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Lugar de consulta entre los colegas sobre lo que estipulan las Leyes Arancelarias que rigen nuestra profesión.
 #841363  por carolinalitigante
 
hola colegas les consulto algunos aspectos sobre el registro de poseedores en Córdoba y el juicio de usucapion:
1- estoy por iniciar juicio de usucapion, ya realice estudio de titulo, y plano de mesura que se esta terminando la tramitación de la aprobación.
2- dadas las circunstancias enunciadas consideran conveniente que haga inscribier a mi cliente en le registro de poseedores???????
3 no me queda claro si una vez que lo inscribo en el registro de poseedores debo esperar para iniciar el juicio de usucapíón o lo hago conjuntamente , y porque en cada caso .
4. yo directamente iniciaria el juicio de usucapión, o crren que seria mejor de otra manera.
5.como calculan los honorarios de ese juicio .
6.cuanto tiempo estimativo puede demorar el juicio.
7.en relación a las pruebas de la posesión si no hay opocisión, y en el estudio de título me dio que esas personas estan muertas hace 30 años por lo que calculo yo, o sea cito por edictos a los sucesores del mismo y en la prueba presento como que el sitio fue alamabrado, se pagaron impuestos se sacaron plantas se cosecho verduras ya que es un baldio, fotos , y testigos.
DESDE YA MUCHAS GRACIAS POR SU APORTE Y SU AYUDA .