Hola a todos, es la primera vez que tengo que ejecutar honorarios ya q mi cliente no piensa pagarme y se me esta complicando, encima me esta por prescribir.
El tema es asi: iniciamos un divorcio 215, yo patrocine al marido, padre de 2 menores, incluimos convenios de visitas, de alimentos y de division de bienes (en realidad de un automovil, que todavia se estan saldando las cuotas del plan, el cual se lo queda mi cliente pagandole a su ex la mitad de las cuotas abonadas hasta ese momento). En cuanto a los alimentos establecimos una cuota de $900 y mi cliente ademas se haria cargo de la cuota del colegio al q asisten sus hijos y del club.
Se dicto sentencia y solo se regularon honorarios por el divorcio. Yo pedi que se regularan honorarios por los convenios presentados y me despacharon: "Previo a lo solicitado deberán encontrarse acreditados los valores asignados a los bienes, debiendo el interesado recabar los informes por la vía pertinente (art.34 inc.5° b, 36 inc.2° del C.P.C.C., art.57 de la ley 5177)."
Entiendo que en cuanto a la division de bienes (el automovil) tendria que acreditar su valor, pero en cuanto a los alimentos y al regimen de visitas y tenencia, no entiendo por que no regulan esos honorarios.
Podria renunciar a los honorarios sobre los bienes y solicitar que se me regulen los de los convenios?
Otra pregunta: al no existir regulacion, mejor dicho, existe pero parcial, mi accion prescribiria a los 2 años, no? de ser asi no me queda mucho tiempo, inicio ya el incidente de ejecucion? o el pedido de regulacion interrumpe la prescripcion? Gracias!!!
El tema es asi: iniciamos un divorcio 215, yo patrocine al marido, padre de 2 menores, incluimos convenios de visitas, de alimentos y de division de bienes (en realidad de un automovil, que todavia se estan saldando las cuotas del plan, el cual se lo queda mi cliente pagandole a su ex la mitad de las cuotas abonadas hasta ese momento). En cuanto a los alimentos establecimos una cuota de $900 y mi cliente ademas se haria cargo de la cuota del colegio al q asisten sus hijos y del club.
Se dicto sentencia y solo se regularon honorarios por el divorcio. Yo pedi que se regularan honorarios por los convenios presentados y me despacharon: "Previo a lo solicitado deberán encontrarse acreditados los valores asignados a los bienes, debiendo el interesado recabar los informes por la vía pertinente (art.34 inc.5° b, 36 inc.2° del C.P.C.C., art.57 de la ley 5177)."
Entiendo que en cuanto a la division de bienes (el automovil) tendria que acreditar su valor, pero en cuanto a los alimentos y al regimen de visitas y tenencia, no entiendo por que no regulan esos honorarios.
Podria renunciar a los honorarios sobre los bienes y solicitar que se me regulen los de los convenios?
Otra pregunta: al no existir regulacion, mejor dicho, existe pero parcial, mi accion prescribiria a los 2 años, no? de ser asi no me queda mucho tiempo, inicio ya el incidente de ejecucion? o el pedido de regulacion interrumpe la prescripcion? Gracias!!!