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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #840784  por mmendoza
 
Consulta tengo un hombre que es contador tiene inscripcion en autonomo (073) desde 10/1969 hasta 06/2004. Tiene muchos pagos salteados hasta 04/1988 y de ahi en adelante nada.
Mi consulta es la siguiente: si cambio la actividad de 073 a 745 (profesor de cultura general) casi llego a cubrir los 14 años q tengo q comprarle; el cambiarle de categoria va a hacer q el haber jubilatorio sea menor o no lo afecta en nada.
muchas gracias,
 #840787  por mmendoza
 
en Datos personales aparece lo siguiente:
Cat B 10/69 12/72 073
CatC 01/73 12/73 073
Cat E 01/74 12/79 073
Cat G 01/80 6/80 073
CatB 7/80 12/86 073
Cat D 01/87 03/02 073

CatD 04/02 06/04 073

Si el cambio de actividad no afecta el haber, la sit de revista la armaria asi:
09/64 - 08/68 745
10/69 - 12/69 073
01/70 - 09/93 745
10/93 - 03/02 073
04/02 - 06/04 073

esta bien??? los 2 años q faltan son en RRDD.
 #840791  por jarocho
 
El 09-93 se te termino la moratoria, vas a tener que renunciar al impago posterior y comprar hacia abajo con limite de sus 18 años, salteando los RD o autonomos pagados y como no pones la fecha de nacimiento, no sabemos si alcanza. Tambien podrias incluir DJ.
Se va a jubilar con la minima o un poco mas
 #840800  por mmendoza
 
jarocho escribió:El 09-93 se te termino la moratoria, vas a tener que renunciar al impago posterior y comprar hacia abajo con limite de sus 18 años, salteando los RD o autonomos pagados y como no pones la fecha de nacimiento, no sabemos si alcanza. Tambien podrias incluir DJ.
Se va a jubilar con la minima o un poco mas
Jarocho, todo lo posterior al 09/93 lo renuncio tal cual vos decis, no me puedo tomar ddjj porq los aportes en rrdd son del 2009.
los calculos se q estan bien, llego a los 30 años...mi consulta mas q nada apunta a q si yo le cambio la actividad le estoy haciendo un daño al haber jubilatorio o no le afecta??
el tiene muchos pagos hasta el 88 de ahi en adelante nada...pero como pagaba como contador si le cambio la actividad los 14 años q le faltan me salen $4500.
 #840809  por jarocho
 
Si bien esos aportes fueron altos, ya se ha encargado la Anses de degradarlos mediante Decretos y Resoluciones, si a esta situacion vos le vas a agregar 14 años de categoria A en moratoria no vas vas a producir mucho mas daño que el que ya le hicieron a ese autonomo, te va quedar bajo minima, que con complemento va a llegar al minimo
 #841299  por mmendoza
 
jarocho escribió:Si bien esos aportes fueron altos, ya se ha encargado la Anses de degradarlos mediante Decretos y Resoluciones, si a esta situacion vos le vas a agregar 14 años de categoria A en moratoria no vas vas a producir mucho mas daño que el que ya le hicieron a ese autonomo, te va quedar bajo minima, que con complemento va a llegar al minimo
Jarocho mil gracias....entonces se la cambio a la actividad...auqnue sea no le van a retener tanto de la cuota...gracias.
 #841305  por mmendoza
 
jarocho escribió:Si bien esos aportes fueron altos, ya se ha encargado la Anses de degradarlos mediante Decretos y Resoluciones, si a esta situacion vos le vas a agregar 14 años de categoria A en moratoria no vas vas a producir mucho mas daño que el que ya le hicieron a ese autonomo, te va quedar bajo minima, que con complemento va a llegar al minimo
Otra duda...y si le respeto la actividad....eso le va a mejorar el haber???? o tampoco...porque hice un calculo poniendo desde el 10/69 al 09/93 (073) y 09/64 al 07/68 (745) me da una cuota de $392 pero si mejoro el haber quizas vale la pena...de la otra forma cambiandole la categoria me daba $77 la cuota. espero tu opinion y desde ya muchas graciuas
 #841321  por DRADIN
 
mmendoza escribió:
jarocho escribió:Si bien esos aportes fueron altos, ya se ha encargado la Anses de degradarlos mediante Decretos y Resoluciones, si a esta situacion vos le vas a agregar 14 años de categoria A en moratoria no vas vas a producir mucho mas daño que el que ya le hicieron a ese autonomo, te va quedar bajo minima, que con complemento va a llegar al minimo
Jarocho mil gracias....entonces se la cambio a la actividad...auqnue sea no le van a retener tanto de la cuota...gracias.
me inmiscuyo en este post para reabrir el interrogante...si bien anses se encargó de achatar la situación de los autónomos logrando que cobren la mínima en la mayoría de los casos, si conserva sus categorías , podría intentar un reajuste...siempr ey cuando pagara la deuda que arrojara el sicam ...es decir, sin analizar a fondo el tema hay algo que es real: si se le cambian las categorías a un autónomo, pierde su oportunidad de intentar un reajuste de haberes... cobraría la mínima de todas formas pero se le quitaría la prerrogativa de intentar un reajuste... habría que analizar e caso en particular y si la deuda que generaría respetar las categorías se puede pagar o es un dineral que al cliente no le interesa abonar... eso es lo que yo hago en mi caso... les doy la opción porque sino los dejo atados a una mínima de por vida...
 #841527  por arielruiz86
 
En la mayoria de los autónomos no da mucho derecho a reajustes porque para ello tendrian que haber aportado en categorias elevadisimas que casi nadie hace, y ni hablar de intentar pagar por las categorias/actividad originales porque son cifras siderarles, si no pudo o no quizo pagar en su momento una categoria alta menos aún creo que pueda o quiera pagar toda a la deuda con los intereses incluidos, solo es una hipotesis casi utopica me parece, aunque me gustaria escuchar de quienes hacen reajustes si estoy tan errado.....
 #841629  por mmendoza
 
arielruiz86 escribió:En la mayoria de los autónomos no da mucho derecho a reajustes porque para ello tendrian que haber aportado en categorias elevadisimas que casi nadie hace, y ni hablar de intentar pagar por las categorias/actividad originales porque son cifras siderarles, si no pudo o no quizo pagar en su momento una categoria alta menos aún creo que pueda o quiera pagar toda a la deuda con los intereses incluidos, solo es una hipotesis casi utopica me parece, aunque me gustaria escuchar de quienes hacen reajustes si estoy tan errado.....
aRIEL, yo hice el calculo respetando la categoria desde el 10/69 al 09/93 y me da una cuota de $ 392.18 (incluido los 4 años q le compre en la ampliada con actividad 745). Cambiandole la categoria desde el principio me da una cuota de $ 77.49...gran diferencia.
Otra consulta para poder tener derecho al reajuste tendria q pagar la deuda de contado????
Por todo lo q lei hasta ahora veo q la mejor opcion es cambiarle la categoria.
gracias
 #841668  por arielruiz86
 
Cierto mmendoza, con la moratoria ley 24476 los valores a pagar no son tan "siderarles" como expresé (no se en que estaba pensando ja ja...), y para tener derecho a un eventual reajuste no hace falta pagar de contado la deuda, si respetar la actividad/categoria por todo el periodo, porque a mayor categoria mayor renta de referencia, pero no se si vale la pena.
 #841679  por mmendoza
 
arielruiz86 escribió:Cierto mmendoza, con la moratoria ley 24476 los valores a pagar no son tan "siderarles" como expresé (no se en que estaba pensando ja ja...), y para tener derecho a un eventual reajuste no hace falta pagar de contado la deuda, si respetar la actividad/categoria por todo el periodo, porque a mayor categoria mayor renta de referencia, pero no se si vale la pena.
Ariel, en el caso de conservar la categoria...en la ampliada tambien tendria q poner 073 o ahi si la puedo cambiar???
Estoy como vos...analizo y analizo y no se si valdra la pena pagar tanta diferencia...quisiera saber si eso le mejoraria el haber
 #841701  por mmendoza
 
mmendoza escribió:
arielruiz86 escribió:Cierto mmendoza, con la moratoria ley 24476 los valores a pagar no son tan "siderarles" como expresé (no se en que estaba pensando ja ja...), y para tener derecho a un eventual reajuste no hace falta pagar de contado la deuda, si respetar la actividad/categoria por todo el periodo, porque a mayor categoria mayor renta de referencia, pero no se si vale la pena.
Ariel, en el caso de conservar la categoria...en la ampliada tambien tendria q poner 073 o ahi si la puedo cambiar???
Estoy como vos...analizo y analizo y no se si valdra la pena pagar tanta diferencia...quisiera saber si eso le mejoraria el haber
Ariel recien hable con el cliente y le comente la situacion dijo q iba a pagar como contador y que despues iba a iniciar un reajuste...en este caso los 4años q tengo q ampliar tambien irian como contador o esos si les puedo cambiar la actividd...muchas gracias por la ayuda
 #841848  por arielruiz86
 
Y tendrías que ponerle tambien como contador en la ampliada para que pese en el haber, pero te va a elevar bastante la cuota de la moratoria, que escoja el cliente.
 #841904  por DRADIN
 
reciçen vuelvo a conectarme al foro y veo cómo se desarrolló este post...con las categorías que tenés, un reajuste SÍ le daría una diferencia considerable...por lo cual si fuera mi cliente le aconsejaria que pague, siendo que la deuda es poca -en comparación con otras,según lo que vos contás-. no hace falta que pague de contado lo que entra en la morat. los períodos que no entran sí tenés que pagarlo de contado... y varío mucho pero en casos así, a veces, a mí me dió un 100% de reajuste el cálculo...de ahí a que te lo den el 100% es otra cosa...pero insisto, es la opción del cliente y más vale informarlo a que se lo informe otro y te eche la culpa de haberle "imposibilitado" un reajuste...