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  • Alguien me ayuda? Juicio por reajuste de haberes desde 1994

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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #847198  por webpao1
 
Hola!! Voy a tratar de ser breve en mi pedido de ayuda urgente!!!


Mi abuela que tiene 89 años, ella inicio un juicio por reajuste de haberes por pension en 1994. (si leyeron bien)
Tiene sentencia 28-05-2008 /Expediente: 355/2004 Tomo: 40 Letra: D Tipo: ROR
En marzo del 2009 el expediente administrativo se remitio al ANSES junto con copias certificadas para que le liquiden.
Hoy me informan en Alsina 250 que el expediente esta archivado en San Martin. Y q tengo q reclamar alli que le envien a Alsina 250.
:shock:

El exp judicial (juzg 8) esta nuevamente paralizado.

Necesito que salga. El letrado que teniamos es de terror (como veran no es normal 17 años de juicio si bien anses es lento, pero no tanto) y lo dejamos, y estoy en la busqueda de otro.

Tengo muchos mas datos logicamente,

Necesito saber que tengo que hacer, que pasos seguir, para q le liquiden el bendito juicio.

Cualquier ayuda es realmente bienvenida y agradecida por mi abuela y por mi.

Paola
 #847221  por SIPOL82
 
En primer lugar tendrías que sacar de paralizado el expediente para saber que es lo que establece la sentencia y ver que es lo que hizo el abogado en el expediente , tendrías que practicar liquidación e iniciar una ejecución para el cobro.
 #851150  por webpao1
 
Gracias por la respuesta.
La sentencia dice lo siguiente:

Diéguez de Fernández, Socorro c/ ANSeS s/ reajustes por movilidad.
Buenos Aires, 28 de mayo de 2008.
Vistos los autos: ADiéguez de Fernández, Socorro c/ ANSeS s/ reajustes por PARA DATOS DE CONTACTO, UTILIZAR "PERFIL" O "MP".
Considerando:

11) Que contra la sentencia de la Sala II de la Cámara Federal de la Seguridad Social que confirmó la movilidad ordenada en la instancia anterior, la actora dedujo recurso ordinario de apelación que fue concedido según lo dispuesto por el art. 19 de la ley 24.463.

21) Que la cuestión propuesta por la jubilada vinculada con la necesidad de revisar el criterio fijado en el precedente "Chocobar", suscita el examen de temas sustancialmente análogos a los resueltos por esta Corte en la causa PARA DATOS DE CONTACTO, UTILIZAR "PERFIL" O "MP" (Fallos: 328:1602 y 2833), a cuyos fundamentos corresponde remitirse por razones de brevedad.

31) Que los agravios de la titular atinentes al reajuste de haberes solicitado a partir del mes de abril de 1995 hasta fines del año 2006, resultan procedentes de acuerdo con lo resuelto por el Tribunal en la causa B.675.XLI.

ABadaro, Adolfo Valentín c/ ANSeS s/ reajustes PARA DATOS DE CONTACTO, UTILIZAR "PERFIL" O "MP", sentencias de fechas 8 de agosto de 2006 y 26 de noviembre de 2007, a cuyos fundamentos corresponde remitir por razón de brevedad, sin perjuicio de que al practicar la liquidación se descuenten las sumas que pudieran haberse percibido en virtud de los decretos del Poder Ejecutivo que dispusieron incrementos en las prestaciones en el período indicado.

Por ello, el Tribunal resuelve: declarar procedente el recurso ordinario deducido por la actora, revocar la sentencia apelada con el alcance indicado en el precedente PARA DATOS DE CONTACTO, UTILIZAR "PERFIL" O "MP" y disponer que la movilidad por el lapso indicado en el fallo PARA DATOS DE CONTACTO, UTILIZAR "PERFIL" O "MP", se practique de conformidad con el índice allí fijado, salvo que los incrementos dispuestos por los decretos del Poder Ejecutivo durante igual período arrojasen una prestación superior, caso en el cual deberá estarse a su resultado. Notifíquese y devuélvase. RICARDO LUIS LORENZETTI - ELENA I. HIGHTON de NOLASCO - CARLOS S. FAYT - ENRIQUE SAN- TIAGO PETRACCHI - JUAN CARLOS MAQUEDA - E. RAUL ZAFFARONI - CARMEN M. ARGIBAY.
 #851166  por andrea1982
 
Si se inició en 1994 y llegó a Corte, no es nada raro el tiempo que tomó... los juicios de reajustes ahora son rápidos, pero antes no era así. Así cambies de letrado, tené en cuenta que la mayor parte del trabajo lo hizo el letrado anterior y tendrás que pagarle los honorarios a ese y al que siga...
Sos abogada?
 #852237  por webpao1
 
El dia de hoy la abogada Dra Viviana Ferrari, informo que no iba a cobrar mas retroactivo, la clienta le informa que aun no cobro el retroactivo,
la dra sorprendida dijo que no sabia q aun no habia cobrado, y que urgente hay q mandar un escrito y solicitar un embargo.....

La Dra esta con el caso desde 1994, evidentemente no sabe ejercer su profesion, ni siquiera sabe informarse del estado de los casos que lleva adelante.

No se si estar indignada o triste....

Es una pena que la clienta de 89 años haya perdido 18 años de su vida de esta manera.....
 #852274  por andrea1982
 
A mi no me parece correcto que juzgues, por este medio, a una colega de esa manera, es una cuestión de ética profesional, seguramente, a vos también te pasará que un cliente no estará conforme con tu trabajó y se enojará.
Ejerciendo previsional, no sé si vos lo hacés, te puedo asegurar que si hay algo que nosotros queremos, es que el cliente cobre, ya que es una de las pocas ramas en donde, si el cliente no cobra, nosotros no cobramos... Si a esta persona no le corresponde retroactivo, porque no le dá diferencia, o por lo que fuera, la abogada, a la cual criticas, no va a ver tampoco un peso...pese a 18 años de trabajo. Por otra parte, no sé cuantos clientes tenés vos, pero cuando uno tiene varios clientes es FACTICAMENTE imposible acordarte de todos. Sobre todo, cuando te llaman cuando se les da la gana, al celular y en cualquier horario...
Por eso lo ideal, es acercarse al estudio, de forma personal, a fin de que pueda evacuar la consulta como corresponde (cosa que vos, como colega, deberías saber)
Si vos podés hacer el trabajo mejor, tomá el caso, la abogada cobrará lo que le corresponda y listo...
Sería bueno que vos también, si te sentís con derecho a criticar a otro profesional, publicando sus datos, des los tuyos.

Saludos
Andrea