Me llego un cliente donde se esta iniciando un juicio por alimento, esto es en provincia de bs as, recibio una cedula de notificacion donde se menciona autos y vistos que resuelve que el alimentante debe pagar una cuota alimentaria del 20% mensual y ordenar el deposito de la cuota alimentaria en el banco provincia de la sucursal de tribunales.mi duda es no se especifica la suma concreta a pagar solo un porcentaje de los haberes, si se fija los honorarios del abogado que es la suma de $4320, ¿esto se puede alegar o ya no se puede?
GRACIAS A QUIEN ME CONTESTE.
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