Les cuento el tema: Honorarios regulados al síndico y su letrado en el año 87. Nunca se inicio la ejecución de los mismos. Solamente se practico en el expediente del concurso sucesivas planillas de liquidación, siendo la última del año 2003. Sirven las planillas para interrumpir la prescripción? Yo entiendo que no, que había que haberse iniciado la ejecución, y en esta practicar las planillas. Agradezco sus opiniones. Gracias.