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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #841020  por lakabra
 
Buenas tardes, estoy trabajando con SICAM, y si amplío periodos en SICAM II, la cuota resulta más cara que si cargo todo directamente en SICAM I.

La verdad que no entiendo porqué, necesito si alguien me puede hacer algún comentario, y confirmarme que pasa si la ampliación de periodos la hago directamente en SICAM I.-

Como siempre agradeceré sus respuestas.

Saludos.
 #841149  por diegomdp
 
CIRCULAR GP Nº 31/11
PROBATORIA DE SERVICIOS AUTÓNOMOS Y MONOTRIBUTISTAS
OPCIÓN MORATORIA RESOLUCIÓN SSS Nº 592/79 - AMPLIACIÓN DE PERÍODOS USO DEL SICAM II
REEMPLAZA A LA CIRCULAR GP Nº 18/11
Dado que se facultó a la Gerencia Diseño de Normas y Procesos dependiente de la Subdirección de Administración para dictar las normas de procedimiento y disposiciones aclaratorias de la Resolución D.E.-N Nº 555/10 (Probatoria de Servicios Autónomos y Monotributistas), se aclara que si el afiliado formula opción por la Moratoria Res. SSS Nº 592/79 en el Form. Nº 558/A del SICAM, y amplía los servicios anteriores a la fecha de inicio de actividades que surge de la pantalla AUT1, dicho período ampliado anterior a la citada fecha deberá ser informado en el SICAM II, tal como lo dispone la Circular GPA Nº 38/10.
Se aclara además que el caso mencionado, es el único supuesto de uso obligatorio del SICAM II.
En los restantes casos, si presenta el SICAM II y no opta por la Res. SSS Nº 592/79, no habría inconveniente alguno en aceptar el mismo en dichas condiciones

si estas dentro de estos parametros hacelo en el 1 si mas te conviene, si total la circualr te lo permite, es mas como todo el mundo lo hace en el 1 algunos empleados se olvidan que existe el dos y como que te obligan a hacerlo en el 1, porque pasa eso??? lo he explicado varias veces es largo de hacerlo, pero cuando tengas unas cuantas liquidaciones en tu haber te daras cuenta vos mismo cual es el motivo.

saludos