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  • sala de reuniones mínimo 16m2

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 #839041  por mariamds
 
Estimados mediadores, en Mar del Plata recibimos un instructivo acerca de las medidas exigidas por el Anexo Único de la Res. 462.
Aparentemente es un instrutivo del MINISTERIO.
En el mismo, en letra negrita, se resalta que la sala de reuniones en TODOS LOS CASOS debe medir como mínimo 16m2.
Alguno ha recibido un instructivo similar?
Desde el Colegio nos informan VERBALMENTE que se trata de un error, que en el primer supuesto (total exigido 25m2) no sería necesario, PERO nadie rectifica el supuesto error por escrito y estamos a poco días de tener que constituir el domicilio.
Desde ya muchas gracias!!
Saludos,
Mariamds
 #839420  por Ros
 
mIRA YO YA CONSTITUI DOMICILIO , y varios que conozco tambien, ninguno de nosotros cumplimos con los 4*4, tenemos que cumplir con la disposicion del ministerio no con instructivos.-
Ademas pensa : si el lugar para un solo mediador tiene que tener 25mtrs2, en total, si a esto le restas 16mtrs2, para la sala de reunion, me quedan 9 mtrs2 para baño, sala privada y recepcion? no se entiende, porque 9mtrs2 es 3metros por tres metros :roll: entonces?
 #839678  por mariamds
 
Todos hicimos ese mismo calculo, pero fácticamente hablando tenemos casos de mediadores con una recepcìón de 2m2 + un privado de 7m2 lo que perfectamente permitiría dentro de los 25m2 contar con una sala de 16m2. el baño es común porque se trata de abogados que alquilan despachos no oficinas. no sé si soy clara. los 25 m2 refieren 3 espacios bien diferenciados (recepción, despacho privado y sala de reuniones) no dice nada respecto del baño y esta modalidad que te comento al menos acá es bastante común.
así que no es que no hayamos pensado...de todos modos parece que es un tema de Mar del Plata.
salu2
 #840431  por roflech
 
Copio y pego el anexo del decreto 462.
COmo puede verse, en al opcion A) que es la de los 25 mts, no esta especificado que la sala de reunión deba tener 16 mts. Si debe reunir ese requisito, para las restantes opciones. Saludos.

ANEXO ÚNICO
Espacios mínimos:

A) Un mediador:
- 25 mts. cuadrados, que cuente con tres espacios diferenciados y acordes a las comodidades necesarias para el digno cumplimiento de la tarea de mediación.
- Recepción
- Sala de Reuniones
- Una Sala Privada.
En el supuesto de compartir el espacio físico regulado en este apartado entre varios mediadores se deberá presentar una declaración jurada firmada por todos los integrantes donde conste el día específico en el que se desempeñará cada uno, no pudiendo coincidir dos o mas mediadores un mismo día, ni compartir domicilio mas de cinco mediadores en dicho espacio.

B) De dos (2) a cinco (5) profesionales mediadores:
50 mts. cuadrados incluyendo baño y cocina si correspondiera.
4 espacios o ambientes bien diferenciados (40 mts. cuadrados mínimo)
- Recepción (7.5 mts cuadrados o superior)
- Sala de Reuniones (16 mts. cuadrados o superior)
- Dos Salas Privadas.

C) De seis (6) y hasta un máximo de ocho (8) mediadores:
100 mts. cuadrados incluyendo 2 baños y cocina si correspondiera.
6 espacios o ambientes bien diferenciados (75 mts. cuadrados mínimo)
- Recepción (12 mts. cuadrados o superior)
- Sala de Reuniones (16 mts. cuadrados o superior)
- Cuatro Salas Privadas.
 #840538  por mariamds
 
todos conocemos la Resolución, igual gracias.
de todos modos, en Mar del Plata, llegó un INSTRUCTIVO FORMAL DEL CENTRO DE MEDIACIÓN DEL COLEGIO DE ABOGADOS donde textualmente y en negrita dice que "EN TODOS LOS CASOS LA SALA DE REUNIÓN DEBERÁ CONTAR CON UN MÍNIMO DE 16M2"
Estamos pidiendo desde hace 2 semanas una rectificación y la misma no llega porque nos dicen que tienen que consultarlo con el MINISTERIO ¿?
Por eso mi pregunta respecto de si en otro colegio recibieron un instructivo similar.
Igual como ya dije parece ser cosa de Mar del Plata y vaya a saber por qué no lo corrigen.
Saludos
 #840579  por roflech
 
ah,perdon, no habia entendido, pense que se trataba de un error. Pero evidentemente lo es. Creo que cualquier instructivo que ese colegio o su centro de mediacion pueda o pudiera dictar no puede contradecir lo que dice el decreto, no? Ademas convengamos que la medida de 16 mts ya de por si es bastante arbitraria. No se entiende como una sala de esas medidas contribuye a un mejor desempeño como mediadores.
En mi colegio (san martin) no nos han dado instrucciones al respecto. En algunos casos hay mediadores que a duras penas llegan a los 25 mts y han declarado domicilio igual, y estoy segura que la mayoria de ellos no cuenta con salas de 16 mts. Evidentemente esto es un tema del Colegio de Mar del Plata, pero suena a algo totalmente antojadizo y arbitrario