Hola foristas: tengo una cliente que quiere hacer la sucesión de su marido y el único bien no está escriturado y solo hay un boleto de compraventa, los vendedores están ambos fallecidos, el boleto es de 1972. Una vez abierta y obtenida la declaratoria de herederos como seguimos? Es igual que si tuviésemos escritura?
Gracias.
Gracias.