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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #838251  por danilo11980
 
U otro con conocimiento del tema:
En datos personales de un difunto (fallecido en 2004) me aparece los siguiente:(lo mismo aparece en sistema registral afip))

CATEGORIA PERIODO DESDE PERIODO HASTA ACTIVIDAD TIPO DE CONTRIBUYENTE

categoria B 04/1991 03/2004 203 AUTONOMO

A esto yo lo interprete que como que es una incripcion en autonomos del difunto desde el 04/91 al 203 y presente una pension directa.
Me denegaron porque textual: " a fs 72 obra tirilla COSULTA PADRON HISTORICO DE AUTONOMO", de la cual surge que el cusante no se encontraba afiliado como autonomo a la fecha de su fallecimiento . AQUI LA PREGUNTA

ESO QUE ME APARECE REGISTRADO EN AFIP ¿ ES UNA INSCRIPCION EN AUTONOMOS ? si o no?
 #838263  por arandu2
 
Esa es la otra forma de denegar la pension directa, fundandose Anses en que el causante no tenia inscripcion en el padron historico de autonmos, es decir no se afilio en sus propios registros.

Otra burrada mas. Ya no saben como denegar.

La registracion en AFIP vale tanto como cuando un autonomo se inscribio en la Caja de Autónomos, controlada por Anses, hasta 1993.

Lo importante es que el fallecido tenia inscripcion de autónomos antes de fallecer. Reune los requisitos. Deberías hablar en la Udai donde presentaste, si te lo revierten en la misma Udai por reconsideracion, o te vas a la Carss por revision.

He visto varias de esos resoluciones absurdas y ridículas.

Creo que a esta altura de los acontecimientos a la Anses, se le escapó la tortuga.
 #838337  por MARIO1943
 
danilo11980 escribió:U otro con conocimiento del tema:
En datos personales de un difunto (fallecido en 2004) me aparece los siguiente:(lo mismo aparece en sistema registral afip))

CATEGORIA PERIODO DESDE PERIODO HASTA ACTIVIDAD TIPO DE CONTRIBUYENTE

categoria B 04/1991 03/2004 203 AUTONOMO

A esto yo lo interprete que como que es una incripcion en autonomos del difunto desde el 04/91 al 203 y presente una pension directa.
Me denegaron porque textual: " a fs 72 obra tirilla COSULTA PADRON HISTORICO DE AUTONOMO", de la cual surge que el cusante no se encontraba afiliado como autonomo a la fecha de su fallecimiento . AQUI LA PREGUNTA

ESO QUE ME APARECE REGISTRADO EN AFIP ¿ ES UNA INSCRIPCION EN AUTONOMOS ? si o no?
IDEPENDIENTEMENTE DE LO QUE CONTESTA ANSES
LE DIERON D E BAJA EN AFIP EL MISMO ANO QUE FALLECIO, DE LOS ULTIMOS 36 MESES, NO PUDISTES JUNTAR POR LO MENOS 18 MESES?,
 #838340  por jarocho
 
El reflejo afip no tiene validez para 1991, solo importa el PHA inscripcion formal autonoma.
Te queda la Carss y si no tenes al menos un pago que perfeccione, te van a denegar
 #838469  por danilo11980
 
Mario, no reune los aportes necesarios para regularidad o irregularidad, que opinas vos, eso es una incripcion autonoma o no?, para arandu lo es, para jarocho no, si podes decirme tu punto de vista. Gracias a los foristas por responder.-
 #838472  por arielruiz86
 
Coincido con arandu2, y inscripción en autonomos implica voluntad de afiliación al regimen de trabajadores independientes dígase en el anses, cuando este era el encargado de la administración, recaudación y percepción de los aportes previsionales, o de la afip, cuando éste continuó con las funciones del anterior organismo, en pocas palabras; la afip fue la continuadora o sucesora de las funciones que anteriormente ejercía el anses.
 #838495  por MARIO1943
 
