Mi clienta tras probar arroyadoramente Haber sido estafada por algun elelmento de importante tarjeta de compras y prestamos. Firma convenio en mediacion privada, pagadero a 120 dias a contar desde 23 de julio, o sea 23 de Nov por daño moral y perjuicios. a la fecha 18 de dic...el pago se sigue retrazando con excusas de papeleo e incluso irreverentes... que seria lo mas conveniente?..seguir insistiendo para que paguen?, o intimar con carta documento para quese efectue el pago mas los intereses cumados a la fecha?.... respondame alguien por favor! ... Ya esta la feria encima!
Hola Lilha, el acuerdo instrumentado en acta suscripta por el mediador, no requerirá homologación judicial y será ejecutable mediante el procedimiento de ejecución de sentencia regulado en el Libro III del CODIGO PROCESAL CIVIL Y COMERCIAL DE LA NACION, saludos cordiales
En caso de incumplimiento del acuerdo arribado en la mediación, podrá ejecutárselo ante el juez designado. Sin embargo, no podrá extenderse el marco de la ejecución a aspectos de conocimiento y al tratamiento de cuestiones que no fueron objeto de oportuno debate, o que implican la revisión de temas ya decididos, ya que no se trata de obtener un pronunciamiento acerca de un derecho discutido, sino de actuar, de traducir en hechos reales, un derecho que ha quedado insatisfecho.
Autos: AUTO AUDIO S.A. c/ INTERIN S.A. y otros s/ HOMOLOGACION DEACUERDO.- Magistrados:Ana María Brilla de Serrat, Benjamín Zaccheo, Zulema Wilde. - Sala J. - 29/09/2000 - Nro. Exp.: R.15117