Buenas tardes, necesito por favor de su ayuda y experiencia!!
Me llegó un caso de filiación extramatrimonial post mortem, el padre de mi cliente que ahora tiene 17 años, falleció hace 1 mes. Los tios y la abuela paternos de la chica no tienen inconveniente en hacerse el ADN, ya q el difunto si bien no la habia reconococido le daba trato publico de hija. El muchacho fallecido era soltero, pero tenia también otro hijo con otra mujer, que sí fue reconocido y actualmente tiene 16 años.
Si bien no hay bienes para abrir una sucesión, está pendiente de cobro la indemnización por muerte del padre de mi cliente, para lo cual segun estuve leyendo no sería necesario iniciar la sucesión ya que se le abonaría directamente a sus derechohabientes (segun ley 24.241, art 53).
El problema es que mi cliente aún no es derechohabiente porque no fue reconocida y se debe realizar primero la filiación.
Mi pregunta es:
1) la filiación va dirigida contra la abuela y los tíos?? o también debo demandar a la madre -como representante legal- del hijo reconocido del causante???
2) Que medida cautelar debo solicitar para evitar que la empresa donde trabajaba el padre de mi cliente le pague sólo a su hijo reconocido??? la de litispendencia, la no - innovativa, o ambas??
Desde ya agradezco cualquier aporte o experiencia sobre el tema, ya que no hace tanto que trabajo y no quisiera equivocarme. Graciasss!
Me llegó un caso de filiación extramatrimonial post mortem, el padre de mi cliente que ahora tiene 17 años, falleció hace 1 mes. Los tios y la abuela paternos de la chica no tienen inconveniente en hacerse el ADN, ya q el difunto si bien no la habia reconococido le daba trato publico de hija. El muchacho fallecido era soltero, pero tenia también otro hijo con otra mujer, que sí fue reconocido y actualmente tiene 16 años.
Si bien no hay bienes para abrir una sucesión, está pendiente de cobro la indemnización por muerte del padre de mi cliente, para lo cual segun estuve leyendo no sería necesario iniciar la sucesión ya que se le abonaría directamente a sus derechohabientes (segun ley 24.241, art 53).
El problema es que mi cliente aún no es derechohabiente porque no fue reconocida y se debe realizar primero la filiación.
Mi pregunta es:
1) la filiación va dirigida contra la abuela y los tíos?? o también debo demandar a la madre -como representante legal- del hijo reconocido del causante???
2) Que medida cautelar debo solicitar para evitar que la empresa donde trabajaba el padre de mi cliente le pague sólo a su hijo reconocido??? la de litispendencia, la no - innovativa, o ambas??
Desde ya agradezco cualquier aporte o experiencia sobre el tema, ya que no hace tanto que trabajo y no quisiera equivocarme. Graciasss!