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 #849202  por carolinaabogacia2012
 
Hola Colegas! Les pido ayuda, es mi primera sucesion!!

Ya tuve declaratoria de herederos. Los herederos son dos, los dos presentados, no es nada conflictivo.
El proximo paso, (si no me equivoco) es pagar la tasa de justicia.
La sucesion es de capital, dos bienes:
uno en capital de valor fiscal $ 26795,09, con una baulera (en escritura esta como unidad funcional), de valor fiscal $ 705,13.

saque el 1,5% de cada importe (conf ley 23898 art 3 inc c), los sumé y me dio $ 412,49

el otro bien es un terreno en Moreno, prov de bs as, de valor fiscal $ 4022

saque el 0,75% conf ley 23898 art4 inc g y me dio $ 30,165

sume esos dos importes $412,49 y $ 30,165 y me dio $ 442,65, que es lo que tengo que pagar de tasa de justicia.
¿Está bien el razonamiento que hice?
¿ El proximo paso seria presentar comprobante de pago de tasa de justicia y pedir testimonios para sus respectivas inscripciones en registro de capital y de provincia? ¿En este mismo paso hace falta acompañar titulos originales de los inmuebles? ¿Cuando se hacen los certificados de dominio e inhibicion?
Les agradeceria mucho su ayuda, ya que no estoy segura de como continuar con esto, y quisiera hacerlo antes de la feria!!
Saludos!!! Caro
 #849212  por Doctomasito
 
Hola. Te respondo las que estoy seguro .
carolinaabogacia2012 escribió:¿ El proximo paso seria presentar comprobante de pago de tasa de justicia y pedir testimonios para sus respectivas inscripciones en registro de capital y de provincia?
Sí, lo que se pide es la INSCRIPCIÓN . En el texto del escrito se va a solicitar que se expidan los instrumentos necesarios a tal efecto ( testimonios y/ u oficios ). En general no se menciona la palabra TESTIMONIO en el título.
carolinaabogacia2012 escribió: ¿En este mismo paso hace falta acompañar titulos originales de los inmuebles?
No . Por mi experiencia, éste es un requisito que va a depender del criterio del juzgado. Si a costumbran pedirlo, lo van a hacer luego de tu pedido de inscripción. Tenelo preparado, por las dudas.
carolinaabogacia2012 escribió: ¿Cuando se hacen los certificados de dominio e inhibicion?
precisamente, se acompañan con el pedido de inscripción, además de asumir los herederos la responsabilidad por deudas.
Por último, en cuanto a la valuación fiscal del inmueble de Capital,OJO, acompañá la última, que es la que tiene la valuación (" Fiscal Homogénea " se llama ahora ) nueva, de este año. Sospecho que el Fisco ( que es quien controla que la tasa esté correctamente pagada ) debe estar muy atento a esto, porque en muchos casos la valuación nueva triplicó la anterior, y más de un vivo debe liquidar tasa sobre la vieja. Esperá más ayuda. Suerte !
 #849493  por mcnulty
 
carolinaabogacia2012 escribió: saque el 1,5% de cada importe (conf ley 23898 art 3 inc c), los sumé y me dio $ 412,49
el otro bien es un terreno en Moreno, prov de bs as, de valor fiscal $ 4022
saque el 0,75% conf ley 23898 art4 inc g y me dio $ 30,165
sume esos dos importes $412,49 y $ 30,165 y me dio $ 442,65, que es lo que tengo que pagar de tasa de justicia.
¿Está bien el razonamiento que hice?

En el cálculo de la tasa de justicia de los inmuebles te estas olvidando de sumar el 5% sobre los muebles presuntos .Este porcentaje se aplica al valor de la tasa determinada , es decir será el 5% del 1,5% ,y 5% del 0,75 por el inmueble de pcia. En tu caso se te sumaran montos insignificantes , pero si no lo incluis el juzgado , te va a observar el cálculo y no te va a dar vía libre a la inscripciones .
 #849974  por Rominaelizabeth
 
[quote="Doctomasito"Hola, te comento que estoy haciendo mi primera sucesion intestada notarial ya tengo todos los requisitos
recien la voy a ingresar solo es un heredero en realidad son cuatro hermanos pero solo uno quiere la sucesion entonces estaria bien que solo mencione a esa persona como heredero universal de sus bienes en realidad solo tuvo un bien el causante, y otra pregunta necseto dos sucesiones intestadas, porque primero muere el padre, luego muere la madre, o lo puedo hacer hacer en una sola sucesion