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  • NULIDAD MATRIMONIAL ECLESIASTICA

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A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #685922  por DRACGUY
 
Hola amigos y colegas! Soy de santa Fe, Capital, Necesito me guien sobre como encarar esta situacion personal y profesional.
Estoy en pareja hace 5 años, él esta divorciado en sede civil (yo fui su abogada), Ahora queremos casarnos dentro de un año. ...Pero nos interesa casarnos no solo por civil, sino tambien por Iglesia, ya que ambos somos catolicos practicantes; PERO DE ULTIMA CON UNA BENDICION EL DIA DE NUESTRA BODA, nos conformamos.
Estuve investigando algo de Derecho canonico, y las causales que se han invocado en numerosas oportunidades, para lograr la anulacion, podrian darse en este caso respecto de su matrimonio anterior, por ejemplo: "INMADUREZ AFECTIVA"... que solo estuvo casado 2 años y luego vino la separacion de hecho.
De cualquier manera, en varias ocasiones he leido que el proceso es LARGO, COSTOSO Y SIN RESULTADOS POSITIVOS... lo que tambien me hace responder la pregunta de: ¿porque la gente no lo hace en general?... y si, eligen divorciarse por civil, siendo este proceso, muchas veces largo, tambien costoso... PERO CON RESULTADOS POSITIVOS EN CUANTO A LA DISOLUCION DEL VINCULO!!! CREO QUE ESO ES LO DETERMINATE PARA QUE UNO ELIJA INICIAR UN PROCESO. NO IMPORTAN LOS COSTOS... PERO QUIERO MI DIVORCIO... dice la gente... BUENO PARECE QUE EN LA SEDE ECLESIASTICA, PODES LLEGAR A PERDER TIEMPO, PLATA Y ENCIMA QUE TE DIGAN: "CONSIDERAMOS VALIDO EL MATRIMONIO, UD. CONTINUA CASADO"... EN FIN!.. no es la idea.
Debido a tantas cuestiones no alentadoras, decidimos conversar con un cura sobre la posibilidad de que el dia de nuestra boda, BENDIGA NUESTRA UNION. Pero adivinen que?!... el cura contando con el dato de que soy abogada, ME INSITO A QUE INICIARA EL PROCESO EN SEDE ELESIASTICA PARA LOGRAR LA NULIDAD, PORQUE SEGUN EL DICE, habria algunas cosas a favor. Ahora yo digo... pOR MAS QUE TENGA MERITO LA CAUSA PARA INICIAR EL PROCESO... YO NO ESTOY OBLIGADA A INICIARLO, Y SI, TENEMOS DERECHO A PEDIR UNA BENDICION. Sinceramente, despues del desgastante juicio de divorcio en sede civil, es logico que no querramos hacerlo en sede eclesiastica... QUE POR OTRA PARTE NO SE SI VALE LA PENA.... con una bendicion nos conformamos... una sentencia del Tribunal eclesiastico no va a cambiar nuestro amor, ni mucho menos...pero si, estamos evaluando tomar desiciones en cuanto a PERTENECER A UNA RELIGION QUE TE DA LA ESPALDA EN UNO DE LOS MOMENTOS MAS IMPORTANTES DE LA VIDA. ¿que ganas podria tener uno de bautizar en esta Iglesia, los hijos que vengan en virtud de una union que ellos consideran pecaminosa, y no aprobada?
En fin, el relato tiene que ver, con que se trata del caso mas importante de mi vida... y el cliente que mas amo en el mundo, mi COMPAÑERO. No puedo errar, y aun no encuentro salida. Aca en Santa Fe (La Capital), perdir "LA BENDICION DE UNA UNION ENTRE UN DIVORCIADO Y UNA MUJER SOLTERA", PARECE ALGO DE OTRO MUNDO... REALMENTE NO SE A QUIEN RECURRIR.... Tenemos fecha de boda, para febrero de 2012, de ser favorable hipoteticamente hablando, no hay juicio que se resuelva en lo que resta de tiempo...
Quisiera saber si alguien conoce algo sobre el juicio de nulidad matrimonial en sede eclesiastica, sus tiempos y costos... como asi tambien las "jurisprudencias del tribunal o donde consultarlas.
UDS. QUE CREEN?... ME CONVIENE EMABARCARME EN ESTE PROCESO?...
 #686233  por viko
 
opinion de alguien que nunc hizo nulidades canonicas:
el proceso es largo, costoso, pero suele tener buen resultado... al menos los pocos que conozco
por otro lado, dudo que la iglesia bendiga la union de un hombre casado con una mujer soltera. Es contrario a la institucion canonica y la "vaticano's way of life" .-
¿que hace la gente comun, catolica y practicante en casos como estos? ahi si tengo experiencia : se resigna y se casa por civil y no por iglesia. Con o sin bendicion, y aunque la Iglesia no los acompañe, tengo la impresion que en cuestiones de amor, el juicio no es de este mundo.
saludos y mucha suerte
 #686350  por Carmen Susana
 
