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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #838919  por GABRILITAIURIS
 
Hola como estan? a ver si esto que pregunto es una total burrada jaja,me falta un año para completar aportes de construccion, en la udai me dicen que aplique art. 3 asi llego al año...yo siempre aplique art. 3 para beneficios,el cese de este sr. es al 2007...no entiendo como se aplica art. 3 para llegar a un año mas...gracias por contestar =)
 #838948  por andrea1982
 
Hola. Cómo andás? Para poder poner ese año, tenés que tener espacio para ponerlo, pero no te lo van a tomar como aportes en la construcción. Qué te dijeron exactamente? Cuàl sería la situación de tu cliente?
 #839039  por hugo2
 
GABRILITAIURIS escribió:Hola como estan? a ver si esto que pregunto es una total burrada jaja,me falta un año para completar aportes de construccion, en la udai me dicen que aplique art. 3 asi llego al año...yo siempre aplique art. 3 para beneficios,el cese de este sr. es al 2007...no entiendo como se aplica art. 3 para llegar a un año mas...gracias por contestar =)
Talvez lo que quisieron decir es que como el cese es en el 2007 podias usar 1 año de art 3ro.
 #839048  por GABRILITAIURIS
 
Hola como estan? bueno se trata de un sr nacido el 01/01/1952
Tiene aportes en rrdd 13 años-6 meses-3 dias de los cuales tiene en la construccion 8 años, 1 mes y 23 dias
Compro por moratoria 12 años y 6 meses y como el cese es al 2007 aplico 1 año de art. 3 ley 24476.
Asi completo 26 años y 3 dias.
Uso art. 19 ley 24241 : 2 años y 6 meses ya que tiene 60 años cumplidos y en mayo se jubilan a los 60 los trabajadores de la construccion...(aca puedo usar 2 meses mas ya que cumplio los 60 en enero?)
Es la primera jubi de la construccion que hago,segun la iniciadora me falto agregar un año por moratoria y por lo que vi del bosquejo que me entregaron ella agrego 1 año y aplico art. 3...
Creo que no me falta ningun dato,espero su ayuda y la agradezco desde ya =)
 #839133  por hugo2
 
GABRILITAIURIS escribió:Hola como estan? bueno se trata de un sr nacido el 01/01/1952
Tiene aportes en rrdd 13 años-6 meses-3 dias de los cuales tiene en la construccion 8 años, 1 mes y 23 dias
Compro por moratoria 12 años y 6 meses y como el cese es al 2007 aplico 1 año de art. 3 ley 24476.
Asi completo 26 años y 3 dias.
Uso art. 19 ley 24241 : 2 años y 6 meses ya que tiene 60 años cumplidos y en mayo se jubilan a los 60 los trabajadores de la construccion...(aca puedo usar 2 meses mas ya que cumplio los 60 en enero?)
Es la primera jubi de la construccion que hago,segun la iniciadora me falto agregar un año por moratoria y por lo que vi del bosquejo que me entregaron ella agrego 1 año y aplico art. 3...
Creo que no me falta ningun dato,espero su ayuda y la agradezco desde ya =)
Te falto leer la normativa sobre el regimen de la construccion.
En mayo 2012 se jubilan a los 55 años.
 #839289  por GABRILITAIURIS
 
Hola Hugo, perdon quize poner 55 años, este sr. tiene ahora 60, por eso puse que tomo 2 años y 6 meses de exceso, y pregunto si puedo tomar dos meses mas ya que los cumplio en enero los 60.(y cuando me vino este sr. obvio que lei la ley 26494 :P )Me podrias indicar si hay algo que hice mal?desde ya muchas gracias =)