Estuve recabando información pero hasta ahora no había tenido que apelar respecto de la aplicación de la ley 26417 para movilidad posterior a 3/2009.
Sé que la jurisprudencia al momento está aplicando la fórmula que determina dicha ley, pero en los escritos de inicio pido se declare la inconstitucionalidad basada sintetizadamente en este párrafo: "El dictado de la ley 26.417 establece un sistema de movilidad a partir de marzo de 2009 basado en un complejo índice que combina indicadores salariales con la evolución de la recaudación y el incremento de la base de beneficiario de la ANSES, en un curioso esquema de aplicación donde el haber siempre se termina “reajustando” por el índice que resulte mas desfavorable para el beneficiario.
Como V.S. observará este sistema de “movilidad” nada tiene que ver con la doctrina de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, respecto de lo que debería ser una correcta reglamentación del art. 14 bis de la Constitución Nacional, conforme lo ha expresado en toda su jurisprudencia y recientemente en los citados y analizados “Sánchez” y “Badaro”, ya que se insiste en apartarse de los indicadores salariales para introducir otra variables diferentes.
Por lo expuesto es que se solicita la declaración de inconstitucionalidad del índice anexo de la ley 26.417, atento que se vulnera la debida proporción que debe existir entre los haberes de pasividad y de actividad generando un desfasaje que lesiona al principio sustitutivo consagrado por el art. 14bis de la Constitución Nacional conforme lo expresado por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en la totalidad de la jurisprudencia citada “ut supra”, a la cual me remito."
Ahora bien, para apelar necesitaría fundar ampliamente la inconstitucionalidad que pretendo, suelen hacerlo mencionando la fórmula y genéricamente el perjuicio que puede acarrear su arbitraria aplicación, o previamente debe hacerse una comparacion entre los indices que la ley determina y la aplicación que nosotros pretendieramos para ver cual resulta más conveniente?
Lo cierto es que tengo el Bluecorp y el sistema automáticamente pide la inconstitucionalidad....
Sé que la jurisprudencia al momento está aplicando la fórmula que determina dicha ley, pero en los escritos de inicio pido se declare la inconstitucionalidad basada sintetizadamente en este párrafo: "El dictado de la ley 26.417 establece un sistema de movilidad a partir de marzo de 2009 basado en un complejo índice que combina indicadores salariales con la evolución de la recaudación y el incremento de la base de beneficiario de la ANSES, en un curioso esquema de aplicación donde el haber siempre se termina “reajustando” por el índice que resulte mas desfavorable para el beneficiario.
Como V.S. observará este sistema de “movilidad” nada tiene que ver con la doctrina de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, respecto de lo que debería ser una correcta reglamentación del art. 14 bis de la Constitución Nacional, conforme lo ha expresado en toda su jurisprudencia y recientemente en los citados y analizados “Sánchez” y “Badaro”, ya que se insiste en apartarse de los indicadores salariales para introducir otra variables diferentes.
Por lo expuesto es que se solicita la declaración de inconstitucionalidad del índice anexo de la ley 26.417, atento que se vulnera la debida proporción que debe existir entre los haberes de pasividad y de actividad generando un desfasaje que lesiona al principio sustitutivo consagrado por el art. 14bis de la Constitución Nacional conforme lo expresado por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en la totalidad de la jurisprudencia citada “ut supra”, a la cual me remito."
Ahora bien, para apelar necesitaría fundar ampliamente la inconstitucionalidad que pretendo, suelen hacerlo mencionando la fórmula y genéricamente el perjuicio que puede acarrear su arbitraria aplicación, o previamente debe hacerse una comparacion entre los indices que la ley determina y la aplicación que nosotros pretendieramos para ver cual resulta más conveniente?
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