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  • sentencia firme ley 18037, como sigue?

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 #852766  por mbe
 
Uno de los casos de reajustes que tengo ya tiene sentencia firme de primera instancia, es de ley 18037. En los otros casos que me tocaron, el uzgado de oficio ordenaba la remisión del expediente administrativo a anses y las copias certificadas de la sentencia. Pero este caso no tiene administrativos, sino que se acompañaron las copias de los expedientes. Entonces no se bien en qué momento empieza a correr el plazo de os 120 dias habiles.
en la mev figura esto
28/03/2012 EMISION DE CEDULA
MAS OF N§20511 A ANSES EN PASEO COLON 329, PISO 7ø
Eso suple el envio de las copias certificadas de la sentencia? o hay que hacerlo igual? quepasa cuando no hay expte administrativo?
Graciasss
 #852810  por SIPOL82
 
Yo tuve un caso en el Juzgado 10 y enviè el oficio con copias de las cèdulas y constancias de notificaciòn. No hizo falta que fueran adjuntadas las copias certificadas del exp. adm.
 #853272  por mbe
 
les cuento para que sepan que el juzgado 6 envia las copias el administrativo tambien, aunque el administrativo no este acompañado a la causa.... es cualquiera, si el administrativo en estos casos lo tienen anses!!!!! pero bueno, es asi, cada uno con su librito.
Gracias igual!!
 #853283  por lucky
 
Tenés que pedir la remisión, al no estar el administrativo en el juzgado, de copias certificadas de las sentencias y sus notificaciones, mediante oficio. Hay Juzgados como el Nº 3 que también ordenan simultáneamente a este oficio, otro oficio a la ex Ucadep intimando el cumplimiento de la sentencia. Una vez que recibe todo eso ANSES, comienza el cómputo de los 120 días.