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  • notificacion alimentante q no se presenta

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A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #851859  por cecicarla
 
Hola colegas!! tengo una duda ... inicie una demanda de alimentos, el alimentante no contesto demanda, en los alimentos el criterio del juzgado es que no existe la rebeldía atento a lo que dispone el art. 640 del cód procesal... pido alimentos provisorios y q se abra a prueba ... proveen los provisorios los cuales notifique .. pero respecto a la prueba que ofrecí,entre ella testimonial, tengo que tambien notificar al alimentante sobre las fechas de audiencia si NUNCA se presentó? al final del párrafo dice notifíquese pero entiendo que es solo respecto a los testigos .. no?
 #851916  por cecicarla
 
gracias santi! como jamas se presento lo pase por alto ... ufff me quiero matar! encima estoy sobre la fecha y la cedula tiene q salir de capital a moreno ... espero llegar ...

gracias!!

Carla
santiheladero escribió:tenes q notificar la aud testimonial a los testigos y al alimentante
 #851919  por Polux
 
Es muy importante la prueba testimonial? Digamos que en temas de alimentos sólo es útil para probar el caudal del alimentante con cuestiones de las cuales no se puedan obtener datos por informes. Fijate si vale la pena producir las testimonial, de última si ya tenés prueba suficiente desisti de la misma, acordate que un juicio de alimentos se gana sólo con la partida de nacimiento como prueba, suerte!
 #851994  por cecicarla
 
hola polux! es que es independiente y trabaja en negro! no tengo manera de probar lo que hace salvo con testigos .. nose q tenia en mente cuando hice las cedulas .. encima le notifique parte del despacho (provisorios) pero todo lo que era prueba no lo puse ... :cry:

Igual tengo audiencia supletoria para el 27, voy a intentar por lo menos enviar las cedulas esta semana y esperaremos la supletoria ...gracias!

Slds!

Carla
Polux escribió:Es muy importante la prueba testimonial? Digamos que en temas de alimentos sólo es útil para probar el caudal del alimentante con cuestiones de las cuales no se puedan obtener datos por informes. Fijate si vale la pena producir las testimonial, de última si ya tenés prueba suficiente desisti de la misma, acordate que un juicio de alimentos se gana sólo con la partida de nacimiento como prueba, suerte!