SI , POR SUPUESTO, NO TENGAS LA MENOR DUDA, QUE E STA INSCRIPTO, ES UNA INSCRIPCION VALIDA, YO TUVE TAMBIEN PROBLEMA, CON UNA PENSION DIRECTA LEY 18037, A PESAR QUE LA INSCRIPCION FIGURABA EN EL PHA, ME PIDIERON EL COMPROBANTE D E LA INSCRIPCION, QUE NO TENIAN PORQUE PEDIRMELA, SI YA FIGURABA EN EL PHA, NO QUISE HACER PROBLEMA, PORQUE LA TENIA EN ESE MOMENTO CON LOS PAGOS CORRESPONDIENTES , ENCIMA SE QUEDARON CON EL ORIGINAL,(UDAI SAN MIGUEL) ES UN PAPEL
RECTAGULAR AMARILLO, DONDE LA INSCRIPCION ESTA HECHA CON NUMERO DE CUENTA, SI LA TENES PRESENTALA,
ADEMAS , TENES QUE PRESENTAR EL F. 460/F, PARA ASOCIAR EL NUMERO D E CUENTA CON LA CUIT, NO SE SI LO HICISTES, SI NO LO HICISTES ESE DEBE SER EL PROBLEMA, YA QUE EL SICAM DEBE TENER NUMERO D E CUENTA
 #838502  por jarocho
 
Un contribuyente decide iniciar una actividad como en el caso planteado en el 91. se dirige a la Afip, le preguntan que actividad va a realizar para ubicarlo en el nomenclador, en funcion de esa declaracion lo dan de alta en los impuestos fiscales que corresponda, iva, ganancias, etc., queda registrado solo para fiscales y es lo que refleja en PUC en el pre 7-94, no obstante, hasta alli el contribuyente no ha adherido al regimen autonomo bajo el antes exclusivo dominio de DNRP, despues SuSS, luego Anses y hoy dominio registral y de control de Afip.
Asi es que terminado el tramite fiscal o impositivo, le indican que debera dirigirse a la ex Direccion Nacional de Recaudacion Previsional (CaBA. calle Chacabuco) para adherirse a autonomos, alli formaliza, se lo da de alta con un numero de afiliado que esta presente en el formulario rectangular que dice Mario y quedando como E/T (en tramite) su numero de cuenta, paga su primer obligacion con boleta manual y a los tres meses comienza a recibir por correo las boletas mecanizadas donde ya figura su numero de cuenta otorgado que es en definitiva el que en un futuro debera aparecer en el encabezado del Sicam si se vincula esa cuenta de origen y control Anses con la posterior (si la hubo), bajo dominio Afip.
Si el contribuyente tuvo como unico objetivo de epoca. lograr alguna inscripcion para ejercer actividades, tener cuenta bancaria, solicitar creditos y no completo la parte autonoma, es inexistente a los fines previsionales.-
 #838510  por arielruiz86
 
Perfecto el analisis jarocho, pero el forista transcribió
En datos personales de un difunto Datos personales del sicam o PUC (fallecido en 2004) me aparece los siguiente:(lo mismo aparece en sistema registral afip))

CATEGORIA PERIODO DESDE PERIODO HASTA ACTIVIDAD TIPO DE CONTRIBUYENTE

categoria B 04/1991 03/2004 203 AUTONOMO esto no es una inscripción impositiva o fiscal, sino una inscripción de autónomos con la actividad 203 categoria B
 #838755  por danilo11980
 
MARIO en la tirilla de autonomo de anses el difunto no aparece, si aparece en el sistema registral de la afip desde el 01/04/1991 y con baja definitiva el 03/04 porque no se reempadrono (dice en motivo), le figura tres cosas: APORTES SEGURIDAD SOCIAL AUTONOMOS (cod.308)- GANANCIAS PERSONAS FISICA (cod.11) Y OTRO que dice CARNICEROS Y/O VENTA DE EMBUTIDOS(que es su actividad cod, 203). NO tiene cuenta para asociar al no estar en pha anses. Esos datos tambien figura en datos personales del SICAM.
Yo no se mucho de tema contable, pero el mismo sentido comun me lleva a pensar que " ES UNA INCRIPCION CLARA EN AUTONOMOS", y los informes de afip que tengo en mano constituyen prueba de ello, por lo que pienSo igual que el ARIELRUIZ y ARANDU. Incluso cuando realice la liquidacion descontaba que esto sería un problema..........peeeero esucho mas sugerencias. Gracias
 #838756  por danilo11980
 
