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Nuevo Foro para los amantes del Derecho Tributario. Saludos a la AFIP
 #845945  por 300861
 
Retirado el 31 de Mayo 2006 para acceder al beneficio jubilatorio, es recompensado con un bien graciable" gratificación extraordinaria por cese de relación laboral".Valor $ 228603,00, Imp.ganancias 73994,94 ( 32%). Corresponde??,No es confiscatorio?? de ser así no prescribió para reclamar???.El recaudador es la provincia y lo remite a la AFIP.Muchas gracias.
 #853889  por rober81
 
es un tema controvertido, contá un poco más el contexto de la desvinculación y cómo se formalizó la finalización de la relación laboral.
También fijate si hay algún acuerdo firmado por el que le abonan esa gratificación, etc etc.
Hay varios fallos sobre esto.
asimismo lo primero que haría es solicitar copia del formulario 649 y si no sabés de dónde surgen los números también pedile el papel de trabajo del formulario 649 para ver qué incluyeron como renta gravada, descuentos, deducciones, etc etc.
Saludos.