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 #829183  por virginipa
 
Hola gente: ante todo tengo que clarar que no hago penal, asi que consulto por cuestiones básicas y por un tema que tengo que hacer de favor (uno siempre tiene la desgracia de que te toquen consultas "de favor",)
El tema es que un amigo a principios de diciembre tuvo un accidente de tránsito con su automovil en provincia de buenos aires, por lo que me dice solo compareció a la commisaría el día del hecho y nada más, no lo citaron de la UFI ni nada; ahora me pregunta que corresponde hacer; mi idea ante todo es rastrear el sumario y ver que obra en el y su movimiento;
Como no hay citación entiendo que se puede hacer una presentación espontánea no es así? conviene hacerla para el caso que el sumario no tenga movimiento? por el plazo que transcurrió sin citación no tendrían que haber archivado la causa? Desde ya gracias.-
 #829189  por Pandilla
 
Hola, en principio Usted tiene que averiguar ¿si existe o no una IPP abierta y dónde está la supuesta Causa?
Á su vez, ¿de qué tipo de accidente se trataría....?
Igual, espere otras opiniones.

Saludos.
 #829219  por virginipa
 
hola colega pandilla, IPP debe haber (supongo) porque la policía debe remitir las actuaciones a la UFI, aunque sea el parte preventivo o no?... antes que nada voy a rastrear el sumario, supongo que en Fiscalía de Cámaras me puden decir si aparece y donde tramita el IPP.-
Se trata de un accidente entre un automovil y una noto (la moto circulaba en contramano), por lo que me comenta debe estar caratulado sobre lesiones (no se si leves o graves).-
Me llama la atención que nunca lo citaron, es normal esto? como se procede en la practica penal en estos casos?

Pd.: si quiere me puede tutear pandilla.- Gracias por su interés!
 #829254  por Pandilla
 
Bueno, entiendo que esa información se la podría aportar el personal de la Delegación Policial actuante (tenga a mano todos los datos posibles, Día, lugar, Nombre/s Apellido/s, Nº DNI de su cliente, etcétera.Por las dudas, tenga a mano el escrito por el cual su cliente la autoriza a leer el expediente).
Por otro lado, si el hecho no ocurrió como consecuencia de un error de su cliente y existen pruebas de ello y no existe alguna presentación de la otra Parte (recuerde que El Seguro no se hace cargo de la conducta dolosa del asegurado), tal vez, la Causa se términe archivando.
Igual, espere otras opiniones.

Saludos.
 #829348  por mirnalarusa
 
Acércate a los penales del departamento judicial correspondiente y en mesa de entradas por el apellido, nombre y fecha estimativa te dicen si hay algo iniciado, seguramente estará en la fiscalía de delitos culposo. Dale vista a la IPP así en que estado se encuentra, y de acuerdo al estado pedis medidas probatorias, declaración del 317 del cppba, etc ....
 #829352  por mirnalarusa
 
en materia penal no es necesaria la autorización del presunto imputado para dar vista al expte, sólo se exhibe la credencial y se dice en físcalia que vas por el presunto imputado y te dejan ver la ipp, ello es así porque en la materia están en juego las gtías constitucionales, como la de defensa en juicio.
 #829366  por virginipa
 
Gracias Mirna! Vamos a ir a ver en que estado está..... y depende el estado capaz capaz que pida una ayudita (penal no es lo mio).-
 #851357  por anasss
 
Hola yo tengo un caso muy similar, mi clienta tuvo un accidente en un colectivo, la causa penal ya la ubique solo me falta ver en que estado esta...pero sin presentarme en el expte o si no voy con la clienta me no lo quieren mostrar.
Ahora en este caso luego del accidnete fue derivada a un hospital, y luego nunca la llamaron... lo que nos e es si tengo que pedir que la llamen del cuerpo medico o no hace falta para el momento de el reclamo de los daños y perjuicios.
Desde ya mucahs gracias!
 #851384  por squall
 
Ajusticie E.G.T.
Me mato el trato de Ud.

