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A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #828793  por Salvat64
 
Hola Colegas, tengo una demanda de alimentos en el que se me han planteado un par de dudas ...
Les cuento, mi cliente fue demandado por su esposa, por alimentos ( en representación de sus hijos, uno menor y una mayor (19) ) . Al mayor le dicen que este a la ley 26.579 ( mayoría de edad a los 18) y le decretan embargo del 20 % de sus haberes por alimentos provisorios, respecto de su hijo menor. Entonces es demandado por su hija, quien también solicita el 20 % de embargo sobre los haberes del padre, ante lo cual me corren traslado diciéndome que atento a lo ordenado ( embargo del 20% de los haberes) en el juicio que inicia la madre ( por su hijo menor) al pedido de esta cuota, ( la de la hija mayor) traslado....
Que puedo plantear? Mi cliente no se opone a pasar la cuota correspondiente pero el 40% es excesivo y además puedo pedir la acumulación de pretensiones? Algún modelo para la acumulación?.
Muchas gracias!! Espero su ayuda! Cordiales saludos
 #829591  por Caterina812
 
Buenas noches , pregunto en ninguna de los inicios se fijó una cuota por la actora?, me suena raro porque si el no se niega por lo general se fija audiencia y en la misma se fija conciliar a las partes si se ponen de acuerdo se firma , porque le trabaron embargo ?
 #832294  por Salvat64
 
Hola, te cuento que en el juicio del menor se fijo una cuota del 20% pero también mediante embargo, es la modalidad que ha adoptado este juzgado de familia aquí en la ciudad de Rosario, sin previa audiencia y sin mas que la presentación de la demanda se manda a trabar embargo sobre los haberes del demandado, e inclusive se lo notifica luego...
 #834420  por Abogaporotros
 
Buenas Colega. Es raro el comentario ya que, sino entendí mal, el juzgado en un juicio le dice que es mayor y en el que inicia el mayor después, te corre traslado. En fin, no habrán leído bien el Art. 3 de la Ley 26.579.Quizás te lo corren por que tenes las excepción de plantear que el mayor tiene los recursos suficientes para proveérselos por si mismos. Lo que yo haría es plantear justamente lo que decis, lo que excesivo de la proporción de la cuota y lo basaría en la condición del alimentante. Ello se explica con el embargo anterior, haciendo un breve relato de su posición social, etc, y además alegando que tu cliente no tiene voluntad de no prestar alimentos. Si los exptes no estan conexos, plantea conexidad (fijate si es la causal) o afinidad para que los acumulen. En fin, perdón por lo general del comentario y las suposiciones pero al no ver en si el Expte, es así. Quizás sirva. Saludos!
 #838457  por Denisramon
 
La demanda que imterpone la hija mayor, es porque ya es mayor de edad y ceso la representación de la madre; de ahí que deba presentarse por derecho propio.
Si bien el embargo por el primer hijo ya está decretado, el de la hija mayor tendrías que tener en cuenta que pruebas presenta ella de sus gastos. (Es universitaria, presentó constancia de estudios, ¿le va bien? ¿cuantas horas por semana estudia? realiza algún tipo de tarea remunerada de la que el padre tenga conocimiento, creo que el camino más viable será desvirtuar las pruebas de sus gastos. Si no es universitaria, puede trabajar y procurarse alimentos por si misma. Este es otro tema, la capacidad de la hija de procurarse alimentos por si misma.

Si, el 40% es mucho, pero depende del contexto. Tu cliente tiene una nueva familia, nuevos hijos, personas a cargo etc?

Por otro lado, tené en cuenta que para la hija menor el regimen de alimentos en diferente en tanto que a ella la cuota debe cubrirle solo las necesidades básicas, y el monto deberá ser siempre menor a la que se dispone para un menor.
Espero te sirva. éxitos, un abrazo. Atte. Denis.