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  • DIVORCIO ART.215 ( C.A.B.A )

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A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #839723  por Doctomasito
 
Hola a todos. Es la primera vez que voy a encarar un divorcio por el art. 215 del Cod. Civil, y, si bien conozco el proceso, me surgen varias dudas :
1 ) se siguen tomando las DOS audiencias que prevé el art. 236 ? ( pregunto esto porque alguna vez escuché que algún juzgado sólo tomaba una )
2) la figura del "instar al avenimiento ", para el caso de que en la primera audiencia " la conciliación no fuere posible " se sigue usando ? A casi 25 años de la sanción de la ley, parece una pieza de arqueología, pero....
3) Relacionado con lo anterior, la supeditación de decretar el divorcio a que ..." los motivos aducidos por las partes sean suficientemente graves ", sigue en pie ? En tal caso, alguien conoce alguna jurisprudencia en la cual en Juez no haya considerado suficientemente graves tales motivos ?
Repito : esto es en Capital.Muchas gracias.