Aclaración hay una causa abierta en este mismo foro contra Pandilla
 #853097  por feragus
 
virginipa escribió:hola colega pandilla, IPP debe haber (supongo) porque la policía debe remitir las actuaciones a la UFI, aunque sea el parte preventivo o no?... antes que nada voy a rastrear el sumario, supongo que en Fiscalía de Cámaras me puden decir si aparece y donde tramita el IPP.-
Se trata de un accidente entre un automovil y una noto (la moto circulaba en contramano), por lo que me comenta debe estar caratulado sobre lesiones (no se si leves o graves).-
Me llama la atención que nunca lo citaron, es normal esto? como se procede en la practica penal en estos casos?

Pd.: si quiere me puede tutear pandilla.- Gracias por su interés!

Pandilla no es colega, porque no es abogado. Lo peor es que el estafador no dice nada y encima es anti-abogado, nos desprecia porque nos envidia. Un sorete de persona. Mire lo que escribió otro forista respecto al individuo mencionado.

oaky escribió:QUIERO DENUNCIAR, POSEO PRUEBAS DE ELLO, QUE PANDILLA INGRESA COMO LA DRACHICHA, CHICHITA, Y UN SIN FIN DE PERSONAJES TALES COMO NEURUS. ESTÁ ENFERMO DE LA CABEZA Y ES AMIGO DE MARKELLO Y SIEMPRE INSULTAN Y AMENAZAN EN PRIVADO.
ME OLVIDÉ QUE CON ESOS PERSONAJES SE PELEA CONSIGO MISMO, CON UN PERSONAJE HACE DE PERONISTA, CON OTRO DE MILITAR, CON OTRO DE RADICAL, CON OTRO DE EXCEPTICO, INGRESA COMO MUJER, HOMBRE, NO SE SABE QUE COSA ES ESE SUJETO Y SABE COSAS DE CIERTAS PERSONAS LAS CUALES FUERON OBLIGADAS A RETIRARSE DE ESTE FORO. SINCERAMENTE LE TENGO TEMOR A PANDILLA, LO MISMO QUE A MARKELLO. DISCULPEN, PERO CUENTO MI VERDAD.[/quote]
 #853419  por PenalistaCBA
 
mirnalarusa escribió:en materia penal no es necesaria la autorización del presunto imputado para dar vista al expte, sólo se exhibe la credencial y se dice en físcalia que vas por el presunto imputado y te dejan ver la ipp, ello es así porque en la materia están en juego las gtías constitucionales, como la de defensa en juicio.
Lo que apunta la colega es muy cierto en la teoría, peroooo no se lo respeta en la práctica... No se puede obviar el hecho de que va a depnder mucho de que UFI intervenga para la vista sin autorización de parte... Por las dudas nunca está demás llevar en la manga una pequeña autorización aunque sea de la tía.. pues lo que ellos necesitan ver es sólo el escrito porcuanto nunca verifican el contenido... así de irónico es la arbitrariedad de la instrucción...No hay que olvidar que cada FISCALITO tiene su propia interpretación de las reglas procesales que marca el Código de Procedimiento... 8)
 #853733  por johnmanue
 
En el departamento judicial de Quilmes si uno consigue el número de IPP, pide fotocopias del expediente sin estar autorizado ni nada que se le parezca y así uno tiene todo el expediente.-
Saludos.-
 #855921  por alejandra10
 
HELP!!!!!!!! ES LA PRIMERA VEZ Q ME PASA, ME PRESENTO EN UFI, EL FISCAL A MI DEFENDEDO LA DEL 308, EL NO ENTENDI NADA -POCAS NEURONAS- EL FISCAL LE GRITABA!!! Y AL DIA SIGUIENTE, [FALTABAN FOJAS Y HABIAN AGREGADO MAS!!!!![ ALGUIEN ME PASA UN MODELO PARA PRESENTAR LA QUEJA EN LA FISCALIA GENERAL
 #855923  por Bracoo
 
alejandra10 escribió:HELP!!!!!!!! ES LA PRIMERA VEZ Q ME PASA, ME PRESENTO EN UFI, EL FISCAL A MI DEFENDEDO LA DEL 308, EL NO ENTENDI NADA -POCAS NEURONAS- EL FISCAL LE GRITABA!!! Y AL DIA SIGUIENTE, [FALTABAN FOJAS Y HABIAN AGREGADO MAS!!!!![ ALGUIEN ME PASA UN MODELO PARA PRESENTAR LA QUEJA EN LA FISCALIA GENERAL
What?