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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #841681  por bogalitoral
 
Perdón por la pregunta tan básica, pero me surgió la duda

tengo una clienta que me trae un Reco de ANSES, con 5 años y 4 meses de serv. frente a alumnos, pero como no llegan a 10, se los toman como comunes.-

también tiene un reco de la Caja de Entre Ríosde 4 años y 5 meses de serv. frente a alumnos, que requiere 52/25.-

Yo le dije que, lamentablemente, no le corresponde la Jubilación especial en razón de que tiene un total de 9 años y 9 meses frente a alumnos y hoy se encuentra desocupada y sin ingresos.-

Es una mujer de mas de 70 años, por lo que no tiene problema de compra de servicios por moratoria.-

Mi dudas son:
Cómo debo tomar los aportes frente alumnos nacionales? cómo comunes 60/30?
Cómo tomo los provinciales? cómo diferenciales 52/25? cómo comunes de la Pronvicia 57/30? ó cómo comunes de ANSES 60/30??

Es importante creo, para un prorrateo que le beneficie bajándole la edad lo más posible y después aplicar el art. 19.-

Gracias por tu paciencia.-
 #841695  por periquita
 
bogalitoral escribió:Perdón por la pregunta tan básica, pero me surgió la duda

tengo una clienta que me trae un Reco de ANSES, con 5 años y 4 meses de serv. frente a alumnos, pero como no llegan a 10, se los toman como comunes.-

también tiene un reco de la Caja de Entre Ríosde 4 años y 5 meses de serv. frente a alumnos, que requiere 52/25.-

Yo le dije que, lamentablemente, no le corresponde la Jubilación especial en razón de que tiene un total de 9 años y 9 meses frente a alumnos y hoy se encuentra desocupada y sin ingresos.-

Es una mujer de mas de 70 años, por lo que no tiene problema de compra de servicios por moratoria.-

Mi dudas son:
Cómo debo tomar los aportes frente alumnos nacionales? cómo comunes 60/30?
Cómo tomo los provinciales? cómo diferenciales 52/25? cómo comunes de la Pronvicia 57/30? ó cómo comunes de ANSES 60/30??

Es importante creo, para un prorrateo que le beneficie bajándole la edad lo más posible y después aplicar el art. 19.-

Gracias por tu paciencia.-
Todo lo vas a tomar por la normativa de la caja donde se jubile que supongo será ANSES. En ese caso TODO lo docente frente a alumnos se lo prorrateas como 57 / 25.
Saludos
 #841890  por smavuiller
 
si compra x moratoria - se jub.con la minima - entonces los años docentes pasan a comunes - x lo tanto se veran como comunes y segun los aportes asi valdran - le daria mas años? de ahi compras lo q le falta - fijate bien los aportes- suerte!
 #842028  por bogalitoral
 
periquita escribió:
bogalitoral escribió:Perdón por la pregunta tan básica, pero me surgió la duda

tengo una clienta que me trae un Reco de ANSES, con 5 años y 4 meses de serv. frente a alumnos, pero como no llegan a 10, se los toman como comunes.-

también tiene un reco de la Caja de Entre Ríosde 4 años y 5 meses de serv. frente a alumnos, que requiere 52/25.-

Yo le dije que, lamentablemente, no le corresponde la Jubilación especial en razón de que tiene un total de 9 años y 9 meses frente a alumnos y hoy se encuentra desocupada y sin ingresos.-

Es una mujer de mas de 70 años, por lo que no tiene problema de compra de servicios por moratoria.-

Mi dudas son:
Cómo debo tomar los aportes frente alumnos nacionales? cómo comunes 60/30?
Cómo tomo los provinciales? cómo diferenciales 52/25? cómo comunes de la Pronvicia 57/30? ó cómo comunes de ANSES 60/30??

Es importante creo, para un prorrateo que le beneficie bajándole la edad lo más posible y después aplicar el art. 19.-

Gracias por tu paciencia.-
Todo lo vas a tomar por la normativa de la caja donde se jubile que supongo será ANSES. En ese caso TODO lo docente frente a alumnos se lo prorrateas como 57 / 25.
Saludos
muchas gracias, como siempre muy amable, besos
 #843905  por facumanu
 
Periquita,

buenas tardes. Quisiera preguntarte, ya que estoy iniciando un suplemento decreto 137/05, si podré hacer personalmente las certificaciones de servicios en cada colegio donde trabajó esta docente, o tiene que ir ella sí o sí? *flor* . La sra. ya está jubilada. Que tengas un buen finde!!! Facumanu
 #843925  por facumanu
 
Gracias Periquita, sí porque ya le pedí la certificación en el minsterio de educacion de capital federal y me aceptaron el poder de Anses, pero en los colegios son tan rebuscados...Mil gracias por tu ayuda!!!! Buen finde!!Facumanu
 #844250  por periquita
 
Camarista41 escribió:Estimada Periquita, los bibliotecarios en la capital federal son considerados dentro de la ley docente? gracias
Sí, en todos los colegios públicos y en los privados en la mayoría, siempre que esté reconocido el cargo como curricular o de planta. En esos casos el colegio privado entrega la Ampliación del Dto. 137/05.
Saludos.
 #844297  por facumanu
 
Buen día Periquita,
Estoy preparando el reajuste por el decreto 137/05, se me ocurrió ahora ésto: Es lo mismo si tomo vista del expediente principal de jubilación que está archivado en San Martín y adjunto fotocopias certificadas de los servicios?. Qué opinás al respecto?. Por que sino tendría que ir por cada colegio donde trabajó la docente certificar firmas, pasar por el ministerio, ...y luego iniciar el trámite en Anses...
Mil gracias . Facumanu
 #844384  por periquita
 
facumanu escribió:Buen día Periquita,
Estoy preparando el reajuste por el decreto 137/05, se me ocurrió ahora ésto: Es lo mismo si tomo vista del expediente principal de jubilación que está archivado en San Martín y adjunto fotocopias certificadas de los servicios?. Qué opinás al respecto?. Por que sino tendría que ir por cada colegio donde trabajó la docente certificar firmas, pasar por el ministerio, ...y luego iniciar el trámite en Anses...
Mil gracias . Facumanu
NO, no es lo mismo. Es indispensable presentar el Decreto 137, no basta con las C.S.R.
No hace falta ir a TODOS los colegios, hay que demostrar la cantidad de años trabajados frente a alumnos y por supuesto el último establecimiento para calcular el haber.
Saludos
 #844435  por facumanu
 
Gracias Periquita... a trabajar entonces. Te hago otra consulta, si querés responderme por mensaje privado. Cuánto debería cobrarle a esta sra.? Tiene un muy buen haber. Gracias mil. Facumanu
 #844453  por Camarista41
 
periquita escribió:
Camarista41 escribió:Estimada Periquita, los bibliotecarios en la capital federal son considerados dentro de la ley docente? gracias
Sí, en todos los colegios públicos y en los privados en la mayoría, siempre que esté reconocido el cargo como curricular o de planta. En esos casos el colegio privado entrega la Ampliación del Dto. 137/05.
Saludos.
Gracias periquita! la verdad no entiendo mucho del 137 y de la 09 donde puedo estudiar eso para ver cuando se presenta? y demas cosillas??
 #844541  por periquita
 
Camarista41 escribió:
Gracias periquita! la verdad no entiendo mucho del 137 y de la 09 ¿¿?? donde puedo estudiar eso para ver cuando se presenta? y demas cosillas??
Si ponés el buscador en el foro hay mucho escrito al respecto.
Además siempre lo importante es ir a las fuentes, a la normativa, te aconsejo leer el decreto y sus complentarias.
Saludos
 #845272  por DrPrimeriso
 
Hola Periquita, te hago una consulta para no equivocarme, retire el codigo de una jubilacion de transferidos en DGCyE que para mi sorpresa salio en pocos meses, ahora como debo proceder ante el IPS y para el cese ya que la modalidad fue mediante Cierre Condicionado de Computos... desde ya muchas gracias
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