ARIEL, si eso que nombre, que concido con lo que vos decis, es una inscripicion en autonomos, la deneganatoria no tiene fundamento, por lo que presentaria una reconsideracion y lo doy vuelta, " pero aclaro no soy un ducho contable", razon por la que consulto
 #838774  por fabidoc
 
jarocho escribió:Un contribuyente decide iniciar una actividad como en el caso planteado en el 91. se dirige a la Afip, le preguntan que actividad va a realizar para ubicarlo en el nomenclador, en funcion de esa declaracion lo dan de alta en los impuestos fiscales que corresponda, iva, ganancias, etc., queda registrado solo para fiscales y es lo que refleja en PUC en el pre 7-94, no obstante, hasta alli el contribuyente no ha adherido al regimen autonomo bajo el antes exclusivo dominio de DNRP, despues SuSS, luego Anses y hoy dominio registral y de control de Afip.
Asi es que terminado el tramite fiscal o impositivo, le indican que debera dirigirse a la ex Direccion Nacional de Recaudacion Previsional (CaBA. calle Chacabuco) para adherirse a autonomos, alli formaliza, se lo da de alta con un numero de afiliado que esta presente en el formulario rectangular que dice Mario y quedando como E/T (en tramite) su numero de cuenta, paga su primer obligacion con boleta manual y a los tres meses comienza a recibir por correo las boletas mecanizadas donde ya figura su numero de cuenta otorgado que es en definitiva el que en un futuro debera aparecer en el encabezado del Sicam si se vincula esa cuenta de origen y control Anses con la posterior (si la hubo), bajo dominio Afip.
Si el contribuyente tuvo como unico objetivo de epoca. lograr alguna inscripcion para ejercer actividades, tener cuenta bancaria, solicitar creditos y no completo la parte autonoma, es inexistente a los fines previsionales.-
Es asì, coincido con jarocho. Es un perìodo que solo puede ser demostrado con PHA.
Ademàs, hubo un reempadronamiento general en el año 1993, es por eso que existen muchos contribuyentes que SI tienen cargado el PHA porque cumplieron con ese tràmite y ademàs, regularizaron situaciones, que es muy frecuente encontrar, de estar haciendo pagos sin ninguna inscripciòn (antes solìa pasar). Por lo que hubo doble omisiòn, en el año 1991 y en el año 1993.-
Sld
 #839121  por miguel19790
 
En mi opinion es una incripcion en autonomos perfectamente valida para la pension directa que hiciste, inclusive hay periodos no prescriptos de autonomos que efectivamente generan deuda, si se considera a esa incripcion NO VALIDA para anses, no tendrias porque incluirla en sicam y eso si que estaria mal hecho y la misma anses te lo rebotaria por la no inclusion de esos periodos de autonomos, para mi muy mal denegada, a pesar de que la anses tenia las facultades nombrada hasta el 93, es solo hasta el 93
 #839293  por jarocho
 
El error de concepto proviene de cuando usamos moratoria, respetemos o no lo que diga el reflejo.
Para ese tramo todo es igual, nada es mejor.....
Asi que el titular puede haber sido A 193, usamos ese o el A 401 y nadie nos objeta nada ni yendo para abajo y para arriba a tope 9/93
Despues de esa fecha es donde aparecen los problemas y si seguimos el reflejo quiza estemos accediendo a una deuda volcando lo inexistente a una revista y provocando una renuncia sobre la base de la nada por conformar a la 555 y volcamos la nada a la revista para luego renunciarla como la mas prolija contabilidad. Y si pagamos porque es poco, Afip contenta.-
En casos como el planteado aparecen los problemas.
El forista ha hecho prueba y error y le dio error, el que quiera probar que pruebe..................