz86
 
Yo la verdad ni me fijo las categorias que revestia en su momento, me parece que es irrelevante por que la Res 555 solo habla de respetar actividades, no categorias.
 #837951  por jarocho
 
Si no tenes un solo peso de deuda, respeta tal cual el PUC para la revista.
Las actividades van ligadas a las categorias si pones 401 te cataloga como A sin que puedas intervenir por los menos los primeros años, despues te la agrandan de oficio y te la reducen a 12/86.
Si te da deuda es otra cosa y el tratamiento del tema es distinto, Afip no te arregla nada de 10 para atras, se desentiende y te dice que lo arregle Anses y viceversa.
 #838226  por draines
 
Gracias a los dos por sus respuestas. Saludos.