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  • Hola, problemas con el 824/06

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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #843653  por luciano4444
 
Hola como les va les queria comentar este caso un tanto raro para mi.

La hija de la mujer una contadora, le tramita jubilacion, compra unos años por moratoria 24476, y cuando quiere ingresar el tramite le dicen que no se lo pueden tomar.

El caso es que tenia otro beneficio y por ende aplica segun tengo entendido el 824/06, osea el saldo de contado, recien por ende busca la ayuda de un gran profesional como yo (modestia aparte jiji).

Segun averigue tengo que pedir un amparo por insconstitucionalidad del 824 asi no tiene que pagar de contado, por lo cual deduzco como basico el hecho de que me lo tienen que rechazar, por ende tengo que presentarlo aun por insistencia como se dice en ANSES, pero mi preocupacion es que paso esto hace unos meses y creo que no pago mas cuotas...

Entonces... puede tener alguna consecuencia? deberia pagar las cuotas de los meses que pasaron? Habria que hacer de nuevo el SICAM... es increible que no lo haya presentado lo se, pero bueno lo agarro en esta etapa jiji. Nunca hice el amparo asique estoy estudiando... *leo*
 #843755  por fabidoc
 
será la 884/06??
podrías presentarlo si está dentro de los 45 días hábiles, con la misma deuda. Si pasó ese tiempo, lo mejor es reliquidar para volver a contar los plazos y que genere retroactivo. Bajo insistencia, sale el beneficio, luego lo suspenden, la utilización de vías de hecho por parte de la administración abren la instancia del amparo.sld
 #843910  por hugo2
 
luciano4444 escribió:Hola como les va les queria comentar este caso un tanto raro para mi.

La hija de la mujer una contadora, le tramita jubilacion, compra unos años por moratoria 24476, y cuando quiere ingresar el tramite le dicen que no se lo pueden tomar.

El caso es que tenia otro beneficio y por ende aplica segun tengo entendido el 824/06, osea el saldo de contado, recien por ende busca la ayuda de un gran profesional como yo (modestia aparte jiji).

Segun averigue tengo que pedir un amparo por insconstitucionalidad del 824 asi no tiene que pagar de contado, por lo cual deduzco como basico el hecho de que me lo tienen que rechazar, por ende tengo que presentarlo aun por insistencia como se dice en ANSES, pero mi preocupacion es que paso esto hace unos meses y creo que no pago mas cuotas...

Entonces... puede tener alguna consecuencia? deberia pagar las cuotas de los meses que pasaron? Habria que hacer de nuevo el SICAM... es increible que no lo haya presentado lo se, pero bueno lo agarro en esta etapa jiji. Nunca hice el amparo asique estoy estudiando... *leo*
Si vos ni siquiera sabes la norma por la cual le rechazan, creo que tu clienta tiene un gran problema.
 #844857  por luciano4444
 
hugo2 escribió:
luciano4444 escribió:Hola como les va les queria comentar este caso un tanto raro para mi.

La hija de la mujer una contadora, le tramita jubilacion, compra unos años por moratoria 24476, y cuando quiere ingresar el tramite le dicen que no se lo pueden tomar.

El caso es que tenia otro beneficio y por ende aplica segun tengo entendido el 824/06, osea el saldo de contado, recien por ende busca la ayuda de un gran profesional como yo (modestia aparte jiji).

Segun averigue tengo que pedir un amparo por insconstitucionalidad del 824 asi no tiene que pagar de contado, por lo cual deduzco como basico el hecho de que me lo tienen que rechazar, por ende tengo que presentarlo aun por insistencia como se dice en ANSES, pero mi preocupacion es que paso esto hace unos meses y creo que no pago mas cuotas...

Entonces... puede tener alguna consecuencia? deberia pagar las cuotas de los meses que pasaron? Habria que hacer de nuevo el SICAM... es increible que no lo haya presentado lo se, pero bueno lo agarro en esta etapa jiji. Nunca hice el amparo asique estoy estudiando... *leo*
Si vos ni siquiera sabes la norma por la cual le rechazan, creo que tu clienta tiene un gran problema.
Ok, gracias por tu comentario (aunque no aportaste nada).
 #844858  por luciano4444
 
fabidoc escribió:será la 884/06??
podrías presentarlo si está dentro de los 45 días hábiles, con la misma deuda. Si pasó ese tiempo, lo mejor es reliquidar para volver a contar los plazos y que genere retroactivo. Bajo insistencia, sale el beneficio, luego lo suspenden, la utilización de vías de hecho por parte de la administración abren la instancia del amparo.sld
mira vos no sabia lo del plazo de 45 dias, ahora le voy a preguntar, osea que si pasa ese tiempo tengo que pedir que le den de baja al plan en anses asi puedo modificar el sicam en afip...