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 #84887  por Barby
 
Hola a todos soy nueva en el foro. Quisiera saber si podrian enseñarme a diligenciar un oficio, yo tengo el escrito redactado, pero no se que debo hacer con el.
Desde ya les agradezco toda la informacion que puedan brindarme.
Saludos :)

 #84894  por PAIDEIA
 
En primer lugar tenés que confrontar el Oficio, según el Juzgado lo hacen de forma inmediata o lo tenés que dejar a confronte.
Una vez que se encuentra confrontado lo presentás ante la entidad a oficiar, te hacés sellar la copia con fecha de recepción. Esa copia la presentás en el expediente para actreditar el diligenciamiento del mismo. Si no contesta en el tiempo otorgado tenés que pedir un Oficio reiteratorio.

 #84910  por Barby
 
Gracias por tu respuesta!!!
O sea que si yo quiero enviarlo a un Hospital para informarle de un embargo de sueldo lo tengo que llevar hasta alli?

 #84911  por DoctorPiccafeces
 
Si es un oficio simple de informes, podés hacer uso de tus atribuciones profesionales del art. 400 del Cod. Proc. de la Nación o del 398 del Cod. Proc. de la Provincia y lo hacés vos, lo firmás, le estampás tu sellito y te ocupás de diligenciarlo.

No precisás el sello medalla del juzgado.

 #84912  por DoctorPiccafeces
 
Atenti, oficio de embargo lo firma el Secretario, salvo que sea Ley 22.172 en que lo firma el Juez.

 #84921  por Barby
 
Muchisimas gracias por la respuesta, realmente me ayudaron mucho.
Saludos