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 #839367  por estudiojuridicointegral
 
Hola estimados colegas

En una sucesión que tramita en Capital Federal ya tengo declaratoria de herederos. El acervo hereditario SOLO es un vehiculo y mi clienta quiere ponerlo en venta.

Preguntas:

PRIMERO: Tengo que acompañar Informe de inhibición del causante y dominio del vehÍculo. Pagar SOLO tasa de justicia (1,5% del valor del vehiculo) y no sobre tasa de justicia .
¿Como obtengo el valor del vehículo? ya que es modelo 1991 y de seguro solo paga responsabilidad civil por ende no surge de ahí su valor y además ya no paga patentes por su antiguedad.

SEGUNDO luego dejar a confronte TESTIMONIO y ¿oficio?... en el registro automotor de Capital Federal se debe acompañar tambien oficio o solo testimonio?

TERCERO ya puede mi cliente ir poniendo en venta el automovil y entregarle al futuro comprador la siguiente documentación para que él se encargue de efectuar la inscripción a su nombre y transferencia: TESTIMONIO (debidamente sellado y firmado por el juzgado), FORMULARIO 08 (firmado ante escribano público por los herederos), VERIFICACION POLICIAL, CEDULA VERDE, TITULO DE PROPIEDAD, LIBRE DE DEUDA.

GRACIAS, MUCHAS GRACIAS
Mariela
 #839393  por lujan79
 
estudiojuridicointegral escribió:Hola estimados colegas

En una sucesión que tramita en Capital Federal ya tengo declaratoria de herederos. El acervo hereditario SOLO es un vehiculo y mi clienta quiere ponerlo en venta.

Preguntas:

PRIMERO: Tengo que acompañar Informe de inhibición del causante y dominio del vehÍculo. Pagar SOLO tasa de justicia (1,5% del valor del vehiculo) y no sobre tasa de justicia .
¿Como obtengo el valor del vehículo? ya que es modelo 1991 y de seguro solo paga responsabilidad civil por ende no surge de ahí su valor y además ya no paga patentes por su antiguedad.

SEGUNDO luego dejar a confronte TESTIMONIO y ¿oficio?... en el registro automotor de Capital Federal se debe acompañar tambien oficio o solo testimonio?

TERCERO ya puede mi cliente ir poniendo en venta el automovil y entregarle al futuro comprador la siguiente documentación para que él se encargue de efectuar la inscripción a su nombre y transferencia: TESTIMONIO (debidamente sellado y firmado por el juzgado), FORMULARIO 08 (firmado ante escribano público por los herederos), VERIFICACION POLICIAL, CEDULA VERDE, TITULO DE PROPIEDAD, LIBRE DE DEUDA.

GRACIAS, MUCHAS GRACIAS
Mariela
Hola MarielA, TENES QUE SACAR EL VALOR DEL VEHICULO DE UNA REVISTA ESPECIALIZADA, COMO AUTO FOCUS O ALGUNA DE ESAS, SOBRE ESO PAGAS LA TASA DE JUSTICIA, SOBRE TASA SOLO CORRESPONDE EN PROVINCIA EN CAPITAL NO, ADJUNTAS LOS CERTIFICADOS DEL CAUSANTE, CESION E INHIBICION Y DOMINIO ( EL DOMINIO AUTOMOTOR DURA SOLO 15 DIAS CORRIDOS, LOS OTROS CERTIFICADOS TRES MESES), CON TODO ESO HACES UN ESCRITO QUE DIGA ADJUNTA INFORMES OBLA TASA DE JUSTICIA Y SOLICITAS SE LIBRE OFICIO Y TESTIMONIO AL REGISTRO AUTOMOTOR A FIN DE INSCRIBIR Y SE REGULEN HONORARIOS. ACREDITADO EL PAGO DE HONORARIOS ( EN CAPITAL BASTA LA MANIFESTACION DE QUE COBRASTE) TE LIBRAN LA DOCUMENTACION Y LISTO. EN PROVINCIA NO TE DEJAN VENDER ANTES DE INSCRIBIR, CRITERTIO DE CADA JUZGADO TE CONVIENE PREGUNTAR.
SALUDOS.
 #839412  por estudiojuridicointegral
 
GRACIAS LUJAN79, MUCHAS GRACIAS, fuiste muy atenta y fué muy clara tu respuesta.

La revista AUTOFOCO la tengo que comprar y adjuntarla al expediente? donde la consigo?

Una ve que el juzgado me libre el oficio y el testimonio sobre ese auto (radicado en Capital Federal) se lo entrego al comprador del auto junto con el 08 firmado ante escribano por los herederos, la verificacion policial y el libre de deuda para que se dirija al registro que corresponda de capital federal para que haga la transferencia a su nombre...
ESTO ES ASI?

Gracias.

Mariela
 #841441  por squall
 
Perdón que me meta, pero el valor fiscal del coche se saca de la tabla que se encuentra en el registro publico del automotor!(es siempre mas barato) lo acompañas o manifestas que se encuentra dicha tabla
 #841573  por ANAMARIAP
 
Y otra cosa, se puede vender el auto del sucesorio, conun boleto de compraventa sujeto a tener la inscripción (plazo razonable) y firmando uno de responsabilidad civil otorgado por todos los coherederos.
Obviamente, deberán esperar a que estén todos los papeles para hacer la transferencia.

Un saludo, ANAMARIA