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 #853843  por fernando1983
 
Gente, respecto de la ley de mediación obligatoria en Prov. de Bs. As., tengo una consulta, ya que no encontré en la misma ni en su decreto, cuáles son los gastos de inicio que debe abonar el requirente.
Alguien sabe cuánto se debe abonar y de dónde surge? o no se deben abonar gastos de inicio (lo cual me parece muy extraño)?
muchas gracias!
 #853919  por jose2012
 
fernando1983. No hay gastos de inicio establecidos ni por la ley ni por el decreto reglam. Hay un pedido hecho al Mterio para que aclare el punto.
Hoy no debieran cobrarte nada, solo el costo de la/s CD que haya que enviar, ya que por otra parte aun la Receptoria no recibe cédulas para notificar a los requeridos.
 #853929  por fernando1983
 
Muchas gracias por tu respuesta, José!
sí, por lo que tengo entendido está bastante desprolijo el tema: esperemos que se aclare la situación cuanto antes.
Abrazo
 #854280  por ale532
 
Algunos mediadores (MdP) están cobrando para iniciar 1 jus más gastos por las notificaciones (que las hace el mediador sorteado).



Saludos
 #854555  por SILVESTRE
 
Hola, aca estan cobrando un jus mas los gastos del costo de una carta documento, eso surge de algun lado, no me pregunten de donde pero surge de algun lado.-
Ya tuve la primera, como imagine al cuote, el requerido no fue....
El jueves tengo la segunda, prometo contar como me va.-
 #854626  por ale532
 
Yo tampoco sé de dónde surge, pero también sé que es así.
No tuve ninguna mediación todavía, así que espero saber cómo te fue!


Saludos
 #855629  por ale532
 
Muy amablemente emn me envió un MP con la información:

Según el art. 27 del Decreto 2530/2010, que reglamenta el art. 31 de la ley 13.951, la incumbencia profesional y la retribución de los abogados se rige por la ley 8904 de honorarios profesionales para abogados de la Provincia de Buenos Aires. Allí se establece una mínima de $155, conforme al monto del reclamo, y cómo estimar los gastos administrativos y de notificación que percibirá el mediador.


Saludos!
 #856100  por ebarreyro
 
Estimados:
Justamente, ese artículo determina la retribución de los "abogados". Fijénse que en toda la ley de mediación, llaman "mediador" al "mediador".
La retribución de los mediadores está determinada en la norma específica: 1 ius en juicios de montos hasta $ 3000, etc.
Finalmente, el costo administrativo de apertura de carpeta de la 8904 es "FACULTATIVO", y como tal, no puede ser impuesto sino convenido.
 #856227  por roflech
 
ebarreyro escribió:Estimados:
Justamente, ese artículo determina la retribución de los "abogados". Fijénse que en toda la ley de mediación, llaman "mediador" al "mediador".
La retribución de los mediadores está determinada en la norma específica: 1 ius en juicios de montos hasta $ 3000, etc.
Finalmente, el costo administrativo de apertura de carpeta de la 8904 es "FACULTATIVO", y como tal, no puede ser impuesto sino convenido.
E barreyro, entiendo tu enojo, pero trata de verlo de otro modo. La ley de mediacion que mencionas tambien dice que solo pueden ser mediadores prejudiciales los abogados. Y en ningun lado de esa ley dice que dejamos de serlo cuando actuamos como mediadores, o que haya una incompatibidad en el ejercicio de ambas funciones (como si tienen, por ejemplo, los escribanos). Por lo tanto cuando actuamos como mediadores tenemos los mismos derechos y obligaciones que los abogados.
Lo que la ley 8904 reglamenta son los honorarios minimos por nuestra labor. No es facultativa ni optativa. El abogado que incumpla esos minimos incurre en competencia desleal, y le son aplicables sanciones disciplinarias por ello.
Aun asi, por lo que entiendo se esta tratando de lograr un consenso entre todos los colegios de abogados para que ese monto sea de solo medio ius, para no encarecer los costos demasiado para el justiciable, por que ese es el monto minimo por cualquier labor judicial o extrajudicial. (Algunos plantean cobrar un ius, otros medio y otros nada, pero no esta resuelto aun, por lo que dependiendo en que departamento judicial litigues te podes encontrar con criterios distintos)
Se que quizas todo esto es confuso para muchos (los mediadores tambien estamos confundidos con muchas cosas aun) pero supongo que es esperable que un sistema que recien comienza tenga defectos o cosas no del todo claras. El tiempo las va a ir decantando. Lo que estaria bueno es que se viera a la mediacion como una oportunidad y no como un obstaculo para obtener justicia.
Saludos
 #856297  por mariamds
 
Es un ius mínimo de acuerdo a la Ley, y yo no entiendo el enojo, hasta me molesta. Desde que me matrícule me dijeron que lo primero es el RESPETO por el trabajo del colega y así me manejo TODOS LOS DÍAS. Es más, en mediación un tema PRIORITARIO que nos enseñaron fue el planteo de los honorarios de los abogados intervinientes. La apertura de carpeta NO es facultativo, bastante que nos pongamos de acuerdo en cobrar el MONTO LEGAL MÍNIMO. ¿Cómo puede ser tan grave que de gastos de mediación pidamos $200 incluyendo la CD para notificación? Lo que hay es una falta total de empatía de parte de quienes se olvidan que para ser mediadores no sólo debemos ser abogados sino que debemos tener la MATRÍCULA DE ABOGADOS ACTIVA. Saludos
 #856421  por ebarreyro
 
Estimada, no lo tome como algo personal, sino como una sana discusión acerca de la naturaleza legal de la mediación.
Seguramente usted concordará en que la mediación se hizo obligatoria antes de resolver ciertos cabos sueltos, y eso que los poderes tuvieron 2 años para redondear el tema. No solo este tema, sino el de las declaraciones juradas de domicilios, las notificaciones por cédula, etc.
La cuestión, es que los honorarios de los mediadores se rigen por la propia ley de mediación, y recurrir a la ley de ejercicio profesional es una analogía incompatible con la imposición de un gasto. Lo correcto, hubiera sido que incorporen los gastos de inicio en la ley de mediación.
Reitero, el mediador es mediador y así lo denomina la ley; a los letrados nos denominan de otra manera y específicamente, en el artículo que se refiere a la 8904, nos llaman letrados. De hecho, tienen prohibido asesorar a las partes, y ese ejercicio es lo que regula la 8904.
Es impuesto por la ley el título de abogado para ser mediador, pero el rol que cumplen es distinto, así como el magistrado también es abogado y cumple un rol distinto. Imagínese si cada juez nos dijera que le tenemos que abonar un IUS por inicio de expediente.
Finalmente, el famoso ius por inicio de carpeta, para los casos de convenios de honorarios, queda subsumido en los honorarios por el juicio. No creo que ningún mediador, al pedir regulación de honorarios, diga que se le abonaron dichos gastos. ¿Y que pasa cuando hay beneficio? En dicho caso, ni las notificaciones deberían cobrar, pero está el óbice de las cédulas, que por suerte ya están, pero en su momento no se previó.
 #856440  por mariamds
 
Comparar un juez con un mediador es un verdadero DELIRIO: el juez es un EMPLEADO JUDICIAL, cobra un sueldo, además se trata de un empleo INCOMPATIBLE con la profesión de abogado y su matrícula mientras están en función está INACTIVA. Nada más alejado que la posición del MEDIADOR.
Por otro lado, la Ley 13951 y el Decreto 2530/10 no preveen gastos de inicio pero TAMPOCO LOS PROHIBEN. Es necesario que diga en este portal que lo que no está prohibido ESTÁ PERMITIDO???
A los efectos de determinar esos gastos, se decidió establecerlos tomando como base el IUS ARANCELARIO pues es la medida que utiliza la legislación para determinar los honorarios del mediador.
Finalmente son el MISMÍSIMO COLPROBA y la CAJA DE ABOGADOS los que sostienen y publican "LOS ABOGADOS SOMOS MEDIADORES", dejo el link a modo ilustrativo http://cajaabogados.org.ar/
Respecto del beneficio para litigar sin gastos, existen NUMEROSOS FALLOS que establecen que se trata de eso, de un beneficio para LITIGAR sin gastos, no para mediar sin gastos. La mediación es una etapa PREjudicial no alcanzada por el beneficio.
Insisto en que la falta de empatía es en algunos casos injustificable, porque nadie mejor que un ABOGADO para saber lo importante de dignificar nuestra tarea. BASTA de decir que debemos trabajar GRATIS, qué somos??? VOLUNTARIOS DE LA CRUZ ROJA????
 #856456  por ebarreyro
 
Debo decir en este foro que las obligaciones deben tener origen legal o convencional?
No es un delirio comparar un juez con un mediador. Ambos son funcionarios impuestos por el poder judicial.
Si Ud. habla de compatibilidad o incompatibilidad, está reconociendo que mediador y letrado no son lo mismo.
Dice que a los fines de determinar los gastos SE DECIDIÓ. ¿QUIÉN DECIDIÓ? ¿DÓNDE LO PLASMARON?
Respecto del beneficio, al ser la mediación obligatoria, debe permitirse el acceso a quienes no tienen recurso a la Justicia. ¿O no?
Nadie les dice que trabajen gratis. Monto de hasta $ 3000 de juicio, 1 ius; y de ahí sigue la escala. ¿Quién dijo gratis?
 #856539  por mariamds
 
El decreto 2530 determina honorarios, no gastos, ni prohibe estos últimos.
Los gastos administrativos (carpetas, hojas, tinta, cinta, folios, corrector, fax, tel., internet, celular) y los gastos de notificación (CD o cédula mediante notificador AD HOC) no los paga el mediador simplemente porque no son en su beneficio, sino en beneficio de las partes, en especial de quien solicitó la mediación. Y no son honorarios SON GASTOS.
No dije que se impida el acceso a la justicia, en otras provincias existe el BENEFICIO PARA MEDIAR SIN GASTOS. En la nuestra se creará un FONDO DE FINANCIAMIENTO para el caso del beneficio, pero ese fondo HOY NO FUNCIONA.
En todo caso el requirente deberá hacer el planteo que corresponda al momento de iniciar la acción. Incluso planteando la inconstitucionalidad de la Ley. Pero de ningún modo esa falta del Estado debe suplirse abonando el mediador los gastos.
Es decir, no deben los letrados hacer LA FÁCIL planteando que los gastos deben solventarlos los mediadores, lo que a todas luces es infundado. Estudien la situación y hagan un planteo jurídico adecuado y serio en representación de los intereses de sus clientes. Saludos