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  • QUE HAGO?? PRESCRICION-SUCESION

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A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #847803  por maria80
 
Hola colegas, les quiero consultar ya que nose bien que hacer, una pareja primero concubinos, hace dos años ya casados, estan viviendo en un inmueble desde hace 30 años. Pero respecto al inmueble el titular dominial fallecio, y no hay sucesion abierta, pero aparte la viuda y una de las herederas de este inmueble le cedieron en el año 2000 sus partes sobre dicho inmueble a esta pareja, solo quedan los hijos de otra heredera, que ellos sí quieren la parte. Entonces:
a esta pareja, apersonandose los dos:
1. le inicio prescripcion larga???
2. o prescripcion corta, presentando la cesion como justo titulo?
3. o ¿puede se puede iniciar sucesion y presentar cesion y prescribir por el 25% que les corresponde a los herederos de una de las hijas del causante???. En este ultimo caso los procesos son en un mismo expte??? como seria???
¿Que conviene mejor?, espero me puedan ayudar. Gracias
 #847953  por Denisramon
 
Estimada María80, te consulto. ¿La cesión que le dieron las dos herederas fue onerosa o gratuita? Si fue onerosa, eso borra toda posibilidad de que sean reconocidas como poseedoras del inmueble en calidad de dueñas. En mi opinión, si reciben una sesión, ya sea onerosa o gratuita, están reconociendo a otro como titular de los derechos sobre la propiedad, por lo cual el plazo de prescripción respecto de la tercera no empezaría a correr sino desde esa fecha.

Por otro lado, creo que no podés prescribir lo que ya te cedieron, por lo tanto si vas por la prescripción será únicamente por el porcentaje que le corresponde a la otra heredera. Creo que no hace falta iniciar la sucesión de nadie, simplemente inicias la prescripción contra las herederas y/o representantes legales de esa persona.

Esperá respuestas de gente más experimentada, yo soy abogado novato. Espero te sirva. Un abrazo. Atte. Denis.
 #848002  por maria80
 
Hola Gracias por contestar, te cuento que la cesion fue onerosa, en el año 2000 y no esta inscripta en el inmobiliario.
Ahora lo que me decis de la prescripcion, me dijeron que se inicia contra el titular dominial...
Espero sus respuestas. Gracias