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 #846057  por DraGuadalupeRuiz
 
Hola, tengo dudas con el plazo para consentir, en laboral de cap fed, son 5 dias o 3?
ya que seria una resolucion simple (3 dias quedaria firme?) y en la ley 9667 no dice el plazo, tengo entendido que son 3 dias contados a pertir del dia de nota siguente a la fecha del proveido, y pasadas las 2 primeras de vencido el plazo de 3 dia. Que normativa contempla dicho plazo p/ consentir?
 #846121  por Squonk
 
DraGuadalupeRuiz escribió:Hola, tengo dudas con el plazo para consentir, en laboral de cap fed, son 5 dias o 3?
Son 3 días
DraGuadalupeRuiz escribió:ya que seria una resolución simple (3 dias quedaria firme?)
Sí, 3 días
DraGuadalupeRuiz escribió: y en la ley 9667 no dice el plazo, tengo entendido que son 3 dias contados a partir del dia de nota siguiente a la fecha del proveido, y pasadas las 2 primeras de vencido el plazo de 3 dia.
Son 3 dias contados a partir del dia de nota siguiente a la fecha del proveído y pasadas las dos primeras horas del cuarto día
DraGuadalupeRuiz escribió:Que normativa contempla dicho plazo p/ consentir?
Lo contempla el Acta 2295/99 de la CNAT.

Saludos cordiales
 #846148  por DraGuadalupeRuiz
 
Muchas gracias por responder. ví el acta 2295 CNAT, y en su parte dipositiva punto 2) dispone que la exigencia del consentimiento p el giro puede ser suplida por las partes por el consentimiento expreso de los interesados q actuan en la causa.
Hoy fui a dejar el escrito solicitando se libre giro y al hablar con el juzgado ( no sabia s/ el acta 2295), pero yo le pedi si podia precindir del consentimiento, ya que la demandada cuando acredito el deposito prestó conformidad para el retiro del pago, y me dijeron que no se podia que se debia consentir si o si ya que de lo contrario podian tener responsabilidad por perjudicar a algun acreedor, y lo peor es q el juz entra de feria del 18 a 23 de mayo y luego me engancha el feriado del 25, asi que me quedará el deposito 15 dias parado.
Me preguntaba si les podria solicitar al juzgado el cumplimiento del acta 2295 CNAT punto 2, ya que yo estaria solicitando el giro y la demandada ya consintio?
o es facultad del juzgado?,
Aunque sea para la proxima me voy al juz con el acta 2295 CNAT, en esta oportunidad ya no me dan los tiempos que mala suerte
 #846319  por Squonk
 
Necesitás el consentimiento expreso de todos los profesionales intervinientes
 #1164988  por "doctoraZA"
 
hola si se cobro por medio de embargo tambien tienen que consentir?? es decir el plazo para observar la liquidacion ya expiro que es lo que se consiente?? gracias a todos
 #1164989  por "doctoraZA"
 
pregunto si me adeuda honorarios el vencido.... pido el giro por el capital del cliente( que ya esta depositado)y despues solicito se amplie el embargo para cobrarle al vencido?? es asi? mil gracias
 #1165372  por Squonk
 
[quote=""doctoraZA""]hola si se cobro por medio de embargo tambien tienen que consentir?? es decir el plazo para observar la liquidacion ya expiro que es lo que se consiente?? gracias a todos[/quote]

Tendrías que pedir que se apruebe la liquidación y se libre el giro