No todos los Abogados pueden llevar las causas de nulidad de matrimonio católico. Quien solicita una nulidad matrimonial debe estar bien asesorado por un Abogado canonista con muchos años de experiencia y con una formación jurídica sólida, se exige que sea Doctor en Derecho Canónico y ha de contar con una autorización (en nombre del Obispo) para llevar la causa ante los Tribunales Eclesiásticos del lugar. El Abogado Canonista debe estar en continua formación.

La nulidad del matrimonio canónico se interpone ante los Tribunales Eclesiásticos, los cuales son Colegiados (lo componen tres Jueces, un Defensor del Vínculo y un Notario).

Un matrimonio celebrado por la Iglesia se presume que es válido, es decir, que los contrayentes quedaron verdaderamente casados y unidos de por vida por el vínculo matrimonial. Pero algunas veces sucede que matrimonios celebrados por la Iglesia son nulos y por esto mismo los contrayentes no han quedado casados ni unidos por el vínculo matrimonial. Esto hay que demostrarlo, pues en la Iglesia todo matrimonio se presume válido mientras no se demuestre lo contrario.

La nulidad de un matrimonio canónico es declarada por un Tribunal Eclesiástico de Primera Instancia y, además, debe ser confirmada por Decreto o por Sentencia por el Tribunal Eclesiástico de Segunda Instancia (que también está compuesto por tres Jueces, un Defensor del Vínculo y un Notario). Es decir, se requieren dos decisiones conformes para que se declare la nulidad del matrimonio y los cónyuges queden libres del vínculo matrimonial. Desde este momento pueden volver a casarse por la Iglesia si lo desean. Puede verse, entonces, que en un proceso de nulidad del matrimonio canónico intervienen mínimo seis Jueces, dos Defensores del Vínculo, dos Notarios y, por supuesto, los Abogados de la causa.

Cuando la Iglesia declara la nulidad de un matrimonio católico, a través de sus Tribunales Eclesiásticos, quiere decir que la convivencia conyugal durante el matrimonio declarado nulo fue moral y lícita, que los hijos que se tuvieron son legítimos para la Iglesia, que permanece la obligación de los padres de alimentar y educar a sus hijos y que se originan todas las obligaciones civiles derivadas del matrimonio como son la sociedad conyugal, su régimen económico matrimonial, el sistema de gananciales, separación de bienes, etc.

Las causales para declarar la nulidad de un matrimonio canónico son muy diversas. Las más comunes suelen ser: 1. Si uno de los cónyuges se ha casado por la Iglesia teniendo todavía otro vínculo matrimonial vigente; 2. Si se da impotencia para el acto conyugal tanto por parte del hombre como de la mujer; 3. Si alguno de los contrayentes carecía de suficiente uso de razón; 4. Si teniendo suficiente uso de razón, carecía de la necesaria discreción de juicio; 5. Si teniendo suficiente discreción de juicio para entender las obligaciones esenciales del matrimonio y aún queriéndolas cumplir, es incapaz de cumplirlas por una causa de naturaleza psíquica (por ejemplo, es incapaz de guardar la fidelidad, de vivir unido de por vida, de llevar una vida sexual normal, de educar y alimentar a sus hijos, etc.) 6. Por simular casarse y en realidad no hacerlo porque excluyó voluntariamente quedar verdaderamente casado, o excluyó conciente y voluntariamente algún elemento o propiedad esencial del matrimonio como la fidelidad o la procreación o la indisolubilidad del matrimonio; 7. Si uno de los cónyuges se casó engañado por el otro por una cualidad que no tiene y que perturba gravemente el matrimonio; 8. Si alguien se casó por miedo, coacción o sin libertad suficiente.
No es necesario que los dos esposos estén de acuerdo en pedir la nulidad; basta con que uno de ellos quiera pedirla para que el procedimiento pueda seguir adelante. Es conveniente y recomendable que ambas partes actúen dentro del proceso de manera activa, pero no es obligatorio, ya que puede concederse la nulidad a pesar de que el demandado esté en contra o nunca llegue a prestar declaración ni comparecer, a pesar de haber sido citado legalmente. Si el Tribunal Eclesiástico considera que con las pruebas documentales, testimoniales y periciales presentadas por el demandante ha quedado suficientemente probada la causa de nulidad invocada, puede dictar Sentencia porque ha llegado a la certeza moral para hacerlo.
Todo el proceso se lleva con un absoluto y exquisito sigilo y confidencialidad. Sólo los miembros del Tribunal, los Abogados, Procuradores, Peritos y las partes conocen la causa. Los testigos sólo responden a las preguntas que se formulen a cada uno y no conocen las preguntas y respuestas realizadas a los demás testigos o a las partes. No hay audiencia pública. En un proceso de nulidad de matrimonio católico no suelen realizarse actos simultáneos entre los esposos, de manera que lo más frecuente es que el proceso termine sin que las partes hayan llegado a cruzarse ni a verse.
El proceso suele demorarse normalmente dos años (un año y medio en la primera instancia y seis meses en la segunda instancia). Este tiempo puede ser más breve o más largo.-
 #710978  por cfg
 
Mi ex- socio hacía nulidades canónicas, como bien dice Carmen Susana él estaba registrado y había sido recomendado por el Obispo (no era Dr. en Derecho canónico ni nada que se le parezca) el tema es que -según lo que vi- a él le asignaban los casos es decir parece que el trámite se debía iniciar en el obispado y ahí iban asignando al pequeño nro. de abogados y el precio era uno solo que estaba regulado. Justamente como indica al final Carmen Susana por la confidencialidad, mucho más no sé porque nunca tuve ninguna relación con las causas es decir que sólo sabía la generalidad.
 #710980  por cfg
 
Bah recordando sí tuvo que ir a un curso de Derecho canónico de unos meses (dado que era egresado de una Universidad Pública y no de una católica donde sí tienen como materia der. canónico)
 #854253  por minifran
 
Buen día:
En Buenos Aires debes concurrir a una reunión previa con un díacono, el asesora si es posible obtener la nulidad del caso.
Recordá que el pilar del matrimonio religioso es la fidelidad, la desendencia (tener hijos ) y la permanencia de la pareja en el tiempo, ( la famosa frase: hasta que la muerte los separe) .
Ya mencionó una personaen la respuesta anterior muy amplia y con claridad meridiana.
Sólo puedo decirte que es un juicio y como tal hay demostrar y documentar. Aquí sirven de mucho los testimonios de los testigos. Ejemplo: Si la causal que presenta tu marido es la infidelidad debe ser : ANTES y DURANTE del matrimonio, con ello es posible lograr la nulidad. Es decir que siempre mantuvo una relación simultánea. Que no mantenía la obligación carnal de esposo etc.
En ese caso su ex-esposa no podría defenderse mucho de ese causa por desconocer que fue así. Pero él, debe comprobar eso y ahí sirven todos los testimonios de los testigos que pudieran conocer esa situación.
Inmadurez emocional, lo decide la pericia psicológica a la que deberá someterse. Otra:
La mentira: ej. si ella le hibiese dicho estoy embarazada y el se casó engañado, es dificil demostrarlo excepto tenga alguna documentación.
O venite a Buenos Aires, hay CURAS que bendicen la unión , después de todo la presencia de Dios está en el amor que se tienen, nada más lindo escuchar de sus amigos y familias " "INTECIONES" que les expresen en ese momento.

Leí varios artículos de que el dinero no debe ser un impedimento, que los honorarios y tasas se fijan en función de los ingresos del interesado. Pero la verdad eso no es tan así.
Los abogados especialistas en derecho canónico también pueden renunciar.
 #854309  por Tiburcio
 
La nulidad canónica importa una declaración de que el matrimonio nunca existió.
Es el único caso que conozco en que la sentencia tiene que decir que lo que todo el mundo vio no sucedió en la realidad.
Es un disparate lógico que se le permite a la Iglesia porque se encuentra atrapada con la indisolubilidad del vínculo y para lograr un divorcio se ve forzada a declarar que no hubo vínculo.
A mi manera de ver es mas ridículo, contrario al sentido común y a la historia personal pedir una nulidad canónica que formar una nueva pareja conforme a la ley natural del amor entre hombre y mujer.
La Iglesia Católica es un club. Tiene sus reglas de admisión y permanencia de socios y no puede criticársela por eso.
En cuanto a la necesidad de ser bendecido, es un poco contradictorio pretender la bendición de uno de los miembros de ese club y forzarlo a apartarse de las reglas.
Mejor buscar otro bendicente, que hay muchos tanto en otras religiones como en la actual difusión de las "buenas